MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
Resolución 235/2025
RESOL-2025-235-APN-SAGYP#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 20/11/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-99613400- -APN-DGDAGYP#MEC, el Memorándum de Entendimiento como resultado de la RONDA URUGUAY de las negociaciones de acceso a los mercados sobre agricultura entre los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y la REPÚBLICA ARGENTINA, firmado en la Ciudad de Ginebra (CONFEDERACIÓN SUIZA) el 9 de agosto de 1995 dentro del marco del ACUERDO GENERAL SOBRE TARIFAS Y COMERCIO (GATT), las Resoluciones Nros. 17 de fecha 23 de agosto de 2018 de la ex - SECRETARÍA DE MERCADOS AGROINDUSTRIALES del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y sus modificatorias, 6 de fecha 9 de enero de 2023 de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y 200 de fecha 8 de octubre de 2025 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, y
CONSIDERANDO:
Que en virtud del Memorándum de Entendimiento como resultado de la RONDA URUGUAY, firmado en la Ciudad de Ginebra (CONFEDERACIÓN SUIZA) el 9 de agosto de 1995, los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA asignaron a la REPÚBLICA ARGENTINA un cupo tarifario anual de tabaco de DIEZ MIL SETECIENTAS CINCUENTA TONELADAS (10.750 t).
Que mediante la Resolución N° 17 de fecha 23 de agosto de 2018 de la ex - SECRETARÍA DE MERCADOS AGROINDUSTRIALES del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y sus modificatorias, se estableció el procedimiento para la inscripción en el REGISTRO DE EXPORTADORES DE TABACO para aquellas empresas interesadas en la exportación de tabaco con destino a los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
Que por el Artículo 1° de la Resolución N° 6 de fecha 9 de enero de 2023 de la ex - SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA se prorrogó la vigencia del régimen instituido para la cuota de tabaco con ESTADOS UNIDOS DE AMÉRCA hasta el 12 de septiembre de 2026.
Que mediante la Resolución N° 200 de fecha 8 de octubre de 2025 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA se aprobó el listado de postulantes habilitados para acceder al cupo tarifario anual de tabaco con destino a los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA para el ciclo comercial comprendido entre el 13 de septiembre de 2025 y el 12 de septiembre de 2026.
Que a posteriori la firma ALLIANCE ONE TOBACCO ARGENTINA S.A. (C.U.I.T. N° 30-56243143-4) ha efectuado su presentación para la reinscripción al respectivo registro.
Que al momento de la presentación efectuada, el período de inscripciones ya había finalizado.
Que la firma ALLIANCE ONE TOBACCO ARGENTINA S.A. (C.U.I.T. N°: 30-56243143-4) ha solicitado una autorización excepcional para su reinscripción al ciclo 2025/2026.
Que se ha acreditado que la firma ALLIANCE ONE TOBACCO ARGENTINA S.A. (C.U.I.T. N°: 30-56243143-4) ha participado de manera ininterrumpida del contingente arancelario de tabaco a los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.
Que la firma ALLIANCE ONE TOBACCO ARGENTINA S.A (C.U.I.T. N° 30-56243143-4) cuenta con una trayectoria exportadora probada en el comercio exterior de tabaco.
Que la reglamentación argentina aplicable al referido contingente no comporta una asignación de cuota parte por postulante. Por ende, no existe plena afectación de las toneladas de los demás integrantes del cupo.
Que el único efecto jurídico del registro de exportadores de tabaco es dar plena seguridad a la contraparte comercial de que el tabaco exportado dentro del contingente es originario de la REPÚBLICA ARGENTINA y, por ende, cuenta con una preferencia arancelaria producto de las negociaciones de acceso a mercados citadas en el Visto.
Que dicho contingente es considerado “no crítico” ya que en el último ciclo comercial sólo se ha utilizado un OCHO POR CIENTO (8%) del total disponible.
Que, en virtud de sus competencias, es deber de la Autoridad de Aplicación asegurar la mayor utilización posible de los contingentes arancelarios agroindustriales que debe tutelar.
Que, no obstante, las demás empresas participantes del contingente han prestado expresa conformidad para la incorporación de la firma ALLIANCE ONE TOBACCO ARGENTINA S.A. (C.U.I.T. N° 30-56243143-4) al ciclo 2025/2026.
Que las operaciones por fuera del contingente arancelario de tabaco con destino, el mercado estadounidense tiene un arancel del TRESCIENTOS CINCUENTA POR CIENTO (350%) ad valorem más un adicional del DIEZ POR CIENTO (10%) ad valorem; tal prelievo torna prohibitivo el comercio extra cuota.
Que en atención a ello, resulta razonable incorporar a la firma ALLIANCE ONE TOBACCO ARGENTINA S.A. (C.U.I.T. N° 30-56243143-4) al registro de participantes del cupo tarifario anual de tabaco con destino a los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA y sustituir el Artículo 1° de la precitada Resolución N° 200/25.
Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente.
Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en virtud de lo dispuesto por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Sustituyese el Artículo 1° de la Resolución 200 de fecha 8 de octubre de 2025 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA por el siguiente texto:
“ARTÍCULO 1º.- Apruébase el listado de postulantes habilitados para acceder al cupo tarifario anual de tabaco con destino a los ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA para el ciclo comercial comprendido entre el 13 de septiembre de 2025 y el 12 de septiembre de 2026, conforme surge del Anexo (IF-2025-128275279-APN-SSMAEII#MEC), que forma parte integrante de la presente medida.”
ARTÍCULO 2º.- La presente medida comenzará a regir a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Sergio Iraeta
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 25/11/2025 N° 88778/25 v. 25/11/2025
Fecha de publicación 25/11/2025