JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Resolución 159/2025
RESOL-2025-159-APN-JGM
Ciudad de Buenos Aires, 27/11/2025
VISTO el Expediente Nº EX-2025-118714556- -APN-CMEYGD#SCYM, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438 de fecha 12 de marzo de 1992) y sus modificatorios, la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias, la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional Nº 27.701, los Decretos N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, Nº 88 de fecha 26 de diciembre de 2023, N° 958 de fecha 25 de octubre de 2024, N° 1131 de fecha 30 de diciembre de 2024, N° 1148 de fecha 30 de diciembre de 2024 y N° 121 de fecha 24 de febrero de 2025, la Decisión Administrativa Nº 3 del 15 de enero de 2025, las Resoluciones N° 1282 de fecha 14 de mayo de 2025, Nº 1266 de fecha 12 de mayo de 2025, N° 1288 de fecha 14 de mayo de 2025, N° 1430 de fecha 12 de junio de 2025, N° 1316 de fecha 20 de mayo de 2025, N° 1084 de fecha 18 de marzo de 2025, N° 1283 de fecha 14 de mayo de 2025, N° 1127 de fecha 11 de abril de 2025, N° 1149 de fecha 24 de abril de 2025, N° 1196 de fecha 5 de mayo de 2025, N° 1251 de fecha 9 de mayo de 2025, N° 1098 de fecha 8 de abril de 2025 de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y MEDIOS entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la Resolución N° 53 de fecha 27 de mayo de 2021 de la entonces SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y su modificatoria, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 1131 de fecha 30 de diciembre de 2024 se dispuso que a partir del 1º de enero de 2025 regirán las disposiciones de la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional Nº 27.701 en los términos del Decreto Nº 88 de fecha 26 de diciembre de 2023, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias.
Que mediante la Decisión Administrativa N° 3 de fecha 15 de enero de 2025 se distribuyeron los recursos y los créditos presupuestarios para dar inicio a la ejecución del Ejercicio Fiscal 2025.
Que por el Decreto Nº 989 de fecha 5 de noviembre de 2024 se sustituyó el artículo 9º del Título III de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/1992) y se dispuso que las tareas necesarias para posibilitar la actividad del Presidente de la Nación serán atendidas, entre otras, por la entonces SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y MEDIOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que por el Decreto Nº 121 de fecha 24 de febrero de 2025 se sustituyó el Anexo I - Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-, aprobado por el artículo 1º del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, el Apartado IV TER, correspondiente a la entonces SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y MEDIOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que mediante el decreto mencionado en el párrafo precedente se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la entonces SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y MEDIOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, como así también se derogaron, incorporaron, homologaron y reasignaron los cargos de la misma en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008.
Que mediante el Decreto N° 793 de fecha 10 de noviembre de 2025, modificatorio del Decreto N° 50/2019, se asignaron las competencias de la entonces SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y MEDIOS dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN a la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que conforme constancias obrantes en el expediente de la referencia, la SUBSECRETARÍA DE PRENSA, la SUBSECRETARÍA DE VOCERÍA Y COMUNICACIÓN DE MEDIOS y la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, todas de la entonces SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y MEDIOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, solicitaron las respectivas prórrogas de las designaciones transitorias de los cargos mencionados en el Anexo IF-2025-127786771-APN-DGRRHH#SCYM, que forma parte integrante de la presente resolución.
Que la Resolución N° 53 de fecha 27 de mayo de 2021 de la entonces SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y su modificatoria estableció que el expediente por el que tramita la prórroga de designaciones transitorias deberá contener la certificación del CUIL/CUIT registrado en la Base Integrada de Información de Empleo Público y Salarios en el Sector Público Nacional (BIEP) o cualquier otro sistema de registro existente en la actual DIRECCIÓN NACIONAL DE SISTEMAS Y ESTADÍSTICAS DE EMPLEO PÚBLICO Y POLÍTICA SALARIAL dependiente de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO Y MODERNIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO.
Que, en consecuencia, la referida DIRECCIÓN NACIONAL DE SISTEMAS Y ESTADÍSTICAS DE EMPLEO PÚBLICO Y POLÍTICA SALARIAL tomó la intervención requerida por la Resolución N° 53/21 de la entonces SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO y su modificatoria, y en el marco de la excepción prevista en el inciso c) del artículo 2° del Decreto N° 1148/24 mediante el Informe N° IF-2025-126253817-APN-DNSYEEPYPS#MDYTE de fecha 13 de noviembre de 2025, en el cual indicó que el CUIL de los agentes involucrados se encuentran registrado en la Base Integrada de Información de Empleo Público y Salarios en el Sector Público Nacional (BIEP).
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL dependiente de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTDO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, tomó la intervención de su competencia y certificó la existencia de los cargos objeto de la presente medida.
Que por el Decreto N° 958 de fecha 25 de octubre de 2024 se estableció que corresponde al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, a los Ministros, a los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al Procurador del TESORO DE LA NACIÓN y (a los entonces Vicejefes de Gabinete de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS), en sus respectivos ámbitos, efectuar y/o prorrogar las designaciones transitorias de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas vigentes, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, incluyendo las que correspondan a los organismos descentralizados que funcionen en su órbita.
Que el inciso c) del artículo 2° del Decreto N° 1148 de fecha 30 de diciembre de 2024, prevé las excepciones a la prohibición de efectuar nuevas contrataciones de personal de cualquier naturaleza incluyéndose como una de tales excepciones a las prórrogas de designaciones transitorias.
Que cada una de las prórrogas de las designaciones transitorias que se dispongan no podrán exceder el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días.
Que no habiéndose efectuado la correspondiente convocatoria al proceso de selección y siendo que los funcionarios continúan prestando servicios, razones operativas hacen necesario prorrogar las designaciones transitorias de los agentes de que se tratan.
Que la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y FINANZAS de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la entonces SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y MEDIOS dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, actualmente bajo la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS certificó la existencia de crédito presupuestario para afrontar el gasto de la presente medida.
Que la DIRECCIÓN DE DICTÁMENES DE ASUNTOS NORMATIVOS, RECLAMOS Y RECURSOS ADMINISTRATIVOS dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 2º del Decreto Nº 958/2024.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Prorróganse las designaciones transitorias efectuadas mediante las Resoluciones Nº 1282 de fecha 14 de mayo de 2025, a partir del 29 de noviembre de 2025, Nº 1266 de fecha 12 de mayo de 2025, a partir del 30 de diciembre de 2025, Nº 1288 de fecha 14 de mayo de 2025, a partir del 29 de noviembre de 2025, N° 1430 de fecha 12 de junio de 2025, a partir del 30 de diciembre de 2025, N° 1316 de fecha 20 de mayo de 2025, a partir del 30 de diciembre de 2025, Nº 1084 de fecha 18 de marzo de 2025, a partir del 4 de diciembre de 2025, N° 1283 de fecha 14 de mayo de 2025, a partir del 29 de noviembre de 2025, N° 1127 de fecha 11 de abril de 2025, a partir del 5 de noviembre de 2025, N° 1149 de fecha 24 de abril de 2025, a partir del 26 de noviembre de 2025, N° 1196 de fecha 5 de mayo de 2025, a partir del 29 de noviembre de 2025, N° 1251 de fecha 9 de mayo de 2025, a partir del 2 de diciembre de 2025 y N° 1098 de fecha 8 de abril de 2025, a partir del 26 de noviembre de 2025, todas ellas de la entonces SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y MEDIOS de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, del personal nominado en el Anexo Nº IF-2025-127786771-APN-DGRRHH#SCYM, que forma parte integrante de la presente medida, de acuerdo al detalle obrante en el mismo, autorizándose los correspondientes pagos de las Funciones Ejecutivas del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Título II Capítulo III del Convenio citado precedentemente, en los casos que corresponda.
ARTÍCULO 2º. - Los cargos involucrados deberán ser cubiertos de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en el Título II Capítulos III, IV y VIII y el Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/2008 sus modificatorios y complementarios, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 20 – 17 SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y MEDIOS entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, actualmente bajo la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 4º.- Notifíquese a los interesados y comuníquese la presente medida a la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, en el término de CINCO (5) días de su dictado, conforme lo dispuesto por el artículo 4º del Decreto Nº 958/2024 y por el artículo 3º de la Resolución N° 20/2024 de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Manuel Adorni
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 01/12/2025 N° 90417/25 v. 01/12/2025
Fecha de publicación 01/12/2025