SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
Resolución 1780/2025
RESOL-2025-1780-APN-SSS#MS
Ciudad de Buenos Aires, 30/09/2025
VISTO el Expediente N° EX-2024-92052374- -APN-GG#SSS, las Leyes Nros. 23.660 y sus modificaciones, 23.661 y sus modificaciones, 26.682 y sus modificaciones, los Decretos Nros. 576 del 1º de abril de 1993 y sus modificatorios, 1993 del 30 de noviembre de 2011 y sus modificatorios y 171 del 20 de febrero de 2024, las Resoluciones de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD Nros. 55 del 23 de enero de 2012, 132 del 19 de octubre de 2018 y 232 del 29 de febrero de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que la entidad AGRUPACIÓN SANATORIAL SUR S.A. (CUIT Nº 30-71478819-8), solicitó la inscripción en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (RNEMP), en los términos de los incisos b) punto 1, c) y f) del artículo 5º del Anexo del Decreto Nº 1993/2011 y de la Resolución de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD Nº 55/2012, y su modificatoria.
Que la entidad acompañó la documentación exigida por el Anexo II de la Resolución de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD Nº 55/2012, y su modificatoria; y proporcionó la información requerida conforme el detalle consignado en el Anexo III del mismo acto resolutivo.
Que, de conformidad con el Estatuto Social vigente de la entidad que se encuentra inscripto en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas, surge que su sede social se ha determinado en la Provincia de Buenos Aires.
Que, conforme certificaciones que han sido acompañadas respecto de cada uno de los miembros que componen el órgano de conducción y administración de la entidad con mandato vigente, se ha verificado que ninguno de ellos posee limitaciones legales y/o reglamentarias para desempeñarse en la administración de entidades de medicina prepaga.
Que, en particular, respecto de la entidad solicitante de la inscripción, y a los fines de evaluar las condiciones que le permitan obtener la autorización para funcionar en los términos del inc. e) del artículo 5º de la Ley 26.682, han tomado la intervención de su competencia la GERENCIA DE CONTROL ECONÓMICO Y FINANCIERO y la GERENCIA DE CONTROL PRESTACIONAL, sin formular observaciones en lo atinente a sus respectivas incumbencias.
Que la entidad reunió los requisitos previstos para su inscripción en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (RNEMP) y manifestó su voluntad de incorporarse al Registro Nacional de Agentes del Seguro (RNAS), en los términos del inciso i) del artículo 1º de la Ley Nº 23.660. En virtud de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 6º del Anexo I del Decreto Nº 576/1993 (texto según artículo 4º del Decreto Nº 171/2024), corresponde autorizar la inscripción solicitada a fin de posibilitar su ulterior incorporación al Registro Nacional de Agentes del Seguro (RNAS).
Que, a los efectos señalados en el considerando precedente, corresponde instruir a la Coordinación de Registros de Agentes del Seguro para que, de manera inmediata, continúe con el trámite de inscripción de la entidad en el Registro Nacional de Agentes del Seguro (RNAS), teniéndose por cumplidos —en lo pertinente— los recaudos exigidos por la Resolución de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD N° 232/2024 que obran en el expediente del Visto, y requiriéndose la presentación de aquellos que resulten faltantes.
Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS tomó la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos Nº 1615 del 23 de diciembre de 1996 y N° 440 del 27 de junio de 2025.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Inscríbase a la entidad AGRUPACIÓN SANATORIAL SUR S.A. (CUIT Nº 30-71478819-8) en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (RNEMP) de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, en los términos del inciso a) del artículo 1° del Anexo del Decreto N° 1993 del 30 de noviembre de 2011, con ámbito de actuación en el Área Metropolitana de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2°.- Autorízase a AGRUPACIÓN SANATORIAL SUR S.A. (CUIT Nº 30-71478819-8) a funcionar en los términos y con los alcances previstos en el inciso e) del artículo 5° de la Ley N° 26.682 y su reglamentación, así como en el inciso e) del artículo 5° del Anexo del Decreto N° 1993 del 30 de noviembre de 2011.
ARTÍCULO 3°.- Regístrese el ejemplar del Estatuto Social de la entidad AGRUPACIÓN SANATORIAL SUR S.A. (CUIT Nº 30-71478819-8), junto con la nómina de autoridades vigentes que integran el órgano de conducción y administración, consignando sus respectivos períodos de mandato.
ARTÍCULO 4°.- Instrúyese a la Coordinación de Registros de Agentes del Seguro para que, de manera inmediata, continúe con el trámite de inscripción de la entidad AGRUPACIÓN SANATORIAL SUR S.A. (CUIT Nº 30-71478819-8) en el Registro Nacional de Agentes del Seguro (RNAS), con encuadre en el inciso i) del artículo 1° de la Ley N° 23.660.
ARTÍCULO 5º.- Intímase a entidad AGRUPACIÓN SANATORIAL SUR S.A. (CUIT N.º 3071478819-8) a dar cumplimiento al artículo 2º de la Resolución Nº 1950/2021- SSSALUD.
ARTÍCULO 6º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y, oportunamente, pase a la Coordinación de Registros de Agentes del Seguro a efectos de gestionar el número de inscripción de la entidad AGRUPACIÓN SANATORIAL SUR S.A. (CUIT Nº 3071478819-8) en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga (RNEMP), formar el legajo respectivo y proceder en los términos de lo dispuesto en el ARTÍCULO 4° de la presente.
Claudio Adrián Stivelman
e. 02/10/2025 N° 72957/25 v. 02/10/2025
Fecha de publicación 02/10/2025