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5 de Noviembre de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición 1618/2025

DI-2025-1618-APN-DNRYRT#MCH

Ciudad de Buenos Aires, 07/07/2025

VISTO el Expediente N° EX-2024-35514968- -APN-DGD#MT, las Leyes Nros. 14.250 (t.o. 2004), 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o.2004), y el Decreto N° 200 de fecha 16 de febrero de 1988 y sus modificatorias, la Ley N° 19.549 y su Decreto Reglamentario N° 1759/72 (t.o. 2017), la Disposición DI-2024-159-APN-DNRYRT#MCH, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Disposición DI-2024-159-APN-DNRYRT#MCH de fecha 31 de octubre de 2024 se dio tratamiento a la homologación del acuerdo obrante en el documento N° RE-2024-35514851-APN-DGD#MT del Expediente N° EX-2024-35514968- -APNDGD#MT conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004)

Que en el Considerando Primero y Artículo Primero de la Disposición DI-2024-159-APN-DNRYRT#MCH se consignó erróneamente el nombre de la entidad sindical firmante del acuerdo de autos

Que en lugar de consignarse “Que en el documento N° RE-2024-35514851-APN-DGD#MT del Expediente N° EX-2024-35514968- -APNDGD#MT obra el acuerdo celebrado entre la FOETRA SINDICATO BUENOS AIRES, por la parte sindical, y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004)” debió consignarse : “Que en el documento N° RE-2024-35514851-APN-DGD#MT del Expediente N° EX-2024-35514968- -APNDGD#MT obra el acuerdo celebrado entre la FEDERACION DE ORGANIZACIONES DE LOS MANDOS MEDIOS DE LAS TELECOMUNICACIONES (FOMMTRA), por la parte sindical, y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004)”.

Que, asimismo, en lugar de consignarse: “ARTÍCULO 1º.- Declárese homologado el acuerdo obrante en el documento N° RE-2024-35514851-APNDGD#MT del Expediente N° EX-2024-35514968- -APN-DGD#MT celebrado entre la FOETRA SINDICATO BUENOS AIRES, por la parte sindical, y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004)”, debió consignarse: “ARTÍCULO 1º.- Declárese homologado el acuerdo obrante en el documento N° RE-2024-35514851-APNDGD#MT del Expediente N° EX-2024-35514968-APN-DGD#MT celebrado entre la FEDERACION DE ORGANIZACIONES DE LOS MANDOS MEDIOS DE LAS TELECOMUNICACIONES FOMMTRA, por la parte sindical, y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004)”.

Que con el fin de subsanar los precitados errores involuntarios y a fin de evitar futuras confusiones, corresponde emitir el presente acto administrativo, adecuando el texto oportunamente dictado a la rectificación mencionada.

Que a los fines expuestos se pone de relieve que la enmienda a efectuarse no altera en lo sustancial el acto administrativo oportunamente dictado, el que resulta plenamente válido.

Que la Asesoría Técnico Legal de esta DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO tomó la intervención que le compete.

Que por todo lo expuesto, corresponde dictar la presente disposición rectificando la homologación dictada en el sentido señalado, en los términos del Artículo 101 del Decreto N° 1759/72 (t.o. 2017), reglamentario de la Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N°14.250 y el Artículo 10 del Decreto N° 200/88 y sus modificatorias

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1º.- Rectifíquese el considerando Primero de la Disposición DI-2024-159-APN-DNRYRT#MCH de fecha 31 de octubre de 2024, donde dice: “Que en el documento N° RE-2024-35514851-APN-DGD#MT del Expediente N° EX-2024-35514968- -APNDGD#MT obra el acuerdo celebrado entre la FOETRA SINDICATO BUENOS AIRES, por la parte sindical, y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), debió consignarse : “Que en el documento N° RE-2024-35514851-APN-DGD#MT del Expediente N° EX-2024-35514968- -APNDGD#MT obra el acuerdo celebrado entre la FEDERACION DE ORGANIZACIONES DE LOS MANDOS MEDIOS DE LAS TELECOMUNICACIONES (FOMMTRA), por la parte sindical, y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, conforme a lo establecido en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004)”.

ARTICULO 2º.- Rectifíquese el Artículo Primero de la Disposición DI-2024-159-APN-DNRYRT#MCH de fecha 31 de octubre de 2024 donde dice: “ARTÍCULO 1º.- Declárese homologado el acuerdo obrante en el documento N° RE-2024-35514851-APNDGD#MT del Expediente N° EX-2024-35514968- -APN-DGD#MT celebrado entre la FOETRA SINDICATO BUENOS AIRES, por la parte sindical, y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004)”, debió consignarse: “ARTÍCULO 1º.- Declárese homologado el acuerdo obrante en el documento N° RE-2024-35514851-APNDGD#MT del Expediente N° EX-2024-35514968- -APN-DGD#MT celebrado entre la FEDERACION DE ORGANIZACIONES DE LOS MANDOS MEDIOS DE LAS TELECOMUNICACIONES (FOMMTRA), por la parte sindical, y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004)”.

ARTÍCULO 3°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental de Trabajo, Empleo y Seguridad Social dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL para su registro. Cumplido, pase a esta DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO a los fines del registro de la rectificación de la Disposición DI-2024-159-APN-DNRYRT#MCH de fecha 31 de octubre de 2024, conforme surge de los Artículos 1° y 2° de la presente Disposición.

ARTÍCULO 4°.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con la Disposición DI-2024-159-APN-DNRYRT#MCH de fecha 31 de octubre de 2024.

ARTÍCULO 5°.- Hágase saber que en el supuesto que la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO no efectúe la publicación de carácter gratuita de esta Disposición Rectificatoria, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Mara Agata Mentoro

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 05/11/2025 N° 78253/25 v. 05/11/2025

Fecha de publicación 05/11/2025