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30 de Octubre de 2025

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AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO

Resolución General 5780/2025

RESOG-2025-5780-E-ARCA-ARCA - Comité Permanente Interorgánico (CPI) en el marco del programa “Operador Económico Autorizado” (OEA). Su creación. Reglamento de funcionamiento. Su aprobación.

Ciudad de Buenos Aires, 28/10/2025

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2025-02774888- -ARCA-DIREPA#DGADUA y

CONSIDERANDO:

Que la Organización Mundial de Aduanas (OMA) a través del Marco Normativo para Asegurar y Facilitar el Comercio Global (SAFE), estableció objetivos y principios básicos para sus miembros con el fin de optimizar la seguridad en todos los puntos de la cadena logística y garantizar el suministro ágil y seguro de mercaderías en el comercio internacional, ello basado en la cooperación entre las administraciones aduaneras y entre las aduanas y las empresas.

Que, en concordancia con dicho marco normativo, la entonces Administración Federal de Ingresos Públicos implementó el programa “Operador Económico Autorizado” (OEA), por el cual los operadores que reúnan los requisitos allí establecidos accedieran a importantes beneficios a fin de optimizar la gestión de sus operaciones de comercio exterior.

Que por el artículo 1° del Decreto Nº 389 del 31 de mayo de 2019, se estableció la obligación para la entonces Administración Federal de Ingresos Públicos -a través de la Dirección General de Aduanas-, de crear un Comité Permanente Interorgánico (CPI) en el marco del programa “Operador Económico Autorizado” (OEA).

Que, asimismo, se fijó como objetivo de dicho Comité el de propiciar procedimientos que disminuyan los costos operativos, faciliten el comercio exterior y la integración con otros países y, por otra parte, se estableció que los integrantes del Comité desempeñarán sus funciones con carácter ad honorem.

Que en cumplimiento de lo normado en el artículo 2° del decreto mencionado, resulta también necesario establecer las pautas de funcionamiento a las que deberá ajustarse el aludido Comité.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación, las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Institucional, Técnico Legal Aduanera, Control Aduanero, Operaciones Aduaneras del Interior y Operaciones Aduaneras Metropolitanas y la Dirección General de Aduanas.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios, por el Decreto N° 389 del 31 de mayo de 2019, por el Decreto Nº 953 del 24 de octubre de 2024, y por el artículo 8° del Decreto N° 13 del 6 de enero de 2025 y su modificatorio.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Crear el Comité Permanente Interorgánico (CPI) en el marco del programa “Operador Económico Autorizado” (OEA), en el ámbito de la Dirección General de Aduanas con la participación de la Subsecretaría de Comercio Exterior -dependiente de la Secretaría de Industria y Comercio-, y entidades privadas y/u otros organismos del Estado Nacional intervinientes en el comercio internacional, conforme lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N° 389 del 31 de mayo de 2019.

ARTÍCULO 2°.- Aprobar el Reglamento del Comité Permanente Interorgánico (CPI) que como Anexo (IF-2025-03844867-ARCA-SGDADVCOAD#SDGINS) forma parte de la presente.

ARTÍCULO 3°.- Delegar en la Dirección General de Aduanas la facultad para modificar el Reglamento del Comité creado por el artículo 1° y/o dictar las normas reglamentarias y/o complementarias que resulten necesarias para la aplicación de esta norma.

ARTÍCULO 4°.- Esta resolución general entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial, difúndase en el Boletín de la Dirección General de Aduanas y archívese.

Juan Alberto Pazo

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución General se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 30/10/2025 N° 81702/25 v. 30/10/2025

Fecha de publicación 30/10/2025