Edición del
15 de Mayo de 2023

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA Y SECRETARÍA DE CULTURA

Resolución Conjunta 2/2025

RESFC-2025-2-APN-STEYFP#MDYTE

Ciudad de Buenos Aires, 17/12/2025

Visto el Expediente N° EX-2025-17609685- -APN-SC, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios; el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN homologado por el Decreto Nº 1032 del 03 de agosto de 2009 y sus modificatorios, la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA N° 38 del 16 de marzo de 2010 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y DESARROLLO CULTURAL de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN propicia la transferencia de la agente Paula Gabriela ROEL (C.U.I.L. Nº 27-23587778-9), quien revista en la planta permanente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en el Nivel C, Grado 3, Tramo General, con asignación del Suplemento por Función Técnica o Profesional del escalafón aprobado por el Decreto Nº 1032/09, el cual homologa el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que el referido requerimiento se funda en la necesidad de la aludida Secretaría de contar en su dotación con la agente mencionada, quien posee un perfil laboral para desempeñarse como REFERENTE DE COMUNICACIÓN Y CONTENIDO INSTITUCIONAL en el PALACIO LIBERTAD, CENTRO CULTURAL DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO organismo desconcentrado dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y DESARROLLO CULTURAL de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la presente transferencia conlleva, además, la incorporación de la nombrada agente en el escalafón del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por el Decreto N° 2098/08.

Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), establece en su artículo 25 que el personal que se incorpore a ese régimen de carrera en los términos de los supuestos contemplados en los artículos 41 y 42 del Anexo I del Decreto N° 214/06, deberá ser ubicado en el nivel escalafonario del Agrupamiento que corresponda con la función o puesto para el que hubiera sido seleccionado bajo el ordenamiento de origen, resultando de aplicación el procedimiento de reencasillamiento establecido en la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 38/10.

Que, de acuerdo con lo previsto en el referido procedimiento, la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha remitido a la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO Y MODERNIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO dependiente de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, la propuesta de incorporación de la agente Paula Gabriela ROEL (C.U.I.L. Nº 27-23587778-9) al referido Sistema Nacional, elaborada por el Comité de Valoración de dicha jurisdicción.

Que en el marco del procedimiento en cuestión fueron debidamente citadas para ejercer la veeduría gremial las entidades gremiales correspondientes en los términos del artículo 11 del Anexo I de la citada Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 38/10.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO Y MODERNIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO dependiente de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, no formuló observaciones a la propuesta de incorporación de la agente Paula Gabriela ROEL (C.U.I.L. Nº 27-23587778-9) al mencionado Sistema Nacional, en UN (1) cargo Nivel C, Grado 3, Tramo General, Agrupamiento Profesional.

Que en razón de lo expuesto y las razones de servicio expresadas por la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y DESARROLLO CULTURAL de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en su requerimiento efectuado mediante certificación identificada como CE-2025-20272704-APN-SSGYDC#SC, corresponde disponer la transferencia de la mencionada agente, desde la planta permanente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (INCAA) Empresas y Entes del Sector Público Nacional de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a la planta permanente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN Y DESARROLLO CULTURAL de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, equiparando su cargo al señalado en el considerando precedente.

Que la presente medida no implica menoscabo moral ni económico para la citada agente, quien ha prestado su conformidad al respecto.

Que la propuesta de incorporación mediante reencasillamiento de la agente nombrada en el Sistema Nacional de Empleo Público cumple con las pautas establecidas en el artículo 25 del mencionado Sistema Nacional.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARIA LEGAL de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia, en el marco del artículo 18 del Decreto N° 993 del 6 de noviembre de 2024.

Que en los términos del artículo 12 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 585/24 la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA de la VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el tercer párrafo del artículo 11 del Anexo I de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 38/10 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA

DEL MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO

Y

EL SECRETARIO DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase lo actuado por el Comité de Valoración, de acuerdo con lo establecido en el PROCEDIMIENTO PARA LA INCORPORACIÓN DE PERSONAL PERMANENTE COMPRENDIDO EN OTROS ESCALAFONES EN EL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO por aplicación de su artículo 25 (DECRETO N° 2098/08), obrante en el Anexo I de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA N° 38 del 16 de marzo de 2010, respecto del reencasillamiento de la agente Paula Gabriela ROEL (C.U.I.L. Nº 27-23587778-9), quien revista en la planta permanente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES (INCAA) Empresas y Entes del Sector Público Nacional de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en el Nivel C, Grado 3, Tramo General, con asignación del Suplemento por Función Técnica o Profesional del escalafón aprobado por el Decreto Nº 1032/09, el cual homologa el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en el puesto de “Referente Técnico de Comunicación Institucional”.

ARTÍCULO 2°.- Incorpórase a la agente Paula Gabriela ROEL (C.U.I.L. Nº 27-23587778-9) en el Régimen de Carrera del Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, en un cargo Nivel C, Grado 3, Tramo General del Agrupamiento Profesional del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, para cumplir las funciones inherentes al puesto de “Referente de Comunicación y Contenido Institucional”.

ARTÍCULO 3°.- Hágase saber a la interesada que podrá interponer contra el presente acto, recurso de reconsideración dentro de los VEINTE (20) días o bien; recurso jerárquico dentro de los TREINTA (30) días, ambos contados a partir de su notificación, conforme artículos 84 y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado por el Decreto N° 1759/72 (t.o. 2017) y sus modificatorios.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, notifíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Maximiliano Matías Narciso Fariña - Leonardo Javier Cifelli

e. 18/12/2025 N° 96037/25 v. 18/12/2025

Fecha de publicación 18/12/2025