SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN
Resolución 354/2025
RESOL-2025-354-APN-SIGEN
Ciudad de Buenos Aires, 30/09/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-84718719-APN-SIGEN, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, la Ley de Ministerios N° 22.520, sus complementarias y modificatorias, los Decretos N° 650 del 17 de septiembre de 2019, N° 50 del 19 de diciembre de 2019, N° 8 del 10 de diciembre de 2023 y N° 658 del 12 de septiembre de 2025 con sus complementarios y modificatorios, la Decisión Administrativa N° 797 del 17 de septiembre de 2019, las Resoluciones SIGEN N° 185 del 10 de junio de 2020 y Nº 297 del 31 de diciembre de 2020, sus complementarias y modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 103 de la Ley N° 24.156, establece que el modelo de control que aplique y coordine la Sindicatura deberá ser integral e integrado, abarcar los aspectos presupuestarios, económicos, financieros, patrimoniales, normativos y de gestión, la evaluación de programas, proyectos y operaciones y estar fundado en criterios de economía, eficiencia y eficacia.
Que por el Decreto N° 50/2019 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, el cual fue modificado y complementado en diversas oportunidades.
Que por el Decreto N° 8/2023 se modificó la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/1992), estableciendo los Ministerios que tendrán a su cargo el despacho de los negocios de la Nación y se establecieron las Secretarías de Presidencia necesarias para posibilitar la actividad del Presidente de la Nación.
Que por el Decreto N° 658/2025 se adecuaron las previsiones de la referida Ley de Ministerios para una mejor gestión de las atribuciones asignadas al PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que mediante la Resolución SIGEN Nº 297/2020 se aprobó la estructura organizativa de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, las Responsabilidades Primarias y Acciones y el ámbito de competencia de cada una de las Gerencias de Control.
Que mediante la Resolución SIGEN Nº 185/2020 se creó, en el ámbito de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, el Observatorio de Políticas de Género.
Que el artículo 1° del Decreto N° 650/2019 establece que las distintas Jurisdicciones y Entidades que conforman la Administración Pública Nacional contarán con un Enlace de Integridad en el Ejercicio de la Función Pública, el que tendrá las funciones de implementar estrategias de sensibilización y capacitación en temas de transparencia, ética y lucha contra la corrupción, realizando en el ámbito de su competencia el seguimiento de aquellos asuntos que le sean remitidos, como así también promover el cumplimiento de las obligaciones y recomendaciones internacionales en materia de lucha contra la corrupción y reportar a la OFICINA ANTICORRUPCIÓN sobre su nivel de avance.
Que por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 797/2019 se establece que las competencias de los Enlaces de Integridad, cuando existiera una unidad responsable en materia de Integridad Pública, serán asumidas por la mencionada unidad.
Que considerando las responsabilidades asignadas normativamente a este Organismo de Control, resulta necesario readecuar la estructura organizativa de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN a las necesidades del Estado Nacional.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.
Que el suscripto es competente para dictar la presente medida en virtud de lo dispuesto por el artículo 112, inciso b), de la Ley N° 24.156.
Por ello,
EL SÍNDICO GENERAL DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprúebase la estructura organizativa de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN, de conformidad con el Organigrama, la Responsabilidad Primaria y Acciones, y el Ámbito de Control y Fiscalización, que como Anexos I.A, I.B, I.C, I.D, I.E, I.F, I.G, I.H, I.I (IF-2025-108510099-APN-SIGEN), Anexo II (IF-2025-108728855-APN-SIGEN) y Anexo III (IF-2025-108439478-APN-SIGEN), respectivamente, forman parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Aclárase que, conforme a la normativa vigente, los agentes que se desempeñen en el Área de Integridad Pública de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN no recibirán remuneración adicional ni suplemento alguno por las funciones que desarrollen.
ARTÍCULO 3°.- Deróganse las Resoluciones SIGEN N° 185/2020 y Nº 297/2020, sus complementarias y modificatorias
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con los créditos asignados a la Entidad 109 - SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 5°.- La presente Resolución tendrá vigencia a partir del 1° de octubre de 2025.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Alejandro Fabian Diaz
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en: https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/2018/11/if-2025-108510099-apn-sigen.pdf https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/2018/11/if-2025-108728855-apn-sigen.pdf https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/2018/11/if-2025-108439478-apn-sigen.pdf
e. 03/10/2025 N° 73241/25 v. 03/10/2025
Fecha de publicación 03/10/2025