BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 8379/2025
23/12/2025
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,
A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS EMISORAS DE TARJETAS DE CRÉDITO,
A LAS EMPRESAS NO FINANCIERAS EMISORAS DE TARJETAS DE COMPRA,
A LOS OTROS PROVEEDORES NO FINANCIEROS DE CRÉDITO,
A LOS PROVEEDORES DE SERVICIOS DE PAGO QUE OFRECEN CUENTAS DE PAGO:
Ref.: Circular
CONAU 1-1712,
RUNOR 1-1935:
Régimen Informativo de Transparencia - Modificaciones
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles las modificaciones introducidas al Capitulo II del Régimen Informativo de la referencia, con vigencia periodo de información enero 2026.
Al respecto, se incorpora la eximición de la presentación de los Apartados A y C a los otros proveedores no financieros de crédito (OPNFC), destacándose los siguientes cambios:
CONAU
Modificación del punto 1. Descripción del requerimiento.
RUNOR
Adecuación del punto 36.2.1.1.
Adicionalmente, se considera propicia la oportunidad para adecuar el punto 2.1. de las Normas de Procedimiento, para subsanar un error en la redacción del vencimiento de la información mensual y las observaciones del campo “Moneda” del diseño TARIFARIOC.TXT.
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Rodrigo J. Danessa, Gerente Principal de Régimen Informativo y Centrales de Información - Estela M. del Pino Suárez, Subgerenta General de Régimen Informativo y Protección al Usuario de Servicios Financieros.
ANEXO
El/Los Anexo/s no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250-Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el Sitio www.bcra.gov.ar (Opción “Marco legal y normativo”).
e. 30/12/2025 N° 98752/25 v. 30/12/2025
Fecha de publicación 30/12/2025