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12 de Noviembre de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN

Resolución Sintetizada 616/2025

SINTESIS: RESOL-2025-616-APN-SSN#MEC Fecha: 10/11/2025

Visto el EX-2025-116514309-APN-GA#SSN ...Y CONSIDERANDO... EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el artículo 25 de la Resolución SSN N° 38.052, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTÍCULO 25.- El Agente Institorio deberá exhibir el afiche definido en el Anexo IV de la presente Resolución. El afiche deberá tener un tamaño suficiente para garantizar su adecuada visibilidad y lectura por parte del público. En el afiche deberán figurar los planes de seguros cuya comercialización se encuentre autorizada, así como las aseguradoras respecto de las cuales el Agente Institorio haya recibido mandato. El detalle e identificación de los planes de seguros autorizados podrá reemplazarse mediante la inclusión de un Código de Respuesta Rápida (QR), que permita acceder a dicha información a través de cualquier dispositivo electrónico. Deberá informarse, como mínimo, que el Agente Institorio cuenta con autorización para celebrar contratos de seguros, pactar modificaciones o prórrogas, y recibir notificaciones. Asimismo, deberá consignarse expresamente si posee o no autorización para la cobranza de premios. El Responsable o Gerente de Seguros del Agente Institorio, así como el Responsable de Atención al Cliente Asegurado, deberán estar identificados en el afiche con sus nombres y apellidos completos.

El afiche deberá incluir el nombre y logotipo de la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN, e informar como canal de comunicación la dirección web oficial: www.argentina.gob.ar/ssn.”.

ARTÍCULO 2°.- Sustitúyase el afiche definido en el Anexo IV de la Resolución SSN N° 38.052 por el obrante en el Anexo I (IF-2025-122745724-APN-GAYR#SSN), que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°.- Lo dispuesto en la presente Resolución será exigible a los sesenta (60) días contados a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Fdo. Guillermo PLATE – Superintendente de Seguros de la Nación.

NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser consultada en https://kronos.ssn.gob.ar/ o personalmente en Avda. Julio A. Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.

Rosario Leiras, Analista, Gerencia Administrativa.

e. 12/11/2025 N° 85855/25 v. 12/11/2025

Fecha de publicación 12/11/2025