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22 de Septiembre de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 8329/2025

18/09/2025

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Ref.: LISOL 1-1119. Capitales Mínimos de las Entidades Financieras. Capital mínimo por riesgo operacional. Adecuaciones.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, dispone:

“- Establecer que la exigencia de capital mínimo por riesgo operacional determinada a través de la aplicación de la expresión descripta en el punto 7.2. del texto ordenado sobre Capitales Mínimos de las Entidades Financieras no podrá superar el 20% (veinte por ciento) en el caso de entidades del grupo 2 A del promedio de los últimos 36 (treinta y seis) meses –anteriores al mes a que corresponda la determinación de la exigencia– de la exigencia de capital mínimo por riesgo de crédito calculada según lo previsto en la Sección 2., expresada en moneda homogénea del mes anterior al que se efectúe el cálculo.”

Al respecto, les hacemos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las normas de la referencia. En tal sentido, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “Sistema Financiero – MARCO LEGAL Y NORMATIVO - Ordenamientos y resúmenes - Textos ordenados de normativa general”, se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas - Marina Ongaro, Subgerenta General de Regulación Financiera.

ANEXO

El/Los Anexo/s no se publican: La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el sitio www.bcra.gob.ar (Solapa “Sistema Financiero” – MARCO LEGAL Y NORMATIVO”).

e. 22/09/2025 N° 69763/25 v. 22/09/2025

Fecha de publicación 22/09/2025