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7 de Octubre de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
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AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

Resolución 95/2025

RESOL-2025-95-E-ARCA-SDGOAI

Ciudad de Buenos Aires, 03/10/2025

VISTO lo tramitado en el EX-2025-01390653- -AFIP-SEIODVOPME#SDGOAI, del registro de esta AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO, y

CONSIDERANDO:

Que la firma “INLAND TRANSPORTES S.A.”, CUIT N° 30-71051564-2 presentó mediante SITA 25038SITA002448S de fecha 21 de marzo de 2025, una solicitud de prefactibilidad de un depósito fiscal general compuesto por cámaras frigoríficas, ubicado en la calle Carril Rodriguez Peña 3167, localidad de Coquimbito, Departamento MAIPU, Provincia de MENDOZA, jurisdicción de la Aduana de MENDOZA acorde a lo estipulado en el Artículo 3° de la Resolución General N° 4.352 y modificatoria.

Que la firma manifiesta en su presentación que el presente proyecto de prefactibilidad implicaría un cambio de figura –un nuevo lugar operativo- dándose de baja a las Cámaras Frigoríficas Fiscales - habilitadas actualmente mediante RESOL-2021-8-E-AFIP-SDGOAI, modificada por la RESOL-2022-2-E-AFIPSDGOAI y por la RESOL-2024-43-E-AFIP-SDGOAI, en los términos del Anexo VIII de la Resolución General N° 4352 (AFIP) y modificatoria- a un único Depósito Fiscal General con el objeto de ampliar el tipo de mercadería a almacenar (refrigerada y no refrigerada).

Que conforme surge del plano-layout aportado, el terreno del depósito fiscal general que nos ocupa contaría con una superficie total aproximada de QUINCE MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO METROS CUADRADOS (15.424 m2), para almacenar mercadería refrigerada y no refrigerada tales como: vinos embotellados (de importación y exportación), máquinas, alimentos, bebidas, paneles solares, conservas, envases, productos cárnicos, lácteos, frutihortícolas, farmacéuticos, entre otros.

Que cabe destacar que los elementos necesarios para la apreciación primaria del proyecto se encuentran agregados en los Informes que obran en expediente ut supra mencionado.

Que ha tomado intervención la Aduana local mediante IF-2025-02952378-ARCA-ADMEND#SDGOAI, la División Operativa MENDOZA a través de PV-2025-02952670-ARCA-DVOPME#SDGOAI y la Dirección Regional Aduanera CUYO en PV-2025-02966781-ARCA-DIRACU#SDGOAI.

Que conforme lo expuesto y habiendo tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Técnico Legal Aduanera mediante IF-2025-03461615-ARCA-DILEGA#SDGTLA de fecha 17 de septiembre de 2025 y de Asuntos Jurídicos a través del IF-2025-03539413-ARCA-DVDRTA#SDGASJ de fecha 24 de septiembre de 2025, corresponde aprobar la pre factibilidad del proyecto de habilitación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo N° 1 de la DI-2018-6-E-AFIP-DGADUA.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- APRÚEBESE la pre factibilidad del proyecto de habilitación de un depósito fiscal general compuesto por cámaras frigoríficas presentado por la firma “INLAND TRANSPORTES S.A.”, CUIT N° 30-71051564-2, con una superficie total aproximada de QUINCE MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO METROS CUADRADOS (15.424 m2), ubicado en la calle Carril Rodriguez Peña 3167, localidad de Coquimbito, Departamento MAIPU, Provincia de MENDOZA, jurisdicción de la Aduana de MENDOZA, acorde a lo estipulado en el Artículo 3° de la Resolución General N° 4.352 y modificatoria.

ARTÍCULO 2°: ESTABLÉCESE que, a los fines de la habilitación del depósito fiscal general en trato, la firma deberá cumplimentar el trámite de habilitación normado en la Resolución General citada en el artículo precedente y cumplir con los requerimientos documentales, físicos y tecnológicos especificados en la misma, los que no fueron objeto de análisis en el presente, con excepción de lo expuesto en relación al escáner.

ARTÍCULO 3°.- REGÍSTRESE. Comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera CUYO y la Aduana de MENDOZA. Por la División Zonas Primarias y Fronteras notifíquese por Sistema de Comunicaciones y Notificaciones Electrónicas Aduaneras (SICNEA) al interesado y continúese con los trámites de rigor.

Horacio Raul Alasia

e. 07/10/2025 N° 74464/25 v. 07/10/2025

Fecha de publicación 07/10/2025