SECRETARÍA GENERAL
Decisión Administrativa 3/2026
DA-2026-3-APN-JGM - Transfiérese agente.
Ciudad de Buenos Aires, 05/02/2026
VISTO el Expediente N° EX-2025-47782811-APN-CGD#SGP, la Ley Nº 25.164, los Decretos Nros. 1421 del 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios y 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramita la transferencia de la agente María Gabriela SCHOOS, quien revista en la planta permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA, en UN (1) cargo Nivel B, Grado 9, Agrupamiento Profesional, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, a la planta permanente de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que dicha transferencia se funda en que la referida agente posee un perfil que responde a las necesidades propias de los objetivos asignados a la Jurisdicción de destino.
Que la presente medida no implica menoscabo moral ni económico para la agente SCHOOS, quien prestó conformidad a dicha transferencia.
Que han tomado intervención los servicios jurídicos permanentes de las Jurisdicciones involucradas.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 15, inciso b) apartado IV del Anexo I al Decreto N° 1421/02.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Transfiérese, a partir del dictado de la presente medida, de la planta permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA a la agente María Gabriela SCHOOS (D.N.I. Nº 25.998.054), quien revista en UN (1) cargo, Nivel B - Grado 9, Agrupamiento Profesional, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, a la planta permanente de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con su respectivo cargo y nivel escalafonario.
ARTÍCULO 2°.- La agente transferida en virtud de lo dispuesto por el artículo 1° de la presente decisión administrativa mantendrá su actual Nivel, Grado, Agrupamiento y Tramo de revista alcanzados en su carrera administrativa.
ARTÍCULO 3°.- Establécese que hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de la erogación emergente de la transferencia dispuesta por el artículo 1° de la presente medida se efectuará con cargo a los créditos presupuestarios asignados a la Jurisdicción de origen.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Manuel Adorni - Luis Andres Caputo
e. 06/02/2026 N° 6214/26 v. 06/02/2026
Fecha de publicación 06/02/2026