AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
Resolución 34/2025
RESOL-2025-34-E-ARCA-DGADUA
Ciudad de Buenos Aires, 17/12/2025
VISTO el Expediente Electrónico EX-2025-03773577- -ARCA-SAERDVOPME#SDGOAI, del registro de la AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO, y
CONSIDERANDO
Que mediante Acuerdo de Prórroga del Contrato de Explotación para el desarrollo de la actividad de Tienda Libre, la firma Aeropuertos Argentina 2000 SA, CUIT N° 30-69617058-0, cedió a la firma INTERBAIRES SA, CUIT N° 30-51986836-5, el uso de CIENTO SETENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (176 m2), como mínimo, para la instalación de locales de Tiendas Libres en el Aeropuerto Internacional “Gobernador Francisco Gabrielli” - El Plumerillo, ubicado en la ciudad de Mendoza, con vigencia desde el 10 de noviembre de 2010 hasta el 8 de febrero de 2028.
Que conforme Apartado I, Punto 1.1 del citado Acuerdo, Aeropuertos Argentina 2000 SA otorga a INTERBAIRES SA el derecho exclusivo dentro del Aeropuerto en trato a la explotación del rubro o servicio denominado “Tienda Libre de Impuestos”, para la venta de mercaderías en las condiciones previstas en la Ley 22.056 - “Régimen de tiendas libres en aeropuertos internacionales con servicio permanente de aduanas”.
Que conforme el mismo Apartado, en su Punto 1.3 del citado, se hace referencia a que ampara las superficies vigentes al momento de la entrada en vigencia del contrato, más “aquellos espacios que se agreguen en adición o reemplazo…”.
Que mediante Acta de Entrega Nº 2513-21541 Aeropuertos Argentina 2000 otorga a la firma INTERBAIRES SA un espacio de SIETE CON NOVENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (7,97 m2) en la planta alta de la terminal de Preembarque Internacional.
Que en base a lo antes expuesto, la empresa INTERBAIRES SA solicita a la Dirección General de Aduanas la modificación de la habilitación de la Tienda Libre ubicada en la planta alta de la terminal de Preembarque Internacional dentro del predio adjudicado en el Aeropuerto de Mendoza, habilitada mediante RESOL-2024-42-E-AFIP-DGADUA.
Que en los Informes IF-2025-03773597-ARCASAERDVOPME#SDGOAI, IF-2025-03773602-ARCA-SAERDVOPME#SDGOAI e IF-2025-03773604-ARCASAERDVOPME#SDGOAI obran los planos con la superficie total proyectada del local ubicado en la planta alta de CIENTO SETENTA Y NUEVE CON SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (179,64 m2), con la superficie a incorporar de SIETE CON NOVENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (7,97 m2) y con detalle de la superficie actual de CIENTO SETENTA Y UNO CON SESENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (171,67 m2), como así también los planos de instalación del sistema de CCTV actualizados en IF-2025-03773590-ARCASAERDVOPME#SDGOAI.
Que obra en Informe IF-2025-03773610-ARCA-SAERDVOPME#SDGOAI la intervención del Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA) a través del cual detalla la nueva superficie cedida a la firma INTERBAIRES SA para la modificación del local de Tienda Libre ubicado en el Preembarque Internacional del Aeropuerto Internacional de Mendoza.
Que la Ley N° 22.056 instituyó el Régimen de “Tiendas Libres”, indicando en sus Artículos 2° y 3° que los pasajeros que embarquen con destino al exterior, incluidos los pasajeros en tránsito final al exterior, o que arriban del exterior, podrán adquirir mercadería de origen nacional o extranjero en franquicia de tributos o libre de todo gravamen, según corresponda.
Que por la Resolución General N° 5.103 se estableció el procedimiento para la habilitación de las Tiendas Libres, los requisitos para su funcionamiento y el debido control por parte del servicio aduanero, así como también las obligaciones que deberán cumplir los permisionarios y el respectivo régimen disciplinario.
Que el Departamento Aduana de Mendoza, la Dirección Regional Aduanera Cuyo y la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior han tomado la intervención que les compete, considerando que se encontraban cumplidos los requisitos establecidos en la norma en trato.
Que el servicio jurídico ha efectuado el control de legalidad y emitido el Dictamen N° IF-2025-04417608-ARCA-DVDRTA#SDGASJ.
Que conforme lo expuesto y habiendo tomado intervención las áreas competentes de esta DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS, corresponde modificar la RESOL-2024-42-E-AFIP-DGADUA.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 9°, apartado 2, incisos e) y p) del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997 y el Decreto Nº 953 del 24 de octubre de 2024.
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Determínase la ampliación de la superficie habilitada a la firma INTERBAIRES S.A. en el Aeropuerto Internacional de Mendoza “Gobernador Francisco Gabrielli” – El Plumerillo, en SIETE CON NOVENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (7,97 m2), conforme la asignación efectuada mediante Acta de Entrega Nº 2513-21541 y los planos obrantes en el Informe IF-2025-03773597-ARCA-SAERDVOPME#SDGOAI, los cuales pasan a integrar la superficie total habilitada establecida en el Artículo 2° de la presente.
ARTÍCULO 2º.- Modificase la Resolución RESOL-2024-42-E-AFIP-DGADUA y sustituyese el Artículo 1°, por el siguiente:
“ARTÍCULO 1°.– Habilítase la Tienda Libre de la firma INTERBAIRES S.A., CUIT 30-51986836-5, ubicada en el Aeropuerto Internacional de Mendoza ‘Gobernador Francisco Gabrielli’ – El Plumerillo, la cual contará con una superficie total de DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (297,48 m2), conformada por un Local de Tienda Libre de Partidas de CIENTO SETENTA Y NUEVE CON SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (179,64 m2), y una Tienda Libre de Arribos de CIENTO DIECISIETE CON OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (117,84 m2), según planos obrantes en los Informes IF-2025-03773597-ARCASAERDVOPME#SDGOAI e IF-2024-02728478-AFIP-SEAEDVOPME#SDGOAI, en los términos de la Resolución General N° 5.103.”
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y difúndase en el Boletín de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS. Tome conocimiento la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior. Por la División Zonas Primarias y Fronteras de esa Subdirección General notifíquese mediante Sistema de Comunicaciones y Notificaciones Electrónicas Aduaneras (SICNEA) a la firma interesada. Cumplido, archívese.
Jose Andres Velis
e. 22/12/2025 N° 96993/25 v. 22/12/2025
Fecha de publicación 22/12/2025