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7 de Noviembre de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

Resolución 271/2025

Ciudad de Buenos Aires, 03/11/2025

VISTO el Expediente Electrónico EX-2025-89670567-APN-DGDTEYSS#MCH, la Ley N° 26.727, el Decreto N° 1.759 de fecha 3 de abril de 1972 (t.o. 2017) y las Resoluciones de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO N° 15 de fecha 28 de febrero de 2023 y N° 227 de fecha 1° de octubre de 2025, y

CONSIDERANDO:

Que en el Expediente Electrónico citado en el Visto obra el tratamiento de la revisión de las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad del CÁÑAMO, en el ámbito de TODO EL PAÍS.

Que por la Resolución de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO Nº 227 de fecha 1° de octubre de 2025 se determinaron las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad mencionada.

Que, habiéndose advertido en la misma un error material involuntario en los Anexos I, II y lll de la citada Resolución, debe procederse a su rectificación.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el inciso i) artículo 89 de la Ley N° 26.727, por el artículo 101 del Decreto N° 1.759/1972 (t.o. 2017) y la Resolución de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO N° 15 de fecha 28 de febrero de 2023.

Por ello,

LA COMISIÓN NACIONAL DEL TRABAJO AGRARIO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Rectifícase el Anexo I de la Resolución de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO Nº 227 de fecha 1° de octubre de 2025, conforme se detalla en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°.- Rectifícase el Anexo II de la Resolución de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO Nº 227 de fecha 1° de octubre de 2025, conforme se detalla en el Anexo II que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°.- Rectifícase el Anexo IIl de la Resolución de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO Nº 227 de fecha 1° de octubre de 2025, conforme se detalla en el Anexo IIl que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.-

Fernando D. Martinez

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 07/11/2025 N° 84717/25 v. 07/11/2025

Fecha de publicación 07/11/2025