MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 84/2026
RESOL-2026-84-APN-STEYSS#MCH
Ciudad de Buenos Aires, 20/01/2026
VISTO el Expediente N° EX-2022-114476352- -APN-DGD#MT; la Ley N° 23.551, y sus modificatorias; los Decretos Nros. 467 de fecha 14 de abril de 1988, 8 de fecha 10 de diciembre de 2023, 342 de fecha 20 de mayo de 2025; la Resolución N° 204 del de fecha 15 de mayo de 2024 MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, y
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones los señores BARROS, José Rubén y GINI, Armando Antonio, invocando el carácter de Secretario General y Secretario de Hacienda y Administración del SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE PLAYAS Y DEPÓSITOS FISCALES (S.O.E.P.Y.D.F.), comunicaron a esta Autoridad de Aplicación la convocatoria a elecciones para el período 2022-2026.
Que, con carácter previo, mediante el Expediente N° EX-2019-91345234-APN-DGDMT#MPYT, se informó el llamado a elecciones correspondiente al período 2019 2023, trámite que no pudo ser considerado en razón de que la organización sindical no acompañó la documentación pertinente, pese a haber sido debidamente intimada a acreditar su legitimación para convocar al proceso electoral.
Que, en tal contexto, mediante la Providencia N° PV-2024-98213215-APN-DNAS#MT, se concluyó que los presentantes no lograron acreditar la legitimidad necesaria para convocar y llevar adelante el proceso electoral de autos.
Que de la consulta efectuada al registro informático de esta Dirección surge que los mandatos de la Comisión Directiva fenecieron el 9 de septiembre de 2019. En virtud de ello, la entidad se encuentra en estado de acefalía desde dicha fecha, al haber expirado el mandato de las autoridades de su Comisión Directiva.
Que, vista la complejidad en la normalización del sindicato, que cuenta con los mandatos de los órganos de conducción y deliberación vencidos, corresponde designar un funcionario con carácter excepcional, para que disponga la convocatoria a elecciones y realice los demás actos tendientes a hacer cesar la situación de acefalía.
Que la Ley N° 23.551 y sus modificatorias regula el régimen aplicable a las asociaciones que tengan por objeto la defensa de los intereses de los trabajadores.
Que, de conformidad con el artículo 56 de la norma citada, este Organismo podrá designar un funcionario con carácter excepcional, en caso de que se produjere un estado de acefalía con relación a la comisión directiva de una asociación sindical de trabajadores o al órgano que tenga asignadas las funciones propias de un cuerpo de conducción, y en tanto en los estatutos de la asociación de que se trate o en los de la federación de la que esta forme parte no se haya previsto el modo de regularizar la situación, para que disponga la convocatoria a elecciones y realice los demás actos tendientes a hacer cesar la situación de acefalía. El funcionario designado deberá cumplir su cometido en un plazo que no podrá exceder de CIENTO VEINTE (120) días hábiles, prorrogables por el mismo plazo en caso de que resulte necesario y se encuentre debidamente fundado. (Inciso sustituido por el artículo 1° del Decreto N° 342/2025 B.O. 21/05/2025. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL).
Que, la entidad SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE PLAYAS Y DEPÓSITOS FISCALES (S.O.E.P.Y.D.F.) – Legajo Nº 7877 con Inscripción Gremial N° 2776 no se encuentra adherida a una entidad de grado superior y carece de autoridades con mandato vigente.
Que, en orden a lo dispuesto en el artículo 56 párrafo 4° de la Ley N° 23.551, corresponde la designación de un funcionario con carácter excepcional a los fines de regularizar la situación institucional de la entidad citada.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE ASOCIACIONES DEL TRABAJO y la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES DEL TRABAJO de esta SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención de su competencia.
Que el Servicio Jurídico permanente tomó la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 23.551, los Decretos Nros. 467/1988 y 342/2025 y por la Resolución Nº 204/2024 del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
Por ello,
EL SEÑOR SECRETARIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Desígnase como Delegado Normalizador en la entidad SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE PLAYAS Y DEPÓSITOS FISCALES (S.O.E.P.Y.D.F.) – Legajo Nº 7877, al Sr. BRACAMONTE, LUCIANO ENRIQUE, D.N.I. N° 28.217.701, con domicilio en calle Malvinas Argentinas Nº 242 Piso 4º de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, correo electrónico lucianobracamonte@gmail.com.
ARTÍCULO 2°.- El Delegado Normalizador tendrá facultades administrativas y ejecutivas de los órganos de conducción de la entidad. En ejercicio de dichas facultades deberá presentar ante la DIRECCIÓN NACIONAL DE ASOCIACIONES DEL TRABAJO informe detallado del estado económico-financiero en que se encuentra la entidad, como así también rendición detallada de su gestión en el cargo. Asimismo, deberá proceder a regularizar la situación institucional de la entidad convocando a elecciones en el plazo de CIENTO VEINTE (120) DÍAS desde su asunción en el cargo debiendo para ello presentar ante la Dirección antes citada, un cronograma electoral en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 23.551 y su Decreto Reglamentario N° 467/1988.
ARTÍCULO 3°.- En orden a las facultades conferidas a este Organismo por el artículo 56 de la Ley N° 23.551, el delegado que se designa en el presente acto podrá ser reemplazado en su cargo, aun cuando se encontraran vigentes los plazos establecidos para el cumplimiento de su función.
ARTÍCULO 4°.- Notifíquese de la presente medida al Sr. BRACAMONTE, LUCIANO ENRIQUE, D.N.I. N° 28.217.701, al domicilio sito en la calle Malvinas Argentinas Nº 242 Piso 4º de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y/o al correo electrónico lucianobracamonte@gmail.com.
ARTÍCULO 5º.- Regístrese en la DIRECCIÓN NACIONAL DE ASOCIACIONES DEL TRABAJO.
ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Julio Gabriel Cordero
e. 22/01/2026 N° 3089/26 v. 22/01/2026
Fecha de publicación 22/01/2026