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26 de Septiembre de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL

Resolución 1139/2025

RESOL-2025-1139-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 23/09/2025

VISTO el Expediente EX-2025-86132706- -APN-UOPNR#MSG, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y sus modificatorias, y la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del 27 de septiembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que ante la UNIDAD FUNCIONAL DE INVESTIGACIÓN Nº 12 ESPECIALIZADA EN VIOLENCIA DE GÉNERO Y DELITOS DE ABUSO SEXUAL INTRAFAMILIAR de Morón, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, a cargo del Doctor Hernán MOYANO, tramita la I.P.P. PP-10-00-029604-21/00, caratulada “MAUDET, DAMIAN ANIBAL S/ABUSO SEXUAL”, con intervención del Juzgado de Garantías Nº 1 Departamental a cargo de la Doctora Laura PINTO.

Que la mencionada UNIDAD FUNCIONAL solicitó a este Ministerio, mediante oficio del 21 de julio de 2025, que se ofrezca recompensa para aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr la captura de Damián Aníbal MAUDET, titular del DNI N°29.270.369, de nacionalidad argentina, nacido el 23 de marzo de 1982, con último domicilio conocido en Suipacha 1129, Marcos Paz, PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Que Damián Aníbal MAUDET se encuentra investigado, en orden al delito de abuso sexual gravemente ultrajante de un menor de 13 años agravado por la situación de ascendiente y por la situación de convivencia preexistente, reiterado (HECHO I, II, IV); Amenazas agravadas por el uso de arma (HECHO III Y V), todos ellos en concurso real entre si, figuras previstas y reprimidas en los arts. 54, 55, 119 segundo y cuarto párrafo en función del inc. b) y f); 149 bis primer párrafo segunda parte, del CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN ARGENTINA.

Que sobre el precitado MAUDET, pesa orden de captura desde el 11 de abril del corriente año.

Que el nombrado posee las siguientes características físicas: contextura corporal robusta, de cabello de color castaño oscuro, ojos color castaños oscuros, altura aproximada 1.80 mts. barba oscura.

Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.

Que el artículo 1° del Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG establece los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos de recompensa; por su parte, el artículo 2º indica que los montos podrán modificarse de acuerdo a la complejidad y gravedad del delito cometido, según lo estime la titular de esta cartera.

Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 4°, inciso b), apartado 9, de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias, y en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538; y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16 y sus modificatorias y la RESOL-2019-828-APN-MSG.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD NACIONAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. - Ofrécese como recompensa, dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000) destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr la captura de Damián Aníbal MAUDET, titular del DNI N° 29.270.369, de nacionalidad argentina, nacido el 23 de marzo de 1982, con último domicilio conocido en Suipacha 1129, Marcos Paz, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

ARTÍCULO 2°. - Quienes cuenten con información podrán comunicarse telefónicamente a la línea gratuita 134 del PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE NORMATIVA Y RELACIONES CON LOS PODERES JUDICIALES Y LOS MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio.

ARTÍCULO 3°. - El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta cartera de Estado previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada a fin de preservar la identidad del aportante.

ARTÍCULO 4°. - Encomiéndese a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio la difusión de la parte dispositiva y el Anexo de la presente en medios de comunicación escritos, radiales o televisivos de circulación nacional.

ARTÍCULO 5°. - Instrúyase a las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales para que procedan a la difusión y publicación, en todas sus formas, del afiche que obra como (IF-2025-94851766-APN-DNNYRPJYMP#MSG) correspondiente a la recompensa ofrecida y que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 6º.- La presente medida entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Patricia Bullrich

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 26/09/2025 N° 71270/25 v. 26/09/2025

Fecha de publicación 26/09/2025