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30 de Octubre de 2025

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MINISTERIO DE ECONOMÍA

Resolución 1690/2025

RESOL-2025-1690-APN-MEC

Ciudad de Buenos Aires, 29/10/2025

Visto el expediente EX-2025-57596488- -APN-ANAC#MEC, la ley 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2023, que rige para el ejercicio 2025 conforme el artículo 27 de la ley 24.156 y sus modificatorias, en los términos del decreto 1131 del 27 de diciembre de 2024, los decretos 239 del 15 de marzo de 2007, 1770 del 29 de noviembre de 2007, 2098 del 3 de diciembre de 2008, 2314 del 28 de diciembre de 2009, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 958 del 25 de octubre de 2024, 1148 del 30 de diciembre de 2024, las resoluciones 53 del 27 de mayo de 2021 de la entonces Secretaría de Gestión y Empleo Público dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros (RESOL-2021-53-APN-SGYEP#JGM) y su modificatoria, y 20 del 15 de noviembre de 2024, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el decreto 1131 del 27 de diciembre de 2024 se dispuso que a partir del 1° de enero de 2025 regirán las disposiciones de la ley 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la ley 24.156 y sus modificatorias.

Que por el artículo 7° de la citada ley 27.701 se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes existentes a la fecha de su entrada en vigencia ni los que se produzcan con posterioridad sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que mediante el decreto 239 del 15 de marzo de 2007 se creó la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) como organismo descentralizado en el ámbito de la Secretaría de Transporte dependiente del entonces Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, actualmente en la órbita del Ministerio de Economía.

Que por el decreto 1770 del 29 de noviembre de 2007 se aprobó la estructura organizativa del primer nivel operativo de la Administración Nacional de Aviación Civil.

Que por decreto 2314 del 28 de diciembre de 2009, se aprobó la estructura escalafonaria y el régimen retributivo para la ANAC.

Que en el decreto 958 del 25 de octubre de 2024 se establece que corresponde al Jefe de Gabinete de Ministros, a los Ministros, a los Secretarios de la Presidencia de la Nación, al Procurador del Tesoro de la Nación y a los Vicejefes de Gabinete de la Jefatura de Gabinete de Ministros, en sus respectivos ámbitos, efectuar y/o prorrogar las designaciones transitorias de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, incluyendo las que correspondan a los organismos descentralizados que funcionen en su órbita.

Que, en esta instancia, resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo extraescalafonario vacante y financiado de Director General de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa de la Administración Nacional de Aviación Civil, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía.

Que la presente designación transitoria queda exceptuada de las restricciones establecidas en el decreto 1148 del 30 de diciembre de 2024.

Que han tomado intervención las áreas competentes del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades contempladas en el artículo 2° del decreto 958/2024.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Dase por designado con carácter transitorio, a partir del 29 de mayo de 2025, y por el término de ciento ochenta (180) días hábiles, al abogado Jorge Nicolás Feijoo (MI N° 31.859.439) en el cargo extraescalafonario de Director General de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, con una remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el decreto 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes a la ANAC.

ARTÍCULO 3°.- Instrúyase a la Dirección de Administración y Gestión de Recursos Humanos dependiente de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa de la Administración Nacional de Aviación Civil, a comunicar y notificar al interesado, haciéndole saber que por imperio de las leyes 25.188 y 26.857, dispone de treinta (30) días hábiles a partir de la notificación fehaciente de la presente medida, para dar efectivo cumplimiento a la obligación de presentar sus respectivas Declaraciones Juradas Patrimoniales, ya sea Inicial, Anual y/o Baja, según corresponda.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese a la Dirección Nacional de Diseño Organizacional y a la Dirección Nacional de Gestión de Información y Política Salarial, ambas dependientes de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, conforme lo establecido en el artículo 3° de la resolución 20 del 15 de noviembre de 2024 de la citada secretaría (RESOL-2024-20-APN-STEYFP#MDYTE).

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Luis Andres Caputo

e. 30/10/2025 N° 82078/25 v. 30/10/2025

Fecha de publicación 30/10/2025