AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO - DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
EDICTO
Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ...” ARTICULO 1º: ARTICULO 1º: DESESTIMAR la denuncia incoada en relación a la mercadería detallada en el Acta-Lote N.º….., por ser la misma de origen nacional, en los términos del Art. 1090 inc b) del Código Aduanero.- ARTICULO 2º. PROCEDER A LA ENTREGA de la mercadería integrante del Acta Lote Nº …….. debiendo previamente contar con la intervención de SENASA, atento lo informado por el verificador interviniente, de acuerdo a lo manifestado en los considerandos que anteceden. En caso de no formalizarse la entrega y de corresponder deberá procederse a la venta en pública subasta cumpliendo el requisito mencionado precedentemente o bien a la destrucción de la mercadería mencionada, conforme lo dispuesto en la Sección V, Título II de la Ley 22.415.- Fdo.: Abog. Pamela Fabiana Varela- Firma Responsable del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.
EXPEDIENTE: 18032-137-2020
IMPUTADO: MARCELO ALEJANDRO DE CICCO DNI:35865909 y ERNESTO ANDRES PIGNATARO DNI: 18058404
ACTA LOTE Nº : 20622ALOT000175H
RESOLUCIÓN DE PRLA: 4678/25
Silvina Isabel de Bisogno, Instructor, División Secretaría N° 2.
e. 15/01/2026 N° 1901/26 v. 15/01/2026
Fecha de publicación 15/01/2026