MINISTERIO DE SALUD
Resolución 3041/2025
RESOL-2025-3041-APN-MS
Ciudad de Buenos Aires, 03/12/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-16970861-APN-HNYCDRC#MS del registro del HOSPITAL NACIONAL Y COMUNIDAD “DR. RAMON CARRILLO”, la Decisión Administrativa N° DECAD-2022-268-APN-JGM, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y complementarios, 357 de fecha 13 de Julio de 2023, 958 del 25 de octubre de 2024, 1058 de fecha 28 de Noviembre de 2024 y 459 del 07 de julio de 2025; y la Resolución N° RESOL-2024-292- APN-HNYCDRC#MS, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nro.1058/2024 se sustituyó el Organigrama de aplicación de la Administración Nacional Centralizada hasta nivel de Sub-Secretaría del Ministerio de Salud.
Que mediante el artículo 2° del Decreto N° 958/2024 se facultó al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, a los Ministros, a los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al Procurador del Tesoro de la Nación y a los Vicejefes de Gabinete de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en sus respectivos ámbitos, a efectuar y/o prorrogar las designaciones transitorias de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas vigentes, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, incluyendo las que correspondan a los organismos descentralizados que funcionen en su órbita.
Que por la Decisión Administrativa N° 268/2022 se dio por designado con carácter transitorio, a partir del 8 de noviembre de 2021 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, al licenciado Ernesto Agustín KOOP (D.N.I. N° 29.865.509) en el cargo de Director de Coordinación Asistencial de la entonces denominada COLONIA NACIONAL “DR. MANUEL A. MONTES DE OCA”, que se encontraba como organismo descentralizado en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS E INSTITUTOS de la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD del MINISTERIO DE SALUD, cuya denominación fue modificada por conducto del Decreto Nro. 357/2023 por el de HOSPITAL NACIONAL Y COMUNIDAD “DR. RAMON CARRILLO” que se encontraba por conducto del dictado del decreto 1058/2024 en la órbita de la SUB-SECRETARÍA DE INSTITUTOS Y FISCALIZACIÓN dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN SANITARIA;
Que por Resolución N° RESOL-2024-292-APN-HNYCDRC#MS obrante a orden 6, se dio por prorrogada, a partir del 1° de mayo de 2024, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la designación transitoria efectuada por conducto de la Decisión Administrativa N° 268 del 10 de marzo de 2022, del Lic. ERNESTO AGUSTIN KOOP, DNI 29.865.509, en el cargo de Director de Coordinación Asistencial del HOSPITAL NACIONAL Y COMUNIDAD “DR. RAMON CARRILLO”.
Que el art. 3° del Decreto 459/2025 dispuso la fusión de los organismos descentralizados HOSPITAL NACIONAL “DOCTOR BALDOMERO SOMMER”, HOSPITAL NACIONAL “PROFESOR ALEJANDRO POSADAS”, HOSPITAL NACIONAL Y COMUNIDAD “DR. RAMÓN CARRILLO”, INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA DEL SUR “DOCTOR JUAN OTIMIO TESONE” (INAREPS) y HOSPITAL NACIONAL EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES “LICENCIADA LAURA BONAPARTE”, todos ellos actuantes en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE INSTITUTOS Y FISCALIZACIÓN de la SECRETARÍA DE GESTIÓN SANITARIA del MINISTERIO DE SALUD, constituyendo la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD (ANES).
Que el art. 4° del Decreto 459/2025 establece que la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD (ANES) actuará como organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE SALUD y asumirá las facultades, compromisos y obligaciones de los organismos fusionados por el artículo 3° del presente decreto, los que continuarán funcionando con la misma denominación como establecimientos hospitalarios dentro de la estructura de la citada Administración.
Que el art. 12 del Decreto 459/2025 establece que, hasta tanto se perfeccionen las modificaciones presupuestarias y demás tareas que permitan la plena operatividad de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD (ANES), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, los Servicios Administrativos Financieros, los servicios jurídicos permanentes y de Control Interno de los organismos fusionados por el artículo 3° del presente decreto prestarán los servicios relativos a la ejecución presupuestaria, contable, financiera, de compras, de recursos humanos, en materia jurídica y de control interno.
Que el art. 13 del Decreto 459/2025 establece que los organismos alcanzados por las previsiones de los artículos 2° y 3° del Decreto 459/2025 mantendrán el personal con sus cargos y situación de revista y las unidades organizativas vigentes hasta tanto se adecuen la conformación y estructuras organizativas del MINISTERIO DE SALUD y se apruebe la estructura organizativa de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD (ANES), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, y se dicte la normativa correspondiente.
Que por la Decisión Administrativa N° 762/19 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la entonces denominada COLONIA NACIONAL “DR. MANUEL A. MONTES DE OCA”, hoy HOSPITAL NACIONAL Y COMUNIDAD “DR. RAMON CARRILLO”, establecimiento hospitalario dentro de la estructura de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD (ANES) (cfr. art. 4° del Decreto 459/2025)
Que, la Coordinación de Recursos Humanos del HOSPITAL NACIONAL Y COMUNIDAD “RAMON CARRILLO” en el Informe N° IF-2025-20134808-APN HNYCDRC#MS informa que la designación transitoria con función ejecutiva del Director de Coordinación Asistencial del Organismo, Lic. Ernesto Agustín Koop DNI N° 29.865.509, venció el 20 de enero del corriente año.
Que, no habiendo operado la cobertura del mencionado cargo en forma definitiva y manteniéndose vigentes las razones que dieron lugar al dictado de la Decisión Administrativa N° 268/2022, la máxima autoridad del HOSPITAL NACIONAL Y COMUNIDAD “DR. RAMON CARRILLO”, solicita la prórroga de la designación del mencionado agente.
Que, la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL y la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN DE INFORMACIÓN Y POLÍTICA SALARIAL, ambas dependientes de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA, dependientes del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, han tomado la intervención de su competencia.
Que, la DIRECCIÓN TÉCNICA ADMINISTRATIVA del HOSPITAL NACIONAL Y COMUNIDAD “RAMON CARRILLO” informó sobre la existencia de crédito disponible para afrontar el gasto que demande la presente medida.
Que el Departamento de Asuntos Jurídicos del organismo de origen y la Dirección General de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2° del Decreto N° 958/2024.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dáse por prorrogada, a partir del 20 de Enero de 2025, y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles a partir del dictado de la presente, la designación transitoria efectuada por conducto de la Decisión Administrativa 268 del 10 de marzo de 2022, del Lic. ERNESTO AGUSTIN KOOP, DNI 29.865.509, en el cargo de Director de Coordinación Asistencial del HOSPITAL NACIONAL Y COMUNIDAD “DR. RAMON CARRILLO”, establecimiento hospitalario dentro de la estructura de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD (ANES), Categoría Profesional Principal, Grado inicial del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por el Decreto N°1133/09.
ARTÍCULO 2º.-El cargo involucrado en el artículo 1º de la presente, deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos III, Capítulo I, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por el Decreto Nº 1133/09 dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del dictado de la presente medida.
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas asignadas a la Jurisdicción 80- MINISTERIO DE SALUD, Entidad 909 – HOSPITAL NACIONAL Y COMUNIDAD “DR. RAMON CARRILLO¨.
ARTÍCULO 4°. - Comuníquese y notifíquese a la Dirección Nacional de Sistemas y Estadísticas de Empleo Público y Política Salarial, ambas dependientes de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública, dentro de los CINCO (5) días del dictado de la presente medida.
ARTÍCULO 5°. - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Mario Iván Lugones
e. 05/12/2025 N° 92309/25 v. 05/12/2025
Fecha de publicación 05/12/2025