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4 de Noviembre de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

La Disposición N° 3294/2025 establece que deberá incluirse un código QR de forma impresa en los envases secundarios de las especialidades medicinales de origen sintético o semisintético en todas sus condiciones de expendio, que permita el acceso inmediato a la información del prospecto a través de dispositivos móviles.

En virtud de lo expuesto, esta Administración Nacional informa que aquellos prospectos con disposición aprobatoria dictada en los últimos 24 meses contados a partir de la entrada en vigencia de la presente circular podrán generar su código QR sin necesidad de trámite adicional, a excepción de los que requieran o tengan en curso una modificación en los ítems de seguridad en el marco de la Disposición N° 3855/98.

La presente entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación.

Comuníquese al Instituto Nacional de Medicamentos, a la Dirección de Investigación Clínica y Gestión del Registro de Medicamentos, a la Dirección de Gestión de Información Técnica y a la Dirección de Relaciones Institucionales y a las Cámaras de la industria farmacéutica CILFA, CAEME, COOPERALA, CAPGEN y CAPEMVEL y SAFyBI.

Nelida Agustina Bisio, Administradora Nacional.

e. 03/11/2025 N° 82582/25 v. 03/11/2025

Fecha de publicación 03/11/2025