AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO
Disposición 257/2025
DI-2025-257-E-ARCA-ARCA
Ciudad de Buenos Aires, 17/12/2025
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2025-04142511- -ARCA-DILEGI#SDGASJ y
CONSIDERANDO:
Que la Disposición N° DI-2025-44-E-AFIP-ARCA del 19 de marzo de 2025 determinó el universo de sujetos considerados Personas de Trascendencia Pública.
Que, por otra parte, dicha norma instruyó a la Dirección de Auditoría de Procesos Centrales a confeccionar el “Protocolo de Actuación ante la Consulta de Personas con Trascendencia Pública”, el que debía ser puesto a consideración del Director Ejecutivo del Organismo para su aprobación.
Que, en este marco, se dictó la Instrucción General N° IG-2025-3-AFIP-ARCA del 14 de abril de 2025.
Que mediante la Disposición N° DI-2025-61-E-AFIP-ARCA del 24 de abril de 2025, se aprobó la estructura organizativa del área central de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, con la consecuente supresión de la mencionada Dirección de Auditoría de Procesos Centrales y creación de la Dirección de Auditoría Interna.
Que la experiencia recabada desde la implementación del referido Protocolo, junto con el cambio estructural antes aludido, hicieron necesario su adecuación y flexibilización, permitiendo que la Dirección de Auditoría Interna intervenga en la modificación de algunas de sus pautas, por lo que se procedió a su sustitución mediante la Instrucción General N° IG-2025-4-E-ARCA-ARCA del 16 de diciembre de 2025.
Que la situación expuesta conlleva la modificación de la Disposición N° DI-2025-44-E-AFIP-ARCA a efectos de delegar en la Dirección de Auditoría Interna la facultad para realizar adecuaciones en algunas de las pautas establecidas en el citado Protocolo.
Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación y Auditoría Interna y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos e Institucional.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 4° y 6° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios, por el Decreto N° 953 del 24 de octubre de 2024 y por el artículo 8° del Decreto N° 13 del 6 de enero de 2025 y su modificatorio.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Sustituir el artículo 2° de la Disposición N° DI-2025-44-E-AFIP-ARCA del 19 de marzo de 2025, por el siguiente:
“ARTÍCULO 2°.- Deléguese en la Dirección de Auditoría Interna la facultad para:
a) Actualizar el “Registro de Personas con Trascendencia Pública”, incorporando las altas, modificaciones y bajas que pudieran corresponder, utilizando los parámetros establecidos en el artículo precedente.
b) Modificar los sistemas consignados en el punto 4.4. del Apartado V de la Instrucción General N° IG-2025-4-E-ARCA-ARCA del 16 de diciembre de 2025, para ser monitoreados y generar comunicaciones de alerta.
c) Adecuar las excepciones contempladas en el punto 5.3. del Apartado V de la instrucción general mencionada en el inciso precedente, para el tratamiento de las consultas.
El ejercicio de las acciones delegadas en los incisos b) y c) precedentes deberá estar debidamente fundamentado, y ser puesto en conocimiento del Director Ejecutivo en cada oportunidad en que se utilice dicha atribución.”.
ARTÍCULO 2°.- Esta disposición entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.
Juan Alberto Pazo
e. 19/12/2025 N° 96622/25 v. 19/12/2025
Fecha de publicación 19/12/2025