ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
Resolución 802/2025
RESOL-2025-802-APN-DIRECTORIO#ENARGAS
Ciudad de Buenos Aires, 28/10/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-68237727- -APN-GIYN#ENARGAS, la Ley N° 24.076 – T.O. 2025 - su Decreto Reglamentario N° 1738/92, la Norma NAG-200, la Resolución N° RESOL-2025-753-APN-DIRECTORIO#ENARGAS, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Nº RESOL-2025-753-APN-DIRECTORIO#ENARGAS del 2 de octubre de 2025, se dispuso la puesta en Consulta Pública del Proyecto de norma NAG-200 (2025) “Reglamento Técnico para la Ejecución de instalaciones internas domiciliarias de Gas” (artículo 1°), y se estableció un plazo de VEINTE (20) días hábiles administrativos contados a partir de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA a fin de que los interesados efectúen formalmente sus comentarios y observaciones.
Que mediante Actuaciones N° IF-2025-113979250-APN-DDR#ENARGAS, N° IF-2025-113669766-APN-SD#ENARGAS y N° IF-2025-114980942-APN-SD#ENARGAS, diversas asociaciones de matriculados y matriculados independientes solicitaron prórroga del plazo otorgado por la Resolución N° RESOL-2025-753-APN-DIRECTORIO#ENARGAS, para la presentación de comentarios y observaciones relacionados con el proyecto de modificación de la Norma NAG-200.
Que en atención a las consideraciones efectuadas en dichas solicitudes, corresponde ampliar el plazo por DIEZ (10) días hábiles administrativos contados a partir de la fecha del vencimiento de la consulta pública dispuesta por la Resolución Nº RESOL-2025-753-APN-DIRECTORIO#ENARGAS, todo ello, a fin de que los interesados efectúen formalmente sus comentarios y observaciones, respecto de la Consulta Pública establecida en la citada Resolución.
Que el Servicio Jurídico Permanente de esta Autoridad Regulatoria ha tomado la intervención que le corresponde.
Que, por el Artículo 1° del Decreto N° 452 del 4 de julio de 2025 (B.O 07/07/2025) se constituyó el ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS Y LECTRICIDAD, creado por el Artículo 161 de la Ley N° 27.742, el que deberá comenzar a funcionar dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días corridos desde su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina, para lo cual deberá estar debidamente conformado su Directorio. Sin perjuicio de ello, conforme su Artículo 19, hasta tanto se apruebe su estructura orgánica “…mantendrán su vigencia las actuales unidades organizativas del ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (…) y las responsabilidades, competencias y funciones asignadas en el marco legal y reglamentario vigente, a fin de mantener el adecuado funcionamiento operativo del Ente regulador”.
Que el ENTE NACIONAL REGULADO DEL GAS se encuentra facultado para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto en el Artículo 51, inc. b) de la Ley 24.076 (T.O.2025), y lo establecido por la reglamentación por Decreto N° 1738/92, los Decretos DNU N° 55/23, N° 1023/24, y N° 370/25, el Decreto N° 452/25 y la Resolución N° RSOLU-2023-5-APN-SE#MEC.
Por ello,
EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: Ampliar el plazo de la Consulta Pública dispuesta por la Resolución Nº RESOL-2025-753-APN-DIRECTORIO#ENARGAS, por el término de DIEZ (10) días hábiles administrativos contados a partir del vencimiento del plazo original determinado por la citada Resolución a fin de que los interesados efectúen formalmente sus comentarios y observaciones.
ARTÍCULO 2°: Comunicar, publicar, registrar, dar a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archivar.
Carlos Alberto María Casares
e. 30/10/2025 N° 81819/25 v. 30/10/2025
Fecha de publicación 30/10/2025