MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA
Resolución 397/2025
RESOL-2025-397-APN-SE#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 17/10/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-114556919-APN-DGDA#MEC, las Leyes Nros. 17.319, 17.520 y 25.943, los Decretos Nros. 729 de fecha 22 de mayo de 1995, 76 de fecha 11 de febrero de 2022, 55 de fecha 16 de diciembre de 2023, 70 de fecha 20 de diciembre de 2023, 713 de fecha 9 de agosto de 2024, 1.023 de fecha 19 de noviembre de 2024, 1.060 de fecha 29 de noviembre de 2024, 54 de fecha 31 de enero de 2025 y 452 de fecha 4 de julio de 2025; las Resoluciones Nros. 828 de fecha 19 de junio de 2023 y 169 de fecha 25 de febrero de 2025, ambas del MINISTERIO DE ECONOMÍA, 67 de fecha 7 de febrero de 2022, 532 de fecha 22 de junio de 2023, 326 de fecha 7 de noviembre de 2024, 136 de fecha 28 de marzo de 2025, y 198 de fecha 13 de mayo de 2025 todas de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 1.060 de fecha 29 de noviembre de 2024 se declaró de Interés Público Nacional la Iniciativa Privada propuesta por la firma TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. (TGS S.A.) denominada “Incremento de la Capacidad de Transporte Gas Natural, en la Ruta Tratayén – Litoral Argentino” (en adelante Iniciativa Privada), que consiste en la ejecución de las obras de ampliación del Tramo I del “GASODUCTO PERITO FRANCISCO PASCASIO MORENO” (en adelante GPM) que abarca desde la localidad de Tratayén ubicada en la Provincia del NEUQUÉN hasta la localidad de Salliqueló en la Provincia de BUENOS AIRES, con el fin de incrementar la capacidad del sistema de transporte de gas natural.
Que las referidas obras de ampliación del GPM se encuentran vinculadas a las instalaciones que forman parte de la Concesión de Transporte oportunamente otorgada a la empresa INTEGRACIÓN ENERGÉTICA ARGENTINA S.A. (IEASA), actualmente ENERGÍA ARGENTINA S.A. (EA), mediante el Decreto N° 76 de fecha 11 de febrero de 2022.
Que, en tal sentido, por el Artículo 1° del Decreto N° 54 de fecha 31 de enero de 2025, se dispuso, en el marco de lo establecido en el Artículo 3° del Anexo II del Decreto N° 713 de fecha 9 de agosto de 2024, reglamentario de la Ley N° 27.742, que la referida Iniciativa Privada se regirá por el sistema de contratación previsto en el Artículo 6° del Decreto N° 76/22, que regula la concesión de transporte de gas natural preexistente en cabeza de ENERGÍA ARGENTINA S.A. (EA)
Que, asimismo, por el Artículo 2° del citado Decreto N° 54/25 se facultó al MINISTERIO DE ECONOMÍA a dictar los actos administrativos complementarios o aclaratorios que resultaran necesarios para el cumplimiento de sus disposiciones.
Que mediante la Resolución N° 169 de fecha 25 de febrero de 2025 del MINISTERIO DE ECONOMÍA se delegó en esta Secretaría la responsabilidad de llevar adelante todos los trámites necesarios para la concreción de la Iniciativa Privada propuesta por TGS S.A.
Que, asimismo, por el Artículo 2° de la citada resolución se encomendó a EA a realizar, en el marco de lo dispuesto en el Artículo 6° del Decreto N° 76/22, el procedimiento de licitación pública destinado a la contratación de la ampliación de la capacidad de transporte del Tramo I del “Gasoducto Perito Francisco Pascasio Moreno”, con el fin de ejecutar las obras que permitan incrementar su capacidad de transporte de gas natural; de acuerdo al Pliego de Bases Generales y Especiales a ser aprobados por esta Secretaría.
Que, a los fines mencionados, a través de la Resolución N° 136 de fecha 28 de marzo de 2025, y su modificatoria la Resolución N° 198 de fecha 13 de mayo de 2025, ambas de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA se aprobaron, como Anexo I (IF-2025-50396635-APN-SSCL#MEC) los Lineamientos para la Asignación de Capacidad Incremental en el GPM y en Tramos Finales del sistema operado por la empresa TGS S.A.; y como Anexo II (IF-2025-50396336-APN-SSCL#MEC), el Pliego de Cláusulas Generales y Especiales (en adelante el Pliego) para que EA, llevara adelante la Licitación Pública (en adelante la Licitación).
Que la Licitación tiene como objeto contratar la ejecución y financiamiento de la Obra de Ampliación del Tramo I del GPM que permita generar la Capacidad Incremental, y con el derecho a ejercer la opción para ejecutar y financiar la Obra de Ampliación de la Capacidad Opcional, a cambio de la cesión de la reserva de la Capacidad Incremental (y eventualmente, de la reserva de la Capacidad Opcional), y el uso de la infraestructura existente de titularidad de EA durante el Plazo de Disposición de la Capacidad Incremental, y conforme a los términos y condiciones establecidos en el Modelo de la Oferta Irrevocable de Reserva de Capacidad, que como APENDICE B integra el referido Pliego.
Que el Adjudicatario tendrá a su cargo la Operación y Mantenimiento de la infraestructura existente que integra la concesión de titularidad de EA y de la Infraestructura de la Ampliación objeto de la Licitación durante el Plazo de Operación y Mantenimiento, conforme a los términos y condiciones establecidos en el Modelo de la Oferta Irrevocable de Operación y Mantenimiento (O&M), que como APENDICE C, forma parte del Pliego.
Que el procedimiento de selección, bajo la modalidad de etapa doble, incluye una preselección de Ofertas que cumplan con los requisitos de capacidad legal, económico-financiera, y técnica estipulados en el Pliego, y una selección de la mejor oferta en términos económicos entre las Ofertas Preseleccionadas, conforme al procedimiento previsto en el Pliego.
Que, por su parte, por el Artículo 7° de la citada Resolución N° 136/25 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA y su modificatoria, se asignó al ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS) organismo descentralizado actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, la función de asistir técnicamente a esta Secretaría durante el procedimiento licitatorio.
Que a través del Decreto N° 452 de fecha 4 de julio de 2025 se constituyó el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD, creado por el Artículo 161 de la Ley N° 27.742, el que funcionará en el ámbito de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA y llevará a cabo todas las medidas necesarias para cumplir las misiones y funciones asignadas por las Leyes Nros. 24.076 y 24.065 al ENARGAS y al ENRE, respectivamente.
Que, conforme a lo establecido en el Artículo 19 del citado decreto, hasta tanto el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LA ELECTRICIDAD apruebe su estructura orgánica, mantendrán su vigencia las actuales unidades organizativas del ENARGAS y del ENRE y las responsabilidades, competencias y funciones asignadas en el marco legal y reglamentario vigente, con el fin de mantener el adecuado funcionamiento operativo del Ente regulador.
Que, consecuentemente, el ENARGAS resulta competente para cumplir la función de asistencia técnica encomendada a dicho organismo por el Artículo 7° de la Resolución N° 136/25 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA y su modificatoria.
Que, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 2° de la Resolución N° 169/25 del MINISTERIO DE ECONOMÍA, el Directorio de EA emitió la Resolución N° 001 de fecha 20 de mayo de 2025 (IF-2025-114674338-APN-DNTEI#MEC), a través de la cual aprobó el llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional GMP N°1/2025.
Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 2° de la citada Resolución EA N° 001/25, la Licitación se rige por lo dispuesto en el Artículo 6° del Decreto N° 76/22, el Artículo 5 del Decreto N° 1060/24, el Decreto N° 54/25, la Resolución N° 169/25 del MINISTERIO DE ECONOMÍA, las Resoluciones Nros. 136/25 y 198/25, ambas de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, y por el Pliego aprobado por esta Secretaría, incluyendo sus Circulares Aclaratorias y/o Modificatorias.
Que, asimismo a través de la citada Resolución N° 001/25 se incorporaron al Pliego los siguientes documentos: (i) Apéndice E: Carta de renuncia de TGS S.A. en su condición de Promotor a percibir, de quien resultare Adjudicatario, los honorarios y gastos reembolsables previstos en el Artículo 14 del Anexo III del Decreto N° 713/24 en el supuesto de no resultar Adjudicatario; (ii) Apéndice F: La presentación de TGS S.A. de fecha 15 de noviembre de 2024, mediante la cual presta su conformidad a la rescisión del Contrato de Servicio de Operación y Mantenimiento del GPM y las Plantas Compresoras Tratayén y Salliqueló vigente con EA con motivo de la adjudicación del procedimiento licitatorio; (iii) Apéndice G: Renuncia de la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO S.A. (CAMMESA) a ejercer su derecho de prioridad respecto de la capacidad incremental resultante de la ampliación contemplada en la Iniciativa Privada; y (iv) el Cronograma de la Licitación.
Que, previa aprobación por parte de esta Secretaría, EA emitió Circulares Aclaratorias y Modificatorias que integran el Pliego de conformidad con las definiciones de su Glosario, las que fueron oportunamente publicadas en el Boletín Oficial para su correspondiente difusión.
Que a través del Acta N° 816 de fecha 25 de julio de 2025, el Directorio de EA aprobó la designación de los miembros de la Comisión Evaluadora de Ofertas (en adelante la Comisión), órgano colegiado consultivo integrado por profesionales de EA, encargado de evaluar la capacidad legal, técnica, y económica-financiera de los oferentes, de conformidad con las estipulaciones del Pliego (IF-2025-114766973-APN-DNTEI#MEC).
Que, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 19 del Capítulo IV del Pliego, EA realizó la apertura de ofertas, resultando ser la de la empresa TGS S.A. la única presentada, de lo cual se dejó constancia en la Escritura Pública N° 187 de fecha 28 de Julio de 2025 (IF-2025-114771141-APN-DNTEI#MEC).
Que seguidamente, EA procedió a la verificación del contenido del Sobre N° 1: “Documentación Legal - Propuesta Técnica” de la oferta presentada por TGS S.A. Dicho acto se instrumentó mediante la Escritura Pública N° 188 de igual fecha IF-2025-114771141-APN-DNTEI#MEC).
Que, conforme a lo estipulado en el citado Artículo 19 del Pliego, la Comisión, tras analizar la totalidad de la documentación presentada por el oferente y la viabilidad técnica de la oferta, mediante el Dictamen de Evaluación de Ofertas del Sobre N°1 de fecha 18 de septiembre de 2025 recomendó al Directorio de EA preseleccionar la propuesta del oferente TGS S.A. y disponer la apertura del Sobre N° 2 del oferente preseleccionado (IF-2025-114804527-APN-DNTEI#MEC).
Que, mediante la Resolución N° 003 de fecha 19 de septiembre de 2025, el Directorio de EA, preseleccionó la oferta presentada por TGS S.A. en el marco de la Licitación Pública Nacional e Internacional GPM N° 1/2025 y dispuso para el 22 de septiembre de 2025 la apertura del Sobre N° 2: “Propuesta Económica” correspondiente a la oferta preseleccionada (IF-2025-114820290-APN-DNTEI#MEC).
Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 18.2 del Pliego el precio ofertado será el único importe que el Adjudicatario recibirá como contraprestación para: (i) recuperar las inversiones y gastos correspondientes a la Obra de Ampliación y a la Obra de Ampliación de la Capacidad Opcional, en su caso; (ii) compensar servicio de operación y mantenimiento que el Adjudicatario prestará a EA en los términos de la Oferta Irrevocable de Operación y Mantenimiento (O&M); y (iii) obtener el retorno razonable pretendido durante el Plazo de Disposición de la Capacidad Incremental en los términos de la Oferta Irrevocable de Reserva de Capacidad.
Que, seguidamente, y de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 21 del Pliego, EA procedió a la apertura del Sobre N° 2 referido a la oferta económica presentada por TGS S.A. De acuerdo a las constancias asentadas la Escritura Pública N° 228 de fecha 22 de septiembre de 2025 (IF-2025-114859540-APN-DNTEI#MEC), el precio ofertado por la citada empresa resultó en la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SESENTA Y NUEVE CENTAVOS POR MILLÓN DE BRITISH THERMAL UNIT (USD 0,69/MMBtu), neto del impuesto al valor agregado (IVA).
Que la Comisión, tras analizar la referida oferta económica conforme a lo establecido en el Pliego, emitió el Dictamen de Evaluación de Oferta de Sobre N° 2 de fecha 24 de septiembre de 2025 (IF-2025-114860754-APN-DNTEI#MEC), mediante el cual recomendó al Directorio de EA la adjudicación de la Licitación Pública Nacional e Internacional GPM N° 1/2025 al oferente TGS S.A.
Que mediante la Resolución N° 004 de fecha 25 de septiembre de 2025 (IF-2025-114862222-APN-DNTEI#MEC), el Directorio de EA adjudicó la Licitación Pública Nacional e Internacional GPM N° 1/2025 al oferente TGS S.A.
Que de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 24 del Pliego, el Acto de Adjudicación emitido por EA se encuentra sujeto a la aprobación de esta Secretaría.
Que, a su vez, el Artículo 25 del Pliego estipula que podrá adjudicarse la Licitación en el caso de que exista una única Oferta, en la medida que resulte admisible y conveniente al interés público comprometido.
Que, tal como fuera antes consignado, la Iniciativa Privada propuesta por TGS S.A., que diera lugar al proceso licitatorio en trato, fue declarada de Interés Público Nacional por el Decreto N° 1.060/2024.
Que, por su parte, corresponde señalar que en el transcurso del procedimiento licitatorio, la empresa TGS S.A. dio cumplimiento a los requisitos establecidos en el inciso b) del artículo 5° del Decreto N° 1.060/24 y el Punto c del Artículo 3° de la Resolución N° 169/25 del MINISTERIO DE ECONOMÍA, relativos a la ejecución de las obras de ampliación en tiempo y forma que sean necesarias para los tramos finales de su sistema licenciado y a las garantías que afianzan dicho compromiso (IF-2025-79556981-APN-DGDA#MEC, IF-2025-114653358-APN-DNTEI#MEC).
Que, sentado lo expuesto, surge de la motivación del Decreto N° 1.060/24, que la ampliación del Tramo I del GPM, mejorará la disponibilidad de gas natural, reducirá los requerimientos futuros de Gas Natural Licuado (GNL) y de combustibles alternativos en los meses de invierno, y permitirá a su vez mejorar el perfil de gas disponible para centrales de generación eléctrica en períodos estivales de alto requerimiento.
Que, a su vez, la ejecución de la referida obra de ampliación de infraestructura permitirá evacuar el gas natural producido en la cuenca Neuquina hacia los centros de consumo del AREA METROPOLITANA DE BUENOS AIRES (AMBA) y el Litoral del país.
Que, se colige de lo expuesto que la ejecución de la obra de ampliación del Tramo I del GPM, objeto de la Licitación adjudicada mediante la citada Resolución EA N° 004/25, resulta conveniente al interés público y coadyuva al cumplimiento de los principios de política hidrocarburífera determinados en el Artículo 3° de la Ley N° 26.741, y en el Artículo 3° de la Ley N° 17.319 y su modificatoria.
Que, consecuentemente, y de conformidad con lo estipulado en el Artículo 24 del Pliego, resulta procedente emitir el correspondiente acto administrativo de aprobación del acto de adjudicación de la Licitación Pública Nacional e Internacional GPM N° 1/2025 al oferente TGS S.A.
Que la Dirección Nacional de Transporte e Infraestructura concluyó a través del Informe N° IF-2025-115323248-APN-DNTEI#MEC de fecha 16 de octubre de 2025, que no median objeciones que formular al proceso licitatorio desarrollado por EA y sugirió en consecuencia, la aprobación de la adjudicación de la Licitación Pública Nacional e Internacional GPM N° 1/2025 al oferente TGS S.A.
Que la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “Agencia de Transformación de Empresas Públicas” del MINISTERIO DE ECONOMÍA, ha tomado su debida intervención.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 5° del Decreto N° 1.060 de fecha 29 de noviembre de 2024 y sus modificaciones, y por los Artículos 1°, 2° y 3° de la Resolución N° 169 de fecha 25 de febrero de 2025 del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Por ello,
LA SECRETARIA DE ENERGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el procedimiento de Licitación Pública Nacional e Internacional GPM N° 1/2025 realizado por ENERGÍA ARGENTINA S.A. (EA), destinado a la contratación de la ampliación de la capacidad de transporte del Tramo I del “Gasoducto Perito Francisco Pascasio Moreno”, con el fin de ejecutar las obras que permitan incrementar su capacidad de transporte de gas natural, en las condiciones previstas en el Artículo 5° del Decreto N° 1060/24, y de acuerdo a las estipulaciones del Pliego de Cláusulas Generales y Especiales aprobado mediante la Resolución N° 136 de fecha 28 de marzo de 2025 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA y su modificatoria.
ARTÍCULO 2°.-Aprúebase el acto de Adjudicación de la Licitación Pública Nacional e Internacional GPM N° 1/2025 al oferente TRANSPORTADORA DE GAS DEL SUR S.A. (TGS S.A.) dispuesta por el Directorio de EA mediante la Resolución N° 004 de fecha 25 de septiembre de 2025.
ARTÍCULO 3°.- El adjudicatario deberá presentar a EA, dentro de los CINCO (5) días computados a partir de la fecha de notificación de la presente medida, las correspondientes garantías de cumplimiento, en formato original, en DÓLARES ESTADOUNIDENSES con firmas certificadas ante Escribano Público, en los términos establecidos en el Artículo 26 del Pliego de Cláusulas Generales y Especiales que como Anexo II (IF-2025-50396336-APN-SSCL#MEC) integra la Resolución N° 136/25 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.
La vigencia de la garantía se extenderá hasta el total cumplimiento de las obligaciones que surjan de la aceptación de las Ofertas Irrevocables por parte del Adjudicatario, no limitándose la responsabilidad del Contratista derivado de las obligaciones asumidas en función del Pliego y bajo las Ofertas Irrevocables, reservándose EA las acciones que pudieran corresponderle en concepto de multas, gastos, daños y perjuicios. La eventual ejecución de la Garantía de Cumplimiento, lo será sin perjuicio de la responsabilidad por los daños y perjuicios que el Contratista haya causado.
ARTÍCULO 4°.- Dentro del plazo de CINCO (5) días corridos contados desde la fecha de notificación de la presente medida, EA deberá suscribir y remitir al Adjudicatario la Oferta de Reserva de Capacidad y la Oferta Irrevocable de Operación y Mantenimiento.
Si el Adjudicatario no aceptare las Ofertas Irrevocables dentro del mismo plazo, contado a partir de la fecha de recepción de las mismas, EA podrá dejar sin efecto la Adjudicación, y ejecutar la Garantía de Mantenimiento de Oferta.
ARTÍCULO 5°.- Notifíquese a las empresas TGS S.A. y EA conforme a lo establecido en el Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto N° 1759/72 - T.O. 2017 y su modificatorio.
ARTÍCULO 6°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 7º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
María Carmen Tettamanti
e. 20/10/2025 N° 78311/25 v. 20/10/2025
Fecha de publicación 20/10/2025