AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO - ADUANA SAN CARLOS DE BARILOCHE
VISTO el estado de las presentes actuaciones 004-SC-2-2019/4, considerando que esta Aduana de San Carlos de Bariloche corrió vista debidamente notificada en fecha 04/09/2025; y atento la incomparecencia del Sr. Carlos Ariel MOLINAS ZARATE, C.I. (Paraguay) Nº 3.480.373, se lo declara REBELDE en los términos del Artículo 1105 del Código Aduanero.
CONSIDERESE domicilio constituido en los estrados de esta Aduana de San Carlos de Bariloche, donde quedarán notificadas de pleno derecho todas las Providencias y Resoluciones que se dictaren, en forma automática los días martes y viernes o el día siguiente hábil si alguno de ellos fuera feriado de conformidad a lo establecido por el Artículo 1004 del Código Aduanero.
Se hace saber que el interesado podrá interponer dentro de los tres (03) días de notificada la presente el Recurso de revocatoria estipulado en el Art. 1129 del Código Aduanero.
NOTIFÍQUESE.
Cumplido las presentes, y con carácter previo a resolver, intervenga la letrada de la dependencia a los efectos de la emitir el Dictamen Jurídico previsto por el Artículo 1040 del Código Aduanero.
Fatima Alejandra del Valle Paez, Abogada a Cargo.
e. 25/09/2025 N° 70886/25 v. 25/09/2025
Fecha de publicación 25/09/2025