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4 de Febrero de 2026

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 11/2026

RESOL-2026-11-APN-D#ARN

Ciudad de Buenos Aires, 08/01/2026

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2025-117599479-APN-GSRFYS#ARN, la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98, y

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo establecido en el Artículo 16, Inciso c, de la Ley N° 24.804, la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) tiene la facultad de otorgar, suspender y revocar licencias, permisos o autorizaciones para los usuarios de material radiactivo.

Que el usuario Raúl Rubén RISSI ha solicitado a esta ARN la baja de las Licencias de Operación N° 16437/2/7 para el Propósito 3.1 USO DE FUENTES RADIACTIVAS NO SELLADAS EN ESTUDIOS DIAGNÓSTICOS, con vencimiento el 14/10/2026; y N° 19498/0/5 para el Propósito 3.2.1-3.2.2 USO DE FUENTES RADIACTIVAS NO SELLADAS PARA TRATAMIENTO DE HIPERTIROIDISMO Y CARCINOMA DE TIROIDES, con vencimiento el 14/10/2026.

Que, en ese sentido, la SUBGERENCIA CONTROL DE APLICACIONES MÉDICAS documentó la transferencia de las fuentes radiactivas de la instalación Medicina Nuclear Villa Mercedes y verificó que no posee requerimientos pendientes de cumplimiento.

Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS recomendó dar curso favorable a la solicitud de baja de las mencionadas licencias

Que las GERENCIAS ASUNTOS JURÍDICOS y ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS han tomado en el trámite la intervención correspondiente.

Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en el Artículo 22 de la Ley N° 24.804.

Por ello, en su reunión de fecha 28 de noviembre de 2025 (Acta N° 34),

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1°.- Otorgar la baja de las Licencias de Operación de Raúl Rubén RISSI N° 16437/2/7 para el Propósito 3.1 USO DE FUENTES RADIACTIVAS NO SELLADAS EN ESTUDIOS DIAGNÓSTICOS; y N° 19498/0/5 para el Propósito 3.2.1-3.2.2 USO DE FUENTES RADIACTIVAS NO SELLADAS PARA TRATAMIENTO DE HIPERTIROIDISMO Y CARCINOMA DE TIROIDES.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la GERENCIA EJECUTIVA, a la GERENCIA DE LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS Y PRÁCTICAS y notifíquese a Raúl Rubén RISSI. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese.

E/E Carlos Terrado

e. 04/02/2026 N° 5206/26 v. 04/02/2026

Fecha de publicación 04/02/2026