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SERVICIO EXTERIOR

Decreto 6/2026

DECTO-2026-6-APN-PTE - Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante el Reino de Bélgica.

Ciudad de Buenos Aires, 07/01/2026

VISTO el Expediente N° EX-2025-133359111-APN-DGD#MRE, la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y sus modificatorias y el Decreto N° 337 del 9 de marzo de 1995, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL se establece que el PRESIDENTE DE LA NACIÓN nombra y remueve a los Embajadores, Ministros Plenipotenciarios y Encargados de Negocios con acuerdo del Senado.

Que el H. CONGRESO DE LA NACIÓN se encuentra en período de receso.

Que la designación del Embajador Extraordinario y Plenipotenciario en el REINO DE BÉLGICA es esencial con el fin de garantizar la continuidad en la representación diplomática y la adecuada atención de los asuntos bilaterales e internacionales.

Que mediante el artículo 99, inciso 19 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL se faculta al Presidente de la Nación a “…llenar las vacantes de los empleos, que requieran el acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso, por medio de nombramientos en comisión que expirarán al fin de la próxima Legislatura”.

Que encontrándose en período de receso el H. SENADO DE LA NACIÓN resulta necesario proceder a la designación “en comisión” del Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la REPÚBLICA ante el REINO DE BÉLGICA con el fin de asegurar la representación diplomática ininterrumpida en dicho país.

Que por el artículo 5° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 se dispone que el PODER EJECUTIVO NACIONAL podrá designar excepcionalmente Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios a personas que, no perteneciendo al Servicio Exterior de la Nación, posean condiciones relevantes; y que el nombramiento se considerará extendido por el tiempo que dure el mandato del Presidente de la Nación que lo haya efectuado.

Que a través del Decreto N° 337/95 se establecen en VEINTICINCO (25) los cargos previstos en la Estructura Orgánica del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO a ser cubiertos por funcionarios de la Categoría “A”, Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios, designados en virtud de lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 o convocados al servicio activo en orden a lo establecido en el artículo 21, inciso s) del mismo texto legal.

Que el señor Fernando Adolfo IGLESIAS reúne las condiciones de idoneidad, experiencia y trayectoria profesional necesarias para desempeñar esta función con la responsabilidad y el compromiso que la misma exige.

Que, oportunamente, el Gobierno del REINO DE BÉLGICA concedió el plácet de estilo al señor Fernando Adolfo IGLESIAS para su designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante el mencionado país.

Que el servicio de asesoramiento jurídico pertinente ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente decreto se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por medio del artículo 99, incisos 7 y 19 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Nómbrase “en comisión” en el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO funcionario de la Categoría “A” Embajador Extraordinario y Plenipotenciario al señor Fernando Adolfo IGLESIAS (D.N.I. N° 12.917.076), de conformidad con lo establecido por el artículo 5° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y sus modificatorias.

ARTÍCULO 2°.- Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante el REINO DE BÉLGICA al señor Fernando Adolfo IGLESIAS (D.N.I. N° 12.917.076).

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a las partidas específicas de la Jurisdicción 35 – MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Pablo Quirno Magrane

e. 08/01/2026 N° 957/26 v. 08/01/2026

Fecha de publicación 08/01/2026