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4 de Febrero de 2026

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INTERVENCIÓN

Decreto 82/2026

DECTO-2026-82-APN-PTE - Prórroga.

Ciudad de Buenos Aires, 03/02/2026

VISTO el Expediente N° EX-2026-10995001-APN-DGDA#MEC, los Decretos Nros. 383 del 12 de mayo de 2000, 70 del 20 de diciembre de 2023, 117 del 2 de febrero de 2024 y sus modificatorios, 963 del 30 de octubre de 2024 y 289 del 24 de abril de 2025 y la Decisión Administrativa N° 4 del 31 de enero de 2025, y

CONSIDERANDO:

Que la entonces EDUC.AR SOCIEDAD DEL ESTADO fue creada mediante el Decreto N° 383/00 en jurisdicción del ex-MINISTERIO DE EDUCACIÓN con el objeto de administrar, desarrollar y potenciar el Portal Educativo existente en dicho Ministerio, haciéndola responsable de la inclusión, creación, transmisión e intercambio de los contenidos pertinentes para el conjunto del Sistema Educativo Nacional.

Que a los fines de dotar de una mayor eficiencia al funcionamiento del sector público, por los artículos 40 y 48 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/23, respectivamente, se derogó la Ley N° 20.705 y se dispuso la transformación de las Sociedades o Empresas con participación del Estado en Sociedades Anónimas, acordes al régimen de la Ley General de Sociedades N° 19.550 (T.O. 1984) y sus modificaciones.

Que, en virtud de ello, a los efectos de llevar a cabo dicha transformación resultó menester disponer la intervención de la entonces EDUC.AR SOCIEDAD DEL ESTADO con el fin de definir su conducción y contribuir a optimizar la eficacia y eficiencia de las acciones que cumple, la cual se llevó a cabo mediante el dictado del Decreto N° 117/24 y sus modificatorios, por el plazo de UN (1) año, estableciendo además que dicho período podría ser prorrogado por única vez por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por medio del Decreto N° 963/24 se designó como Interventor de la entonces EDUC.AR SOCIEDAD DEL ESTADO, desde el 1° de noviembre de 2024, al ingeniero Gastón Mariano MARTÍN.

Que de conformidad con lo dispuesto por el referido artículo 48 del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/23, mediante el Acta de Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria N° 44 del 19 de diciembre de 2024 se aprobó la transformación societaria de la entonces EDUC.AR SOCIEDAD DEL ESTADO en EDUC.AR SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL.

Que por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 4/25 se prorrogó la intervención de EDUC.AR SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL, continuadora de EDUC.AR SOCIEDAD DEL ESTADO, por el plazo de UN (1) año, en los términos del citado Decreto N° 117/24, venciendo la prórroga en cuestión el día 4 de febrero del corriente año.

Que, asimismo, por el Decreto Nº 289/25 se transfirió el “PROGRAMA CONECTAR IGUALDAD”, creado por el Decreto N° 11 del 11 de enero de 2022, del ámbito de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO a la órbita de EDUC.AR SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL.

Que durante el plazo de vigencia de la intervención en EDUC.AR SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL se llevaron a cabo, además de la transformación societaria descripta, la aprobación y presentación de balances pendientes de gestiones anteriores y la regularización de trámites societarios ante la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA dependiente de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS REGISTRALES de la SECRETARÍA DE JUSTICIA del MINISTERIO DE JUSTICIA, la aprobación de un nuevo organigrama de la sociedad reduciendo la estructura jerárquica y estableciendo áreas imprescindibles para su eficiente funcionamiento, la restructuración de los recursos humanos de la empresa mediante la implementación de DOS (2) planes de retiros voluntarios, quedando reducida la dotación a CIENTO SETENTA Y DOS (172) personas, lo que permitió reducir el gasto público, el recupero de fondos por deudas pendientes y la generación de diversas acciones tendientes a dar cumplimiento a las normas que rigen en la materia sobre integridad y transparencia pública.

Que las acciones ejecutadas permitieron avanzar en el reordenamiento de la empresa, la cual al momento de la intervención se encontraba sobredimensionada y en una situación crítica de financiamiento.

Que actualmente la referida Sociedad se encuentra trabajando en una modificación del reglamento de compras y contrataciones, y se están elaborando manuales de procedimientos para dotar a la empresa de circuitos estandarizados, claros y uniformes para el mejor logro de sus objetivos, situación que resulta de suma importancia para garantizar una administración eficiente.

Que, a su vez, se encuentra en desarrollo un plan estratégico que contempla la generación de recursos propios y la sostenibilidad financiera de la empresa como parte de la reorganización societaria llevada a cabo hasta la fecha.

Que, en virtud de lo antedicho, resulta imprescindible continuar con los procesos orientados a modernizar los instrumentos normativos y procedimentales del organismo, reforzando la transparencia, previsibilidad y eficiencia, adecuándolos a los lineamientos de política pública definidos por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que, en este marco, la intervención se ha constituido no solo en el instrumento que permitió ordenar y restructurar a la sociedad, sino también en la herramienta necesaria para encauzar su adaptación funcional a las nuevas responsabilidades asumidas, garantizando una gestión coordinada, eficiente y transparente de los recursos y compromisos del ESTADO NACIONAL.

Que la finalización de la intervención en esta etapa podría generar discontinuidades en la conducción, fragmentación en los procesos decisorios y debilitamiento de los mecanismos de control y gestión, con el consiguiente riesgo de afectar tanto la consolidación institucional de EDUC.AR SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL como la adecuada ejecución del “PROGRAMA CONECTAR IGUALDAD” y demás funciones a su cargo.

Que, por todo ello, la magnitud y complejidad de las tareas en curso, junto con las nuevas obligaciones asumidas por la mencionada Sociedad, tornan imprescindible la continuidad de la intervención por un plazo adicional que permita completar la normalización institucional, consolidar la restructuración en marcha y asegurar una transición ordenada hacia un régimen de funcionamiento regular sin afectar el interés público comprometido en la continuidad de los servicios educativos y de conectividad que el ESTADO NACIONAL garantiza a través de EDUC.AR SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL.

Que la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “AGENCIA DE TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS PÚBLICAS” del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.

Que ha tomado intervención el servicio de asesoramiento jurídico pertinente.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Prorrógase por el plazo de UN (1) año, a partir del 4 de febrero de 2026, la intervención de EDUC.AR SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL, dispuesta por el Decreto N° 117 del 2 de febrero de 2024 y prorrogada por la Decisión Administrativa N° 4 del 31 de enero de 2025.

ARTÍCULO 2°.- El plazo establecido en el artículo anterior podrá ser prorrogado por única vez por igual período por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 3°. - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - E/E Federico Adolfo Sturzenegger

e. 04/02/2026 N° 5520/26 v. 04/02/2026

Fecha de publicación 04/02/2026