MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL
Resolución 1341/2025
RESOL-2025-1341-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 26/11/2025
VISTO el Expediente EX-2025-99674755--APN-DNIDF#MSG, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, el Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa Nº 340 del 16 de mayo de 2024 sus modificatorias y complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que conforme la Ley de Ministerios N° 22.520 y sus modificatorias, compete al MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo concerniente a la seguridad interior, a la preservación de la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías en un marco de plena vigencia de las instituciones del sistema democrático y en particular, entre otras; dirigir el esfuerzo Nacional de Policía, a fin de planificar y coordinar las acciones individuales y de conjunto de las Fuerzas de Seguridad y Policiales, así como atender a todo lo que a ellas concierne en cuanto a su preparación, doctrina y equipamiento; entender en la organización, doctrina, despliegue, equipamiento y esfuerzos operativos de las Fuerzas de Seguridad y de las Fuerzas Policiales; entender en la determinación de la política criminal y en la elaboración de planes y programas para su aplicación, y también como para la prevención del delito (v. art 22 bis).
Que el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios aprobó el Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL centralizada hasta nivel de Subsecretaría.
Que, entre los objetivos de la SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL, dependiente de la SECRETARÍA DE LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO Y LA CRIMINALIDAD ORGANIZADA del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, se encuentra el de ejercer las funciones de policía científica, y efectuar los estudios técnicos y científicos, análisis especiales y peritajes que les sean requeridos en procesos judiciales.
Que mediante la Decisión Administrativa N° 340/24 sus modificatorias y complementarias se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, por lo que queda sujeta bajo la órbita de la mentada Subsecretaría la DIRECCIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIONES DE DELITOS FEDERALES que tiene como acción primaria la de asistir a las áreas con competencia del Ministerio, Poderes Judiciales y Ministerios Públicos Fiscales, en todo lo que hace al conocimiento científico pericial, y propiciar la actualización y la elaboración de los protocolos que establecen los lineamientos seguidos por el personal de las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales dependientes del Ministerio, en lo referente a la labor científico pericial.
Que, en ese marco, resulta necesario impulsar el desarrollo y fortalecimiento de técnicas periciales avanzadas que coadyuven al cumplimiento de los objetivos asignados a la DIRECCIÓN NACIONAL DE INVESTIGACIONES DE DELITOS FEDERALES al incorporar metodologías científicas que aseguren mayores estándares de precisión, objetividad y confiabilidad en las tareas de investigación y que permitan brindar a las autoridades judiciales y fiscales herramientas probatorias de calidad y validez técnica.
Que la odorología forense constituye una herramienta científica especializada para la identificación humana a través de la detección y comparación de compuestos orgánicos volátiles presentes en objetos, estructuras, personas o cadáveres mediante el empleo de canes adiestrados y operadores cinotécnicos capacitados.
Que, en los últimos años, el desarrollo de esta técnica ha demostrado su eficacia en el marco de investigaciones criminales complejas al haber sido incorporada progresivamente en las prácticas forenses de diversas fuerzas policiales nacionales e internacionales.
Que, en virtud del avance científico-técnico de esta disciplina, resulta indispensable establecer un protocolo unificado que regule y estandarice los procedimientos relacionados con la recolección, preservación, análisis y comparación de huellas odoríferas en el marco de investigaciones judiciales.
Que dicho protocolo ha sido elaborado con la participación de especialistas en odorología forense y técnicos de las distintas Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales, a fin de armonizar las prácticas operativas con criterios científicos, técnicos y jurídicos compatibles con los estándares internacionales.
Que la implementación de este protocolo permitirá fortalecer la producción de prueba pericial odorológica en términos de confiabilidad y trazabilidad.
Que la presente medida no implica erogación presupuestaria alguna al Estado nacional.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 4°, inc. b), apartado 9° y 22 bis de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (t.o.1992) y sus modificatorios.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD NACIONAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el “PROTOCOLO UNIFICADO DE ACTUACIÓN PARA LA RECOLECCIÓN Y COMPARACIÓN DE RASTROS ODORÍFEROS” que, como ANEXO I (IF-2025-128018959-APN-SLCNYCO#MSG), forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Instrúyase al Jefe de la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, al Jefe de la GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA, al Prefecto Nacional Naval de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, al Director Nacional de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA y al Director Nacional del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL a adecuar las normas internas de cada una de las Instituciones Policiales y de Seguridad Federales de conformidad a lo dispuesto por el artículo precedente.
ARTÍCULO 3°.- Invítase, por intermedio del CONSEJO DE SEGURIDAD INTERIOR, a las jurisdicciones provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES a adherir a los alcances establecidos por la presente Resolución.
ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Patricia Bullrich
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 27/11/2025 N° 89779/25 v. 27/11/2025
Fecha de publicación 27/11/2025