MINISTERIO DE SALUD Y AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
Resolución Conjunta 2/2025
RESFC-2025-2-APN-MS
Ciudad de Buenos Aires, 29/10/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-119938869-APN-DNPYRS#AND, la Ley N° 24.901 -y modific.-, los Decretos N° 1193 del 8 de octubre de 1998, N° 698 del 5 de septiembre de 2017 y sus modificatorios, N° 95 del 1 de febrero de 2018 y N° 601 del 21 de agosto de 2025, la Decisión Administrativa N° 24 del 21 de septiembre de 2025, la Resolución del ex MINISTERIO DE SALUD Y ACCIÓN SOCIAL N° 428 del 23 de junio de 1999 -y modif.- y la Resolución Conjunta del MINISTERIO DE SALUD y la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD N° 9 de fecha 29 de noviembre de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 24.901, sus modificatorias y complementarias, se instituyó el Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad.
Que mediante el Decreto N° 601/2025 el Presidente de la Nación dispuso la intervención de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días corridos y designó como Interventor al doctor Alejandro Alberto VILCHES.
Que en uso de las facultades conferidas por el artículo 2º del Decreto N° 1193/1998, por Resolución N° 428/1999 del entonces MINISTERIO DE SALUD Y ACCIÓN SOCIAL se aprobó el Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad, cuyos aranceles se actualizan periódicamente a partir de la propuesta elevada por el Directorio del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad.
Que mediante la Resolución Conjunta N° 9/2024 del MINISTERIO DE SALUD y de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, se dispuso una actualización al valor de los aranceles del Sistema de Prestaciones de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad, equivalente a UNO POR CIENTO (1%) en el mes de octubre, CERO COMA OCHO POR CIENTO (0,8%) en el mes de noviembre y CERO COMA CINCO POR CIENTO (0,5%) en el mes de diciembre, de acuerdo con el Anexo IF-2024-122522674-APN-DNPYRS#AND que forma parte integrante de dicha medida.
Que por el artículo 2° del mismo acto resolutivo se reconoció un adicional del VEINTE POR CIENTO (20 %) sobre el arancel básico, por zona desfavorable, a las prestaciones brindadas en las provincias de la zona patagónica.
Que mediante el dictado de la Decisión Administrativa N° 24/2025 se readecuaron los créditos presupuestarios de la Administración Pública Nacional para actualizar, a partir del 1° de octubre de 2025, el valor de los aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad y, de esta forma, incrementó el presupuesto de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD de acuerdo con el detalle obrante en las PLANILLAS ANEXAS (IF-2025-104797794-APN-SH#MEC) al artículo 1° de dicha norma.
Que, en el marco descripto, el Directorio del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad propuso la modificación de dicho Nomenclador con el objeto de conferir una actualización, de conformidad con lo acordado mediante Acta N° 431 del mentado Directorio, de fecha 28 de octubre de 2025.
Que la referida propuesta comprende establecer un incremento de los aranceles del Nomenclador del Sistema de Prestaciones de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad, a partir del 1° de octubre de 2025, conforme al Anexo I del Acta N° 431.
Que por el Acta aludida se ratifica la continuidad del reconocimiento de un adicional del VEINTE POR CIENTO (20 %) a las prestaciones que se brindan en las provincias de la zona patagónica.
Que la mencionada actualización de los aranceles del Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad se detalla en el Anexo I identificado como IF-2025-119937866-APN-DNPYRS#AND, el cual forma parte integrante de la presente Resolución.
Que la SECRETARÍA DE GESTIÓN SANITARIA prestó conformidad a la presente medida.
Que han tomado la intervención de su competencia los servicios jurídicos permanentes del MINISTERIO DE SALUD y de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD.
Que se actúa en uso de las facultades conferidas por el artículo 103 de la Constitución Nacional, la Ley N° 22.520 y sus modificatorias y los Decretos N° 1193/1998, N° 698/2017 y sus modificatorios y 601/2025.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
Y
EL INTERVENTOR DE LA AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
RESUELVEN:
ARTÍCULO 1°.- Establécese una actualización al valor de los aranceles vigentes del Sistema de Prestaciones de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad, a partir del 1° de octubre de 2025, de acuerdo con el Anexo I del Acta 431 del Directorio del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad, identificado como IF-2025-119937866-APN-DNPYRS#AND que forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Reconócese un adicional del VEINTE POR CIENTO (20 %) sobre el arancel básico por zona desfavorable, a las prestaciones brindadas en las provincias de la zona patagónica.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Mario Iván Lugones - Alejandro Alberto Vilches
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Conjunta se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 30/10/2025 N° 82194/25 v. 30/10/2025
Fecha de publicación 30/10/2025