Edición del
31 de Octubre de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO - ADUANA NEUQUÉN

Se hace saber que en la Actuación EX-2023-00413217- -AFIP-SEFIADNEUQ#SDGOAI que tramita ante esta ADUANA DE NEUQUÉN que se ha dictado Resolución RESOL-2025-375-E-AFIP-ADNEUQ#SDGOAI, cuyo articulado se transcribe: “ARTÍCULO 1°: CONDENAR al Sr. BRICEÑO Ricardo, D.N.I. N.° 13.165.589, con domicilio en (...), por la infracción prevista y penada en el art. 977 del Código Aduanero al pago de la multa de una vez el valor en aduana de la mercadería en infracción cuyo importe asciende a la suma de $ 16.524,75 (PESOS DIECISEIS MIL QUINIENTOS VEINTICUATRO CON 75/100) como así también de los tributos que gravan la importación a consumo de la mercadería en infracción, cuyo importe asciende a la suma de US$ 56,02 (DÓLARES ESTADOUNIDENSES CINCUENTA Y SEIS CON 02/100) por Derechos de Importación, Estadística e IVA y de $ 5.929,08 (PESOS CINCO MIL NOVECIENTOS VEINTINUEVE CON 08/100) por IVA Adicional e Impuesto a las Ganancias.; ARTÍCULO 2°: LEVANTAR la INTERDICCION CON DERECHO A USO que recae sobre los cuatro (04) neumáticos nuevos marca MAXTREK MAXIMUS M11 – Rodado 175/70/R13.; ARTÍCULO 3º: IMPUTAR el pago efectuado por el causante el 07/10/24, obrante a orden 21, a la multa y tributos impuestos en autos, distribuyéndolos conforme la normativa vigente.; ARTÍCULO 4°: HAGASE SABER al interesado que dentro del plazo de 15 días de notificada la presente tiene derecho a interponer contra la misma recurso de apelación o demanda contenciosa previstos por el artículo 1132 del Código Aduanero.; ARTÍCULO 5°: NOTIFÍQUESE.”.

E/E Julio Facundo Salto, Jefe de Sección, Sección Inspección Técnica.

e. 31/10/2025 N° 82239/25 v. 31/10/2025

Fecha de publicación 31/10/2025