MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL
Resolución 52/2026
RESOL-2026-52-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 21/01/2026
VISTO el Expediente EX-2025-144244110- -APN-DNNYRPJYMP#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y sus modificatorias, y las Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD NACIONAL N° 828 del 27 de septiembre de 2019, 275 del 27 de febrero de 2025, y
CONSIDERANDO
Que ante la FISCALÍA DE INSTRUCCIÓN de BELL VILLE de la Tercera Circunscripción Judicial, Provincia de Córdoba, a cargo de la doctora Isabel REYNA, tramitan los autos caratulados: “AVOCAMIENTO POR DESAPARICIÓN DE PERSONA -SJ- ACTUACIONES LABRADAS” Expediente SAC: 13618961.
Que, oportunamente, se dictó la RESOL-2025-275-APN-MSG, con el ofrecimiento de recompensa por la suma de PESOS DIEZ MILLONES ($10.000.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden datos útiles que permitan dar con el paradero del menor de edad Lian Gael FLORES SORAIDE, argentino, titular de DNI Nº 59.257.909, de tez trigueña, cabello corto oscuro, ojos oscuros y de 0.90 mts. de altura aproximadamente, quien fue visto por última vez el 22 de febrero de 2025, en Ballesteros Sud, Campo de Bollo, Unión, provincia de Córdoba.
Que teniendo en consideración el tiempo transcurrido desde el último ofrecimiento de recompensa, con la consecuente desactualización del monto respectivo, sumado a la necesidad de obtener aportes de información significativos que permitan el avance de la investigación judicial, considerando además la repercusión del caso, que ha generado un gran impacto en la sociedad, este Ministerio ha decidido prestar apoyo y colaboración a la provincia de Córdoba, ofreciendo e incrementando el monto de la recompensa ofrecido para dar con el paradero del menor Lian Gael FLORES SORAIDE.
Que la presente recompensa se ofrece de manera adicional, en colaboración con la provincia ut supra mencionada.
Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.
Que el artículo 1° del Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG establece los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos de recompensa; por su parte, el artículo 2º indica que los montos podrán modificarse de acuerdo a la complejidad y gravedad del delito cometido, según lo estime el titular de esta Cartera; y, a su vez, el artículo 3° indica que los montos establecidos en el artículo 1º del mencionado Anexo deberán ser actualizados dependiendo del tiempo transcurrido desde el ofrecimiento de recompensa.
Que, a tenor de lo mencionado y en atención a lo establecido en los artículos 1°, 2° y 3 del Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG, resulta procedente incrementar el monto de las mencionadas recompensas.
Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.
Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 4°, inciso b), apartado 9, de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias, y en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538; y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16 y sus modificatorias y la RESOL-2019-828-APN-MSG.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD NACIONAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dispónese el incremento de la recompensa oportunamente ofrecida mediante RESOL-2025-275-APN-MSG, a la suma total de PESOS VEINTE MILLONES ($20.000.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales brinden datos útiles que permitan dar con el paradero del menor de edad Lian Gael FLORES SORAIDE, argentino, titular de DNI Nº 59.257.909, de tez trigueña, cabello corto oscuro, ojos oscuros y de 0.90 mts. de altura aproximadamente, quien fue visto por última vez el 22 de febrero de 2025, en Ballesteros Sud, Campo de Bollo, Unión, Provincia de Córdoba y sobre quien se desconoce su paradero al día de la fecha.
ARTÍCULO 2°. - Quienes cuenten con información podrán comunicarse telefónicamente, a la línea gratuita 134 del PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE NORMATIVA Y RELACIONES CON LOS PODERES JUDICIALES Y LOS MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio.
ARTÍCULO 3°. - El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe la representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada a fin de preservar la identidad del aportante.
ARTÍCULO 4°. - Encomiéndese a la DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio la difusión de la parte dispositiva y el Anexo de la presente en medios de comunicación escritos, radiales o televisivos de circulación nacional.
ARTÍCULO 5°. - Instrúyase a las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales para que procedan a la difusión y publicación, en todas sus formas, del afiche que obra como IF-2026-00437568-APN-DNNYRPJYMP#MSG correspondiente a la recompensa ofrecida y que forma parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 6º.- La presente medida entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Alejandra Susana Monteoliva
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 23/01/2026 N° 3298/26 v. 23/01/2026
Fecha de publicación 23/01/2026