ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
Disposición 341/2026
DI-2026-341-APN-ANMAT#MS
Ciudad de Buenos Aires, 06/02/2026
VISTO el Expediente Electrónico EX-2026- 04276221-APN-DVPS#ANMAT y;
CONSIDERANDO:
Que las actuaciones citadas en el VISTO se originaron por el Servicio de Domisanitarios del Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal dependiente de la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud con el objeto de verificar la legitimidad del producto rotulado como “AGUA LAVANDINA COMÚN. Val chemical. Elimina el 99,9% de las bacterias de tu hogar. 25 g Cl/l. Compañía de Poliproductos Baigó S.A. – Atuel N°47 Hurlingham – Pcia. de Bs. As. www.valchemical.com.ar. RNE: N° 020045624”, el cual no contaba con dato del N° de registro del producto ante la ANMAT.
Que el Servicio de Domisanitarios constató que, si bien la empresa cuenta con habilitación nacional para el rubro domisanitario, el producto cuestionado no se encuentra registrado ante esta ANMAT.
Que por ello se citó a la firma Compañía de Poliproductos Baigó S.A. a fin de que realizara el reconocimiento del producto.
Que los representantes de la firma reconocieron la mercadería como propia, declarando que habían elaborado el producto pero que no lo habían comercializado.
Que se le consultó a la firma si el producto se encontraba registrado ante la Autoridad Jurisdiccional y declaró que tampoco contaba con registro ante la Autoridad Sanitaria de la provincia de Buenos Aires.
Que , por expediente EX-2025-68824061-APN-DVPS#ANMAT, la firma informó lotes y unidades del producto elaborado y notificó 60 unidades del producto como “faltantes” del lote LAB: OP3693 (IF-2025-100571905-APN-ANMAT#MS).
Que se citó nuevamente a la firma Compañía de Poliproductos Baigó S.A. a fin de que realizara el reconocimiento de otros productos y que informara cuál era el destino de las 60 unidades faltantes del lote LAB. OP3693 informado, a lo que el Director Técnico de la firma declaró que desconocía el destino de esas unidades.
Que también se consultó a los representantes de la firma si alguna persona de la empresa podía dar respuesta sobre lo ocurrido con las unidades faltantes, a lo que informaron que el dueño no se encontraba presente por motivos personales.
Que el Acta ACTA-2025-107300359-APN-DVPS#ANMAT fue notificada sin que la empresa haya dado respuesta sobre las unidades faltantes de producto objetado.
Que en relación específicamente con la comercialización, la firma no ha dado respuesta a la solicitud de la Autoridad Sanitaria respecto de las 60 unidades declaradas por la Compañía de Poliproductos Baigó S.A. como faltantes, sin que la falta de dichas unidades hubiera sido reportada con anterioridad por la firma como responsable de los productos cuestionados.
Que por todo lo expuesto, el Servicio de Domisanitarios indicó que la firma presuntamente incumplió el artículo 1º de la Resolución ex MS y AS N°709/98 y la Disposición ANMAT Nº 7292/98 y sus modificatorias, por haber elaborado productos domisanitarios sin contar con los correspondientes registros ante esta ANMAT.
Que en consecuencia, el Servicio de Domisanitarios y el Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal, sugirieron: a) Prohibir el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de todos los lotes del producto rotulado como “AGUA LAVANDINA COMÚN. Val chemical. Elimina el 99,9% de las bacterias de tu hogar. 25 g Cl/l. Compañía de Poliproductos Baigó S.A. – Atuel N°47 Hurlingham – Pcia. de Bs. As. www.valchemical.com.ar. RNE: N° 020045624”, sin dato del N° de registro del producto ante la ANMAT, hasta que regularice su situación; b) Iniciar el correspondiente sumario sanitario a la firma Compañía de Poliproductos Baigó S.A., CUIT 30-63576968-4, RNE N°020045624, con domicilio en la calle Atuel N°47, localidad y partido de Hurlingham, de la provincia de Buenos Aires, y al Director Técnico Oscar Gabriel Horacio FERNANDEZ, CUIL 23-22635518-9, por los presuntos incumplimientos al artículo 1º de la Resolución ex MS y AS N°709/98 y al artículo 2° la Disposición ANMAT Nº 7292/98 y sus modificatorias; c) Comunicar a la Autoridad Sanitaria Jurisdiccional, a sus efectos.
Que desde el punto de vista procedimental esta Administración Nacional resulta competente en las cuestiones que se ventilan en virtud de lo dispuesto por el Decreto Nº 1490/92.
Que la Dirección de Evaluación de Gestión y Monitoreo de Productos para la Salud y la Coordinación de Sumarios han tomado la intervención de su competencia.
Que se actúa en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1490/92 y sus modificatorias.
Por ello:
EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
DISPONE:
ARTÍCULO 1°. Prohíbese el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional de todos los lotes del producto rotulado como “AGUA LAVANDINA COMÚN. Val chemical. Elimina el 99,9% de las bacterias de tu hogar. 25 g Cl/l. Compañía de Poliproductos Baigó S.A. – Atuel N°47 Hurlingham – Pcia. de Bs. As. www.valchemical.com.ar. RNE: N° 020045624”, sin dato del N° de registro del producto ante la ANMAT, hasta que regularice su situación.
Se adjuntan imágenes del producto detallado registrado con el número IF-2026-08327717-APN-CS#ANMAT que forma parte integrante de la presente Disposición.
ARTÍCULO 2°. Instrúyase sumario sanitario la firma Compañía de Poliproductos Baigó S.A., CUIT 30-63576968-4, RNE N°020045624, con domicilio en la calle Atuel N°47, localidad y partido de Hurlingham, de la provincia de Buenos Aires, y al Director Técnico Oscar Gabriel Horacio FERNANDEZ, CUIL 23-22635518-9, por los presuntos incumplimientos al artículo 1º de la Resolución ex MS y AS N°709/98 y al artículo 2° la Disposición ANMAT Nº 7292/98 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 3º. Dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial. Comuníquese a las autoridades sanitarias provinciales, a la del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Dirección de Relaciones Institucionales y a la Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud. Comuníquese la prohibición dispuesta a la Dirección de Gestión de Información Técnica a sus efectos. Cumplido, dese a la Coordinación de Sumarios a sus efectos.
Luis Eduardo Fontana
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 10/02/2026 N° 6455/26 v. 10/02/2026
Fecha de publicación 10/02/2026