MINISTERIO DE SALUD
Resolución 3086/2025
RESOL-2025-3086-APN-MS
Ciudad de Buenos Aires, 05/12/2025
VISTO el Expediente N° EX-2024-48266613-APN-DRRHH#ANMAT, los Decretos N°. 1133 del 25 de agosto de 2009 y sus modificatorios, 958 del 25 de octubre de 2024 y la Decision Administrativa N° DA-2022-869-APN-JGM del 7 de septiembre de 2022 prorrogada por DI-2024-8239-APNANMAT#MS del 13 de septiembre2024, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 2° del Decreto N° 958/2024 se facultó al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, a los Ministros, a los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al Procurador del Tesoro de la Nación y a los Vicejefes de Gabinete de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en sus respectivos ámbitos, a efectuar y/o prorrogar las designaciones transitorias de personal en cargos de planta permanente extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas vigentes, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, incluyendo las que correspondan a los organismos descentralizados que funcionen en su órbita.
Que por la Decisión Administrativa N°869/2022 se designó, con carácter transitorio y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, en el cargo de Directora de Fiscalización y Control del INSTITUTO NACIONAL DE ALIMENTOS de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DEMEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), organismo descentralizadoactuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, a la licenciada Silvana Marisa RUARTE (D.N.I. Nº 17.109.390) y prorrogada por DI-2024-8239-APN-ANMAT#MS del 13 de septiembre de 2024.
Que por la Decisión Administrativa N° 761 del 6 de septiembre de 2019 se aprobó el Organigrama de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD. Que no habiendo operado la cobertura del mencionado cargo en forma definitiva y manteniéndose vigentes las razones que dieron lugar al dictado de la Decisión Administrativa N° 869/2022, la Administradora Nacional de la ADMINISTRACION NACIONAL de MEDICAMENTOS, ALIMENTOS y TECNOLOGIA MEDICA, solicita la prórroga de la designación de la mencionada agente, en los mismos términos del nombramiento original y la prorroga efectuada por la Disposicion DI-2024-8239-APN-ANMAT#MS.
Que la Dirección General de Administración de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), informó que se cuenta con crédito suficiente en el presente ejercicio para hacer frente al gasto que supone la presente medida conforme surge del documento IF-2025- 10605281-APN- DGA#ANMAT. Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO de SALUD ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2° del Decreto N° 958 del 25 de octubre de 2024.
Por ello,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dase por prorrogada a partir del 29 de febrero de 2024 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado de la presente medida, la designación transitoria efectuada por conducto de la Decisión Administrativa N° 869/2022, de la licenciada Silvana Marisa RUARTE DNI N° 17.109.390, en el cargo de Directora de Fiscalización y Control del INSTITUTO NACIONAL DE ALIMENTOS DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, categoría Profesional Superior, Grado inicial del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del Ministerio de Salud, homologado por el Decreto N° 1133/09, en las mismas condiciones de su nombramiento original prorrogado por DI-2024-8239-APN-ANMAT#MS.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1º de la presente resolución deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes, según lo establecido, respectivamente, en el artículo 26, Título II, Capítulo II y en el artículo 37, Título III, Capítulo I y Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por el Decreto Nº 1133/09, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del dictado de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese dentro del plazo de CINCO (5) días a la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL y a la DIRECCIÓN NACIONAL DE SISTEMAS Y ESTADÍSTICAS DE EMPLEO PÚBLICO Y POLÍTICA SALARIAL, ambas dependientes de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO.
ARTÍCULO 4°. - El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas presupuestarias específicas del presupuesto de la jurisdicción 80-MINISTERIO DE SALUD- ENTIDAD 904- ADMINISITRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA- ANMAT.
ARTÍCULO 5°. - Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Mario Iván Lugones
e. 09/12/2025 N° 92860/25 v. 09/12/2025
Fecha de publicación 09/12/2025