DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD
Resolución 118/2026
RESOL-2026-118-APN-DNV#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 29/01/2026
VISTO el Expediente EX-2025-138324774- -APN-DNV#MEC, del Registro de esta Dirección Nacional de Vialidad, organismo descentralizado actualmente en la órbita del Ministerio de Economía, bajo el control tutelar de la Secretaría de Transporte del citado Ministerio, conforme lo dispuesto por el Decreto N.° 57/2026; la Resolución Conjunta de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública y la Secretaría de Hacienda N.° 50/2025; la Ley de Contrato de Trabajo N.° 20.744; y
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Conjunta de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública y la Secretaría de Hacienda N.º 50 del 3 de octubre de 2025, se estableció el procedimiento a observar para instrumentar y aprobar planes y programas de retiro voluntario u otras formas voluntarias de distracto laboral, dentro de las distintas dependencias de la Administración Pública Nacional.
Que el dictado del citado acto administrativo, se enmarcó dentro de la política de desregulación económica y reforma del Estado impulsada por el Poder Ejecutivo Nacional, que estimula medidas tendientes a lograr su simplificación y reducción, asegurando la concreción de los objetivos impuestos y la mejora sustancial en la calidad de vida de los argentinos.
Que, siguiendo los lineamientos antes señalados, esta Administración General, ha evaluado oportuno se instrumente un sistema que admita y permita al personal hacer cesar su relación laboral, optando entre distintas alternativas plasmadas en su reglamentación; sujetando el acceso definitivo al referido retiro a las prerrogativas de funcionamiento óptimo de la Repartición y a la continuidad del cumplimiento de las responsabilidades y funciones que le resultan esenciales.
Que, dicho esquema asegura y promueve la razonabilidad operativa y el uso eficiente de los recursos públicos, así como el establecimiento de una dotación acorde con las necesidades funcionales del organismo, previendo mecanismos de desvinculación voluntaria no coactivas como herramientas legítimas de reorganización institucional.
Que, el referido mecanismo establece sucesivas etapas, que principian por la difusión del sistema más una instancia de consultas y acceso a la información de los eventuales adherentes que, luego de analizar las opciones, podrán valorar la conveniencia de seleccionar una u otra, instando el procedimiento formal que concluirá con la suscripción de un acuerdo de desvinculación en los términos del artículo 241 de la Ley de Contrato de Trabajo N.° 20.744 - cuyo modelo forma parte de la presente resolución - ratificándose posteriormente lo actuado por acto administrativo.
Que, a los efectos de suscribir el citado acuerdo -en nombre y representación de esta Dirección Nacional de Vialidad- se autoriza al agente Lic. Diego Tomás Riveira (CUIL 20-26656347-8), quien como titular a cargo de la Gerencia Ejecutiva de Recursos Humanos ha sido facultado para fiscalizar y decidir el acceso del personal al referido sistema
Que, la presente medida es coherente con otras en proceso, que tienden a la reducción del sobredimensionamiento organizacional y al fortalecimiento de la eficiencia en la gestión pública, admitiendo que el personal que hoy se desenvuelve dentro de la Administración Pública, pueda desempeñarse en la actividad privada o desarrollar proyectos particulares, previéndose la posibilidad de un eventual reingreso al Sector Público Nacional transcurridos 5 (cinco) años desde la finalización de la relación de empleo.
Que la Subsecretaría de Desarrollo y Modernización del Empleo Público de la Secretaria de Transformación del Estado y Función Pública del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado y la Subsecretaria de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía han tomado la intervención de su competencia, sin formular observaciones.
Que la Gerencia Ejecutiva de Administración y Finanzas informa que esta Repartición cuenta con los créditos presupuestarios para afrontar el gasto que demanda la presente medida.
Que, la Coordinación de Procesos y Actos Administrativos - Subgerencia de Despacho y Mesa General de Entradas ha tomado la intervención de su competencia.
Que, el Servicio Jurídico permanente de esta Dirección Nacional de Vialidad ha tomado la intervención que le compete, conforme lo establecido en el artículo 7°, inciso d) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N.° 19.549.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Decreto-Ley N.° 505/1958, ratificado por la Ley N.° 14.467, la Ley N.° 16.920, el Decreto N.° 639/2025, y de conformidad con lo dispuesto por el Decreto N.° 57/2026, en el marco de las competencias asignadas a la Dirección Nacional de Vialidad, organismo descentralizado bajo el control tutelar de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía.
Por ello,
EL ADMINISTRADOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.°: Aprobar -a partir de la suscripción de la presente- el reglamento que instituye el Sistema de Retiro Voluntario aplicable al personal de la Dirección Nacional de Vialidad que como Anexo I (IF-2026-10028084-APN-DNV#MEC) forma parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2.°: Aprobar los modelos de acuerdo de desvinculación a suscribir ante la autoridad administrativa del trabajo que como Documentos IF-2026-10028482-APN-DNV#MEC; IF-2026-10028577-APN-DNV#MEC y IF-2026-10028705-APN-DNV#MEC forman parte integrante de la presente, quedando autorizado el Gerente Ejecutivo de Recursos Humanos Lic. Diego Tomás Riveira (CUIL 20-26656347-8) en representación de esta Dirección Nacional de Vialidad a suscribirlo.
ARTÍCULO 3.°: Notificar a la Dirección Nacional de Sistemas y Estadísticas de Empleo Público y Política Salarial de la Subsecretaría de Desarrollo y Modernización del Empleo Público de la Secretaria de Transformación del Estado y Función Pública del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado y, a la Dirección Nacional de Seguimiento de la Inversión en Capital Humano del Sector Público Nacional de la Subsecretaria de Presupuesto de la Secretaria de Haciendo del Ministerio de Economía, de conformidad con lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 4.° de la Resolución Conjunta de la Secretaria de Transformación del Estado y Función Pública y la Secretaría de Hacienda N.° 50/25.
ARTÍCULO 4.°: Publicar por intermedio de la Dirección Nacional de Registro Oficial, la presente Resolución.
ARTÍCULO 5.°: Tomar razón a través de la Subgerencia de Despacho y Mesa General de Entradas, quien comunicará mediante el sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE - CCOO) a las dependencias intervinientes, arbitrará los medios necesarios para la publicación de la presente en Boletín Oficial, y realizará las notificaciones de práctica. Cumplido, pasar a la Gerencia Ejecutiva de Recursos Humanos a fin de cumplimentar lo dispuesto en la presente medida.
ARTÍCULO 6.°: Notificar, comunicar y dar intervención a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación.
Marcelo Jorge Campoy
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 30/01/2026 N° 4460/26 v. 30/01/2026
Fecha de publicación 30/01/2026