SECRETARÍA DE CULTURA
Resolución 87/2026
RESOL-2026-87-APN-SC
Ciudad de Buenos Aires, 12/02/2026
VISTO el Expediente N° EX-2025-49005037- -APN-TNC#SC, la Ley de Presupuesto Nacional de la Administración Nacional Nº 27.798, los Decretos Nros. 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 50 del 19 de diciembre de 2019, sus modificatorios y complementarios, 958 del 25 de octubre 2024, 989 del 5 de noviembre 2024 y 60 del 4 de febrero de 2025, la Decisión Administrativa Nº 826 de fecha 2 de octubre de 2019, las Resoluciones Nros. 300 del 22 de abril de 2022 del registro del TEATRO NACIONAL CERVANTES y 20 del 15 de noviembre de 2024 de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 27.798 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio Fiscal 2026.
Que mediante la Decisión Administrativa Nº 1 de fecha 19 de enero de 2026 se distribuyeron los recursos y los créditos presupuestarios para dar inicio a la ejecución del Ejercicio Fiscal 2026.
Que por el expediente citado en el Visto, tramita la asignación transitoria a partir del 22 de abril de 2025, de la función de Coordinadora de Planificación General del TEATRO NACIONAL CERVANTES, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en un cargo Nivel B, Función Ejecutiva Nivel IV, a la agente Aurora Dora MILEA (CUIL N° 27-13914725-7), quien reviste en la Planta Permanente del organismo en un Nivel B - Grado 2, Tramo General del Agrupamiento General, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial Homologado por el Decreto Nº 2098/2008 y sus modificatorios.
Que a través de la Decisión Administrativa Nº 826/2019 se aprobaron las estructuras organizativas de primer y segundo nivel operativo del TEATRO NACIONAL CERVANTES, y se homologaron y reasignaron en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes a dicha Jurisdicción.
Que por el Decreto N° 989/2024 se modificó en último término la Ley de Ministerios, suprimiendo las competencias asignadas al MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO en todo lo concerniente a la cultura e incorporando la SECRETARÍA DE CULTURA como Secretaría Presidencial.
Que por el Decreto N° 993/2024 se incorporó la conformación organizativa, objetivos y ámbito de actuación de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que por el Decreto Nº 60/2025 y su modificatorio, se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la SECRETARÍA DE CULTURA en la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que atento a la particular naturaleza de las tareas asignadas a la mencionada Unidad Organizativa y con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de la Jurisdicción, resulta necesario proceder a la asignación de funciones con carácter transitorio en el mencionado cargo, en los términos del Título X del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/2008 y sus modificatorios, y del Artículo 15, inciso a), del Anexo I al Decreto Nº 1421/2002, reglamentario de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.
Que el artículo 108 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/2008 y sus modificatorios, establece que la subrogancia recaerá en el personal que reviste en calidad de permanente y goce de estabilidad, por alguna de las causas que allí establece.
Que el Decreto Nº 2098/2008 y sus modificatorias, refiere en los artículos 107, 109 y 112 sobre la subrogancia de la asignación transitoria de funciones ejecutivas o de jefatura, su percepción y requisitos que deberá cumplir la o el reemplazante del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).
Que la persona propuesta en cuestión posee la idoneidad y el mérito suficientes para desempeñar dicha función de coordinación.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que el artículo 2º del Decreto Nº 958/2024 faculta al JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, a los Ministros, a los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, al Procurador del Tesoro de la Nación y a los Vicejefes de Gabinete de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, entre otras cuestiones, a disponer asignaciones transitorias de funciones en sus respectivas jurisdicciones.
Que la presente medida se ha enmarcado conforme los lineamientos establecidos por la Resolución N° 20/2024 de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO y la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA, ambas dependientes del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, han tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN del TEATRO NACIONAL CERVANTES ha tomado intervención.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, ha tomado la intervención de su competencia.
Que ha tomado intervención la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA de la NACIÓN.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, ha tomado la intervención de su competencia, en el marco del artículo 18 del Decreto Nº 993/24.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 2º del Decreto Nº 958/24.
Por ello,
EL SECRETARIO DE CULTURA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
RESUELVE
ARTÍCULO 1°.- Dase por asignada con carácter transitorio, a partir del 22 de abril de 2025 y por el plazo establecido en el artículo 21 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Decreto Nº 2098/08 sus modificatorios y complementarios, a la señora Aurora Dora MILEA (CUIL N° 27-13914725-7), quien reviste en un cargo de la Planta Permanente del TEATRO NACIONAL CERVANTES, Nivel B - Grado 2, Tramo General del Agrupamiento General del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), la función de Coordinadora de Planificación General dependiente de la DIRECCIÒN DE PRODUCCIÓN del TEATRO NACIONAL CERVANTES, organismo – por entonces - descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, en un cargo Nivel B, Función Ejecutiva Nivel IV, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 sus modificatorios y complementarios, de conformidad a lo establecido en el Título X, artículos 107 a 112 del SINEP.
ARTÍCULO 2°.- Se autoriza el pago de la Asignación Básica del Nivel B, con más los adicionales por Grado y Tramo correspondiente a la situación de revista de la señora Aurora Dora MILEA (CUIL N° 27-13914725-7), y el Suplemento por Función Ejecutiva Nivel IV del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, mientras se encuentre vigente la asignación transitoria de funciones superiores que dio origen a la percepción, y asimismo se realiza la presente asignación transitoria de funciones con autorización excepcional, por no cumplir la agente con los requisitos exigidos del cargo subrogado, conforme lo establecido en el artículo 112 del Convenio Colectivo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por el Decreto 2098/08 sus modificatorios y complementarios.
ARTÍCULO 3º.- La medida se extenderá hasta tanto se instrumente su cobertura definitiva con arreglo a los respectivos regímenes de selección, no pudiendo superar el plazo de TRES (3) años, conforme lo dispuesto por los artículos 110 y 111 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios.
ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes a la JURISDICCIÓN 20 - PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, SUBJURISDICCIÓN 14 - SECRETARÍA DE CULTURA, SAF 113 - TEATRO NACIONAL CERVANTES.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese dentro del PLAZO de CINCO (5) días de su publicación a la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.
Leonardo Javier Cifelli
e. 18/02/2026 N° 8195/26 v. 18/02/2026
Fecha de publicación 18/02/2026