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4 de Noviembre de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


PREFECTURA NAVAL ARGENTINA

Disposición 1592/2025

DISFC-2025-1592-APN-PNA#MSG

Ciudad de Buenos Aires, 31/10/2025

Visto lo propuesto por la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación, mediante el expediente electrónico EX-2025-50553880- -APN-DPSN#PNA, la Ley General de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA N° 18.398 y sus modificatorias, lo opinado por la Dirección de Inspectoría General, y lo analizado por la Dirección de Planeamiento, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N.º 18.398 y sus modificatorias, se establece la misión y funciones de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA como Fuerza de Seguridad Federal encargada de ejercer el servicio de policía de seguridad de la navegación, de prevención de la contaminación proveniente de buques, de seguridad y protección marítima, de policía judicial y, de manera parcial, la jurisdicción administrativa de la navegación; constituyéndose así en el instrumento a través del cual el ESTADO NACIONAL cumple dichas funciones en un ámbito de actuación específico, en tanto los actos sometidos a control se vinculen con su misión y capacidades.

Que, de acuerdo con su campo ocupacional, la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación, entiende en la aplicación de las leyes y reglamentaciones que rijan la navegación, especialmente en lo concerniente a la seguridad de la navegación y del buque, salvaguarda de la vida humana en las aguas navegables de la Nación, los servicios de amarre, fondeo y remolque de buques y artefactos navales.

Que la Ordenanza N° 1-08 (DPSN) Tomo 1 “Régimen Técnico del Buque” titulada “MEDIDAS SOBRE SEGURIDAD DE LA NAVEGACIÓN”, tiene por objeto armonizar las disposiciones existentes con los avances tecnológicos, a fin de mantener altos estándares en materia de seguridad, en concordancia con las enmiendas al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar de 1974, adoptado en el ámbito de la Organización Marítima Internacional (OMI).

Que, resulta necesario adecuar y actualizar la normativa nacional mediante la emisión de un Volante Rectificativo a la citada Ordenanza, a fin de ajustar su contenido en virtud de la adopción de enmiendas al Convenio SOLAS (Capítulo V), conforme a la Resolución MSC.532(107).

Que, en el marco de dicho proceso, se incorporaron definiciones técnicas y se reformularon los textos pertinentes, con el propósito de optimizar su claridad, precisión y comprensión.

Que, para la elaboración final del documento, se ha conformado un grupo de trabajo interdisciplinario compuesto por personal de las áreas técnicas competentes de la Dirección de Policía de Seguridad de la Navegación, quienes han prestado conformidad en orden a sus respectivas competencias específicas.

Que la Dirección de Inspectoría General ha tomado intervención, mediante el Informe IF-2025-74988984-APN-DIGE#PNA, y considera que el proyecto de la norma mencionada cumple con las pautas contempladas en la Resolución SIGEN N° 162/2014.

Que la Dirección de Planeamiento, como organismo rector en la administración del sistema reglamentario de la Prefectura Naval Argentina, analizó la propuesta verificando el cumplimiento de todos los requisitos establecidos por la normativa vigente.

Que, a nivel nacional mediante el Decreto N° 891/2017, se aprobaron las “BUENAS PRÁCTICAS EN MATERIA DE SIMPLIFICACIÓN”, aplicables al Sector Público Nacional, entre cuyos objetivos está el de garantizar la mejora continua de los procesos, circunstancia a la cual se adapta la presente modificación.

Que mediante la Resolución N° 390/2018 del actual Ministerio de Seguridad Nacional, se aprobaron los “PRINCIPIOS RECTORES DE LAS BUENAS PRÁCTICAS EN MATERIA DE SIMPLIFICACIÓN”, aplicables al Ministerio de Seguridad y las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales.

Que ha tomado intervención la Asesoría Jurídica de la organización, mediante el Dictamen Jurídico IF-2025-103103567-APN-PNAR#PNA.

Que el Decreto Nº 70/2023 (DNU-2023-70-APN-PTE) instruye a que el Estado Nacional promueva y garantice la vigencia efectiva de un sistema económico basado en decisiones libres, adoptadas en un ámbito de libre concurrencia.

Que esta instancia se encuentra facultada para dictar el acto administrativo correspondiente, de conformidad con los preceptos del Artículo 5º, inciso a), apartado 2 y 3 de la Ley Nº 18.398 “Ley General de la Prefectura Naval Argentina” y sus modificatorias.

Por ello,

EL PREFECTO NACIONAL NAVAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1º. APRUÉBASE el Volante Rectificativo N° 1-2025 a la Ordenanza N° 1-08 (DPSN) Tomo 1 “Régimen Técnico del Buque” titulada “Medidas sobre seguridad de la Navegación”, que se adjunta como Anexo DI-2025-120380637-APN-DPLA#PNA y que forma parte de la presente Disposición.

ARTÍCULO 2º. La citada norma actualizada entrará en vigencia a partir de la fecha de la publicación del presente acto administrativo en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 3º. Por la Dirección de Planeamiento, procédase a la publicación del presente acto administrativo en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el Boletín Público de la Prefectura Naval Argentina, a la impresión de UN (1) ejemplar patrón y a la actualización de la Ordenanza en el sitio web oficial de la Institución.

ARTÍCULO 4°. Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Guillermo José Giménez Perez - Marcelo Adrian del Giorgio - Alejandro Paulo Annichini

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en: https://www.argentina.gob.ar/prefecturanaval

e. 03/11/2025 N° 82837/25 v. 03/11/2025

Fecha de publicación 03/11/2025