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18 de Septiembre de 2020

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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 507/2025

RESOL-2025-507-APN-SE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 16/12/2025

VISTO el Expediente N° EX-2025-88445399- -APN-SCEYM#MEC, las Resoluciones Nros. 1.074 de fecha 20 de octubre de 2024 y sus modificatorias y 302 de fecha 20 de marzo de 2025, ambas del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa VMOS S.A. (CUIT N° 30-71871335-4) solicitó, oportunamente, la adhesión al RIGI para la ejecución del “Proyecto de Exportación Estratégica de Largo Plazo” (PEELP), denominado “Vaca Muerta Oleoducto Sur” o “Proyecto VMOS”.

Que, con sustento en las conclusiones vertidas por las dependencias con competencia técnica en la materia, mediante la Resolución N° 302 de fecha 20 de marzo de 2025 del MINISTERIO DE ECONOMÍA, se aprobó la solicitud de adhesión al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), como Proyecto de Exportación Estratégica de Largo Plazo enmarcado en el Sector “Petróleo y Gas”, y el plan de inversión, ambos presentados por la empresa VMOS S.A. titular del Vehículo de Proyecto Único (VPU) denominado “Vaca Muerta Oleoducto Sur” o Proyecto VMOS por una capacidad “base de 377.400 barriles/día”, a desarrollarse en la Provincia de RÍO NEGRO.

Que, en tal sentido, por el Artículo 5° de la citada resolución, se aprobó el listado de mercaderías y servicios que el VPU podrá importar bajo la franquicia del citado Artículo 190 de la Ley N° 27.742 (RE-2025-09973123-APN-DTD#JGM).

Que con fecha 4 de noviembre de 2025, VMOS S.A. presentó el listado de mercaderías y/o servicios susceptibles de ser importados en el marco del referido beneficio arancelario (RE-2025-122688487-DTD#JGM), en reemplazo del oportunamente aprobado.

Que a través de la Nota Nº NO-2025-125756504-APN-DNTEI#MEC de fecha 12 de noviembre de 2025, la Dirección Nacional de Transporte e Infraestructura de esta Secretaría solicitó a la Unidad Ejecutora del Régimen Nacional Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCE), la información relativa a las posiciones arancelarias del nuevo listado presentado por VMOS S.A.

Que mediante la Nota Nº NO-2025-125915722-APN-UEETRNVUCEA#MEC de fecha 12 de noviembre de 2025, VUCE detalló las mercaderías consideradas como bienes de capital (BK), las de informática y/o telecomunicaciones (BIT), cuyos datos se encuentran validados por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), Ente Autárquico actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, como así también aquellas mercaderías que no se encuentran clasificadas en dichas categorías.

Que en función de lo expuesto, la Dirección Nacional de Transporte e Infraestructura, través del Informe N° IF-2025-135153125-APN-DNTEI#MEC de fecha 5 de diciembre de 2025, analizó el nuevo listado presentado por la empresa, e indicó que las mercaderías no clasificadas como BK/BIT por VUCE resultan esenciales para la ejecución del proyecto correspondiente al Proyecto Único (VPU) denominado “Vaca Muerta Oleoducto Sur” o Proyecto VMOS, debiendo por tanto ser contempladas a los efectos del beneficio previsto en el artículo 190 de la Lay N° 27.742.

Que, consecuentemente, la mencionada Dirección Nacional concluyó que no median objeciones que formular para proceder a la sustitución del listado (RE-2025-09973123-APN-DTD#JGM) oportunamente aprobado por el Artículo 5° de la Resolución N° 302/25 del MINISTERIO DE ECONOMÍA, por el listado (RE-2025-122688487-DTD#JGM).

Que, de conformidad con la delegación dispuesta en el último párrafo del Artículo 18 del Anexo a la Resolución N° 1.074 de fecha 20 de octubre de 2024 del MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias, incumbe a esta Secretaría el tratamiento de la solicitud en trato y su eventual autorización.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades previstas en el Apartado IX del Anexo II al Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y en el Anexo a la Resolución N° 1.074/24 del MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias.

Por ello,

LA SECRETARIA DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase la solicitud de la empresa VMOS S.A. (CUIT N° 30-71871335-4), titular del Vehículo de Proyecto Único (VPU) denominado Vaca Muerta Oleoducto Sur” o “Proyecto VMOS”, a los fines de sustituir el listado de mercaderías identificado como RE-2025-09973123-APN-DTD#JGM, aprobado por el Artículo 5° de la Resolución N° 302 de fecha 20 de marzo de 2025 del MINISTERIO DE ECONOMÍA, por el listado de mercaderías que se detallan en el RE-2025-122688487-DTD#JGM, para ser importadas al amparo la franquicia establecida en el Artículo 190 de la Ley N° 27.742.

ARTÍCULO 2°.- Notifíquese a la empresa VMOS S.A. en su domicilio constituido, dentro del plazo de cinco (5) días de emitida la presente.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese a la AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO (ARCA), Ente Autárquico actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, para que proceda a la aplicación de los incentivos tributarios y aduaneros del Capítulo IV del Título VII de la Ley 27.742, para los bienes identificados en el RE-2025122688487-DTD#JGM, respecto del Vehículo de Proyecto Único (VPU) denominado “Vaca Muerta Oleoducto Sur” o “Proyecto VMOS”.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

María Carmen Tettamanti

e. 18/12/2025 N° 95768/25 v. 18/12/2025

Fecha de publicación 18/12/2025