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21 de Enero de 2026

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 79/2026

RESOL-2026-79-APN-STEYSS#MCH

Ciudad de Buenos Aires, 19/01/2026

VISTO el Expediente N° EX-2021-34464291-APN-DGD#MT, la Ley Nro. 23.551, y sus modificatorias, los Decretos Nros. 467 de fecha 14 de abril de 1988, 8 de fecha 10 de diciembre de 2023, 342 del 20 de mayo de 2025, y la Resolución Nro. 204 de fecha 15 de mayo de 2024 del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, y

CONSIDERANDO:

Que en las presentes actuaciones la entidad SINDICATO DE SEGURIDAD DE LA REPUBLICA ARGENTINA –LEGAJO N° 7974- comunica la convocatoria a elecciones para la renovación de su Comisión Directiva y Comisión Revisora de Cuentas, las cuales se llevaron a cabo el día 19 de febrero de 2015, por un período de mandato de cuatro (4) años (19/02/2015 – 19/02/2019).

Que, ante esta situación y observando una serie de manifiestas irregularidades en torno al mencionado proceso eleccionario, por Providencia N° PV-2023-07653887-APN-DNAS#MT, se declaró la ineficacia jurídica de los comicios celebrados por la entidad SINDICATO DE SEGURIDAD DE LA REPUBLICA ARGENTINA, el día 19 de febrero de 2015 y de todos aquéllos actos previos que se llevaron a cabo y como partes del proceso mencionado.

Que se han convocado a procesos eleccionarios posteriores al aquí analizado, careciendo de legitimación para hacerlo, dado la acefalía reinante en la que se encuentra la misma.

Que por lo tanto la entidad se encuentra en estado de acefalía desde el día 20 de diciembre de 2014, fecha en la cual fenecieron los mandatos de autoridades de su Comisión Directiva.

Que, vista la complejidad en la normalización del sindicato, que cuenta con los mandatos de los órganos de conducción y deliberación vencidos, corresponde designar un funcionario con carácter excepcional, para que disponga la convocatoria a elecciones y realice los demás actos tendientes a hacer cesar la situación de acefalía.

Que la Ley N° 23.551 y sus modificatorias regula el régimen aplicable a las asociaciones que tengan por objeto la defensa de los intereses de los trabajadores.

Que, de conformidad con el artículo 56 de la norma citada, el entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACIÓN podrá designar un funcionario con carácter excepcional, en caso de que se produjere un estado de acefalía con relación a la comisión directiva de una asociación sindical de trabajadores o al órgano que tenga asignadas las funciones propias de un cuerpo de conducción, y en tanto en los estatutos de la asociación de que se trate o en los de la federación de la que esta forme parte no se haya previsto el modo de regularizar la situación, para que disponga la convocatoria a elecciones y realice los demás actos tendientes a hacer cesar la situación de acefalía. El funcionario designado deberá cumplir su cometido en un plazo que no podrá exceder de CIENTO VEINTE (120) días hábiles, prorrogables por el mismo plazo en caso de que resulte necesario y se encuentre debidamente fundado. (Inciso sustituido por art. 1° del Decreto N° 342/2025 B.O. 21/05/2025. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL)

Que, la entidad SINDICATO DE SEGURIDAD DE LA REPUBLICA ARGENTINA –LEGAJO N° 7974- con Inscripción Gremial N° 2373 no se encuentra adherida a una entidad de grado superior y carece de autoridades con mandato vigente.

Que, en orden a lo dispuesto en el artículo 56 párrafo 4° de la Ley N° 23.551, corresponde la designación de un funcionario con carácter excepcional a los fines de regularizar la situación institucional de la entidad citada.

Que la Dirección Nacional de Asociaciones del Trabajo y la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES DEL TRABAJO de la SECRETARIA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 23.551, los Decretos Nros. 467/1988 y 342/2025, la Resolución Nº 204/2024 del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.

Por ello,

EL SEÑOR SECRETARIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase como Delegado Normalizador en la entidad SINDICATO DE SEGURIDAD DE LA REPUBLICA ARGENTINA –LEGAJO N° 7974-, al Sr. GASTÓN GABRIEL DI BELLA (D.N.I. Nº 27.677.229), con domicilio en calle 500 N° 1730 –Gonnet, Ciudad de LA PLATA, de la Provincia de BUENOS AIRES, correo electrónico gastongdibella@gmail.com

ARTÍCULO 2°.- El Delegado Normalizador tendrá facultades administrativas y ejecutivas de los órganos de conducción de la entidad. En ejercicio de dichas facultades deberá presentar ante la Dirección Nacional de Asociaciones del Trabajo informe detallado del estado económico-financiero en que se encuentra la entidad, como así también rendición detallada de su gestión en el cargo. Asimismo, deberá proceder a regularizar la situación institucional de la entidad convocando a elecciones en el plazo de CIENTO VEINTE (120) DÍAS desde su asunción en el cargo debiendo para ello presentar ante la Dirección antes citada, un cronograma electoral en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 23.551 y su Decreto Reglamentario N° 467/1988.

ARTÍCULO 3°.- En orden a las facultades conferidas a esta Cartera de Estado por el artículo 56 de la Ley N° 23.551, el delegado que se designa en el presente acto podrá ser reemplazado en su cargo, aun cuando se encontraran vigentes los plazos establecidos para el cumplimiento de su función.

ARTÍCULO 4°.- Notifíquese de la presente medida al Sr. GASTÓN GABRIEL DI BELLA, (D.N.I. Nº 27.677.229) al domicilio sito en calle 500 N° 1730 –Gonnet, Ciudad de LA PLATA, de la Provincia de BUENOS AIRES, y/o al correo electrónico gastongdibella@gmail.com

ARTÍCULO 5º.- Regístrese en la Dirección Nacional de Asociaciones del Trabajo.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Julio Gabriel Cordero

e. 21/01/2026 N° 2742/26 v. 21/01/2026

Fecha de publicación 21/01/2026