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23 de Diciembre de 2025

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MINISTERIO DE ECONOMÍA

Resolución 2072/2025

RESOL-2025-2072-APN-MEC

Ciudad de Buenos Aires, 20/12/2025

Visto el expediente EX-2025-31277435- -APN-DGA#ANSV, las leyes 26.363 y 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2023, que rige para el ejercicio 2025 conforme el artículo 27 de la ley 24.156 y sus modificatorias, en los términos del decreto 1131 del 27 de diciembre de 2024, los decretos 1787 del 5 de noviembre de 2008, 2098 del 3 de diciembre de 2008 sus modificatorios y complementarios, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 958 del 25 de octubre de 2024, 1148 del 30 de diciembre de 2024, 461 del 7 de julio de 2025 y el 585 del 14 de agosto de 2025, la resolución conjunta 26 y 134 del 2 de mayo 2011 de la ex Secretaría de Gabinete y Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros y la Secretaría de Hacienda del entonces Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, la resolución 20 del 15 de noviembre de 2024 de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado (RESOL-2024-20-APN-STEYFP#MDYTE), la disposición 222 del 2 de septiembre de 2010 de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el decreto 1131 del 27 de diciembre de 2024 se dispuso que a partir del 1° de enero de 2025 regirán las disposiciones de la ley 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la ley 24.156 y sus modificatorias.

Que por el artículo 7° de la citada ley 27.701 se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes existentes a la fecha de su entrada en vigencia ni los que se produzcan con posterioridad sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que a través del decreto 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes al Ministerio de Economía, y se establecieron los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarían los organismos desconcentrados y descentralizados.

Que por la ley 26.363 se creó la Agencia Nacional de Seguridad Vial como organismo descentralizado entonces actuante en el ámbito del ex Ministerio del Interior.

Que mediante el decreto 1787 del 5 de noviembre de 2008 se aprobó la estructura organizativa de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.

Que, asimismo, mediante la resolución conjunta 82 del 11 de diciembre de 2008 de la ex Secretaría de Gabinete y Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros y de la Secretaría de Hacienda del ex Ministerio de Economía y Finanzas Pública se incorporaron en el nomenclador de Funciones Ejecutivas las unidades organizativas pertenecientes a la Agencia Nacional de Seguridad Vial, según el detalle obrante en el anexo I de esa resolución.

Que por la disposición 222 del 2 de septiembre de 2010 de la ANSV se aprobó la estructura organizativa de las aperturas inferiores de la Unidad de Auditoría Interna del citado organismo.

Que a través del decreto 8 del 4 de enero de 2016 se transfirió a la Agencia Nacional de Seguridad Vial a la órbita del entonces Ministerio de Transporte.

Que el decreto 461 del 7 de julio de 2025 dispuso la disolución de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, estableciéndose en su artículo 32 que el personal mantendrá sus cargos, su situación de revista y las unidades organizativas vigentes, hasta tanto se adecúe la conformación y estructura organizativa correspondiente, y disponiéndose en su artículo 36 que se conservará la operatividad de las funciones y atribuciones propias de la Agencia, incluyendo su actuación como autoridad de aplicación en las materias de su competencia, a fin de garantizar la continuidad en la prestación de los servicios que brinda, hasta tanto se dicten las nuevas estructuras organizativas.

Que por el decreto 585 del 14 de agosto de 2025 se trasfirieron la Dirección de Estadística Vial a la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía y la Dirección de Coordinación Interjurisdiccional y Normalización Normativa y la Dirección Nacional de Licencias de Conducir y Antecedentes de Tránsito de la citada ex Agencia Nacional de Seguridad Vial a la Subsecretaría de Transporte del referido Ministerio, dando continuidad a las mismas, situación no contemplada para la funcionaria que integra esta medida.

Que por el decreto 627 del 2 de septiembre de 2025 se restituyó la plena vigencia de las disposiciones normativas que fueron derogadas, sustituidas o modificadas por los decretos 461/2025 y 585/2025.

Que el marco de la normativa citada corresponde adecuar la designación de Annabella Cristina Chenal hasta el 14 de agosto de 2025 conforme a lo establecido en el decreto 585/2025.

Que a través del decreto 958 del 25 de octubre de 2024 se establece que corresponde al Jefe de Gabinetes de Ministros, a los Ministros, a los Secretarios de la Presidencia de la Nación, al Procurador del Tesoro de la Nación y a los Vicejefes de Gabinete de la Jefatura de Gabinete de Ministros, en sus respectivos ámbitos, efectuar y/o prorrogar las designaciones transitorias de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, incluyendo las que correspondan a los organismos descentralizados que funcionen en su órbita.

Que, en esta instancia, resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Supervisora de Auditoría de Sistemas Informáticos de la Auditoría Interna Adjunta de la Unidad de Auditoría Interna de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, Organismo descentralizado actuante en la órbita de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía.

Que la presente designación transitoria queda exceptuada de las restricciones establecidas en el artículo 1° del decreto 1148 del 30 de diciembre de 2024, conforme a lo dispuesto en el inciso b del artículo 2° de ese decreto.

Que ha tomado intervención el área competente del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades contempladas en el artículo 2° del decreto 958/2024.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Dase por designada con carácter transitorio, a partir del 1° de abril de 2025 y hasta el 14 de agosto de 2025 a la licenciada Annabella Cristina Chenal (D.N.I. N° 30.468.256) en el cargo de Supervisora de Auditoría de Sistemas Informáticos de la Auditoría Interna Adjunta de la Unidad de Auditoría Interna de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV),organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, Nivel B - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el decreto 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios. Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel IV del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y se efectúa la presente designación transitoria con autorización excepcional por no reunir Annabella Cristina Chenal los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 de dicho Convenio.

ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los títulos II, capítulos III, IV, VIII, IV del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), dentro del plazo establecido en el artículo 1° de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente resolución será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 50 – Ministerio de Economía, Entidad 203 – Agencia Nacional de Seguridad Vial.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese a las áreas competentes del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, conforme lo establecido en el artículo 3° de la resolución 20 del 15 de noviembre de 2024 de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública del citado Ministerio (RESOL-2024-20-APN-STEYFP#MDYTE).

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Luis Andres Caputo

e. 23/12/2025 N° 97158/25 v. 23/12/2025

Fecha de publicación 23/12/2025