JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE
Resolución 221/2025
RESOL-2025-221-APN-JST#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 11/09/2025
Visto el expediente EX-2025-101306978- -APN-JST#MEC, los decretos N° 461 del 7 de julio de 2025, 585 del 14 de agosto de 2025 y 627 del 2 de septiembre de 2025, la Disposición N° 1 del 20 de agosto de 2025 de la AGENCIA DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES E INCIDENTES DE AVIACIÓN, y
CONSIDERANDO:
Que a través del decreto N° 461 del 7 de julio de 2025 se dispuso la reorganización de la JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE, la que pasó a denominarse AGENCIA DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES E INCIDENTES DE AVIACIÓN, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y se estableció que, hasta tanto se dicten los actos administrativos que aprueben las estructuras organizativas y se operativice la reasignación de las competencias se mantendría transitoriamente las funciones preexistentes.
Que por el decreto N° 585 del 14 de agosto de 2025 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la AGENCIA DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES E INCIDENTES DE AVIACIÓN.
Que, en virtud de lo establecido en el artículo 11 del anexo a la ley N° 25.164 y su reglamentación aprobada por el decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002, se dictó la Disposición N° 1 de la AGENCIA DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES E INCIDENTES DE AVIACIÓN, por la cual se estableció el pase a disponibilidad del personal de planta permanente con estabilidad adquirida, como consecuencia de la reestructuración del Organismo.
Que, el PODER LEGISLATIVO NACIONAL, a través de la HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN Y EL HONORABLE SENADO DE LA NACIÓN, dispuso el rechazo, en los términos del artículo 24 de la ley N° 26.122, entre otros, del referido decreto N° 461/2025.
Que, habida cuenta de ello, mediante el decreto N° 627 del 2 de septiembre de 2025 se restituyó la plena vigencia de las disposiciones normativas derogadas, sustituidas o modificadas por los decretos N° 461/2025 y 585/2025, a fin de reestablecer la vigencia del régimen anterior a la entrada en vigencia del decreto N° 461/2025, rechazado por ambas Cámaras del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN con efectos derogatorios en los términos del artículo 24 de la ley N° 26.122; e instruyó a las distintas jurisdicciones y autoridades competentes a dictar los actos administrativos necesarios para el adecuado cumplimiento de la medida y su operatividad efectiva.
Que, en consecuencia, resulta necesario dejar sin efecto la Disposición N° 1 de la AGENCIA DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES E INCIDENTES DE AVIACIÓN dictada en el marco de las disposiciones establecidas por los derogados decretos 461/2025 y 585/2025.
Que el área competente de recursos humanos de la JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.
Que ha tomado la intervención que le compete el servicio Jurídico de la JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones previstas en el artículo 3° del decreto N° 627/ 2025.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Déjase sin efecto la Disposición N° 1 del 20 de agosto de 2025 de la AGENCIA DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES E INCIDENTES DE AVIACIÓN (DI-2025-1-APN-AIAEIA#MEC) por la que se dispusiera el pase a situación de disponibilidad del personal de planta permanente con estabilidad adquirida, consignado en el anexo (IF-2025-91926687-APN-RRHH#JST) que integra dicha medida, en los términos del artículo 11 del anexo I al decreto N° 1421 del 8 de agosto de 2002, reglamentario de la ley 25.164.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA DEL MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a los agentes detallados en el anexo (IF-2025-91926687-APN-RRHH#JST) de la Disposición N° 1 del 20 de agosto de 2025 de la AGENCIA DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES E INCIDENTES DE AVIACIÓN, lo dispuesto en esta medida.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Federico Suleta
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 12/09/2025 N° 67299/25 v. 12/09/2025
Fecha de publicación 12/09/2025