AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS
Resolución 88/2025
RESOL-2025-88-E-ARCA-SDGOAM
Ciudad de Buenos Aires, 31/10/2025
VISTO el Expediente Electrónico EX-2025-02703482- -ARCA-SNDJDVCFO1#SDGOAM; y
CONSIDERANDO:
Que JB INTERNATIONAL SERVICE S.R.L. (CUIT 30-71093722-9), solicitó la habilitación de un depósito fiscal general, el cual cuenta con la aprobación del estudio de prefactibilidad mediante RESOL-2025-40-E-ARCA-SDGOAM, para realizar operaciones de importación y exportación en el predio ubicado en la calle Martín Fierro 980, Belén de Escobar, Provincia de Buenos Aires, con una superficie de DIECIOCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (18.774 m2).
Que cumplidas las etapas normativas de rigor, se dictó la RESOL-2025-86-E-ARCASDGOAM, habilitó como fiscal el predio en trato, en el que se ha deslizado un error material al consignar en su artículo 1° una superficie fiscal que no se correspondía con el plano layout (orden 162) y de la presentación efectuada por el permisionario a (orden 169), por lo que corresponde disponer su rectificación.
Que la presente se dicta de acuerdo con lo establecido en la Resolución General N° 4352 (AFIP) y modificatoria, la Disposición N° 249/16 (AFIP), artículo 1°, y la Disposición N° 6 – E/2018 de la Dirección General de Aduanas.
Por ello;
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCION GENERAL
DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS
RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Modifícase el artículo 1° de la RESOL-2025-86-E-ARCASDGOAM, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“ARTICULO 1°.- Habilítase como depósito fiscal general en favor de la firma JB INTERNATIONAL SERVICE S.R.L. (CUIT 30-71093722-9), el predio sito en la calle Martin Fierro 980 Belén de Escobar, Provincia de Buenos Aires, el que cuenta con una superficie de DIECIOCHO MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (18.774 m2), el cual se destinará a prestar servicios de almacenaje de mercadería para importación o exportación, bajo la denominación de cargas generales, por el plazo de DIEZ (10) años”.
ARTICULO 2º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y difúndase en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Remítase copia de la presente a la Subdirección General de Control Aduanero para su conocimiento. Luego pase a la Dirección Aduana de Buenos Aires para notificación al permisionario
Javier Jose Maria Ferrante
e. 04/11/2025 N° 83086/25 v. 04/11/2025
Fecha de publicación 04/11/2025