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19 de Diciembre de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

Resolución 2666/2025

RESFC-2025-2666-APN-DI#INAES

Ciudad de Buenos Aires, 15/12/2025

VISTO, el EX-2025-11842335- -APN-PI#INAES y la RESFC-2025-218-APN-DI#INAES, y

CONSIDERANDO:

Que la RESFC-2025-218-APN-DI#INAES dispuso suspender la ejecutoriedad de la RESFC-2020-581-APN-DI#INAES que dejaba sin efecto la Resolución N.º 1510/94 del INAC por el término de hasta CIENTO VEINTE (120) días y encomendar a la Presidencia del Directorio que arbitrara los medios idóneos para efectuar las consultas técnicas y acciones necesarias ante la Secretaría de Trabajo de la Nación tendientes a resolver la problemática planteada por la aplicación del acto administrativo suspendido.

Que, posteriormente, mediante la RESFC-2025-1551-APN-DI#INAES se decidió prorrogar la suspensión de la ejecutoriedad de la citada RESFC-2020-581-APN-DI#INAES por hasta CIENTO VEINTE (120) días más, contados a partir del vencimiento del término establecido por este último acto administrativo, toda vez que no se había concluido con las consultas y debates necesarios para zanjar definitivamente la problemática planteada.

Que en la actualidad y toda vez que no ha podido aún arribarse a un resultado claro y definitivo a partir de las actividades efectuadas ante la Secretaría de Trabajo de la Nación, se impone considerar la factibilidad de prorrogar nuevamente la suspensión oportunamente acordada.

Que, tal como ya se ha afirmado anteriormente, los actos administrativos de los que tratan estas actuaciones están íntimamente vinculados con la misión principal de este Organismo, que es la de velar por la promoción y el desarrollo del sector.

Que, en efecto, el hecho de evitar la posible realización de actividades fraudulentas que desnaturalizan la figura cooperativa asegura un movimiento cooperativo de trabajo ajustado a derecho, condición insoslayable para su crecimiento y posicionamiento como actor económico de importancia.

Que, en atención a lo expuesto precedentemente y al rol trascendental que el cooperativismo de trabajo reviste para toda la comunidad como instrumento para el efectivo ejercicio de los derechos constitucionales de trabajar y de ejercer toda industria lícita, corresponde garantizar el cumplimiento de todos los procedimientos necesarios para adoptar las mejores soluciones respecto de la vigencia de la normativa que lo regula.

Que, asimismo, cabe destacar que, a la fecha del presente, este Instituto se encuentra abocado a un proceso de revisión y armonización integral de la normativa reglamentaria por él dictada, por lo que la nueva prórroga de la suspensión de la ejecutoriedad del acto administrativo tendrá un impacto positivo para la realización eficaz de estas actividades, al permitir la realización de todos los trámites necesarios para obtener un panorama claro respecto de la vigencia de las disposiciones de aplicación a las solicitudes de autorización para funcionar que involucren a cooperativas de trabajo.

Que el Servicio Jurídico Permanente ha tomado la intervención que es materia de su competencia.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por las Ley N.º 20.337 y los Decretos Nros 420/96, 721/00 sus modificatorios y complementarios,

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1.º.- Prorrógase la suspensión de la ejecutoriedad de la RESFC-2020-581-APN-DI#INAES dispuesta por el artículo 1.º de la RESFC-2025-1551-APN-DI#INAES por el término de hasta CIENTO VEINTE (120) días contados a partir del vencimiento del término establecido por este último acto administrativo.

ARTÍCULO 2.º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y, oportunamente, archívese.

Sergio Pablo Cha - Eduardo Hector Fontenla - Elbio Nestor Laucirica - Ramiro Emiliano Martinez - Norberto Pedro Zarate - Marcelo Oscar Collomb

e. 18/12/2025 N° 95706/25 v. 18/12/2025

Fecha de publicación 18/12/2025