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19 de Febrero de 2026

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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE SALUD

Resolución 279/2026

RESOL-2026-279-APN-MS

Ciudad de Buenos Aires, 18/02/2026

VISTO el EX-2025-112089429-APN-DGD#MS, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, los Decretos N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios y complementarios, N° 1138 del 30 de diciembre de 2024, la Resolución Ministerial N° 1997 del 8 septiembre de 2023; y,

CONSIDERANDO

Que, conforme lo establecido por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) -y sus modificaciones-, en su Artículo 23°, incisos 3° y 18°, compete al MINISTERIO DE SALUD todo lo inherente a la salud de la población y a la promoción de conductas saludables de la comunidad y, en particular ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia destinados a la mejora de la calidad y al logro de la equidad de los sistemas de salud, garantizando a la población el acceso a los bienes y servicios de salud, así como también intervenir en las acciones destinadas a promover la formación y capacitación de los recursos humanos destinados al área de la salud, respectivamente.

Que el Decreto N° 1138/2024 establece que es responsabilidad primaria del MINISTERIO DE SALUD, a través de su DIRECCIÓN NACIONAL DE ABORDAJE INTEGRAL DE SALUD MENTAL, gestionar las redes locales, regionales y nacionales, ordenadas según criterios de riesgo, que contemplen el desarrollo de los recursos para la atención primaria de la salud mental, en coordinación con las áreas con competencia en la materia, articulando los diferentes niveles y estableciendo los mecanismos de referencia y contrarreferencia.

Que la mentada norma indica que corresponde a la DIRECCIÓN NACIONAL DE ABORDAJE INTEGRAL DE SALUD MENTAL promover acciones que contribuyan a la unificación de criterios sobre la mejor forma de atención psiquiátrica y propiciar las modificaciones necesarias, así como su incorporación en las instancias de formación y capacitación profesional, en el ámbito de su competencia.

Que por Resolución Ministerial N° 3050/2025 se aprobó el “PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN EN SALUD MENTAL”.

Que dicho Programa Nacional de Formación en Salud Mental instituye como objetivo en su Eje 1 “Rectoría” la promoción del fortalecimiento institucional a través de acciones de formación para todos los cursos de vida en las problemáticas emergentes, críticas y prevalentes en cada jurisdicción.

Que, dentro del campo de la salud mental, la Enfermedad del Alzheimer (EA) se identifica por ser una de las patologías neurodegenerativas más prevalentes a nivel mundial, sobre todo en personas mayores. Es progresiva e irreversible, caracterizada por un deterioro cognitivo y conductual que interfiere significativamente con el funcionamiento social y ocupacional.

Que, en virtud de lo señalado, resulta oportuno y necesario, para el trabajo conjunto con las jurisdicciones locales, otros organismos públicos y privados y con la comunidad en general del campo de la Salud Mental, la aprobación del PLAN NACIONAL DE ALZHEIMER Y TRASTORNOS RELACIONADOS, impulsado por la ya referida DIRECCIÓN NACIONAL DE ABORDAJE INTEGRAL DE SALUD MENTAL dependiente de la SUBSECRETARÍA DE INSTITUTOS Y FISCALIZACIÓN de la SECRETARÍA DE GESTIÓN SANITARIA; con referencia técnica a nivel nacional sobre los principales trastornos neurológicos asociados a la salud mental.

Que dicho Plan tendrá como objetivo impulsar la mejora en la calidad de vida de los pacientes y sus familiares, transformando las prácticas, en función de los principios normativos nacionales e internacionales vigentes a través de la formación, la capacitación en servicio y del establecimiento de líneas prioritarias de investigación y herramientas de estandarización de procesos, tendientes al cumplimiento del objetivo del presente; a la vez que se disminuye el impacto de estas enfermedades en nuestro medio poniendo el foco en la prevención.

Que la presente medida no implica erogación presupuestaria alguna para esta jurisdicción.

Que la presente medida es propiciada por la DIRECCIÓN NACIONAL DE ABORDAJE INTEGRAL DE SALUD MENTAL.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD Y DESARROLLO DEL TALENTO EN SALUD ha tomado intervención en la faz de su competencia.

Que la SUBSECRETARÍA DE INSTITUTOS Y FISCALIZACIÓN, la SECRETARÍA DE GESTIÓN SANITARIA y la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA han tomado intervención.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se adopta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 103 de la Constitución Nacional, por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992), sus normas modificatorias y complementarias, por la Ley N° 26.657 y por su Decreto Reglamentario N° 603/2013.

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el PLAN NACIONAL DE ALZHEIMER Y TRASTORNOS RELACIONADOS, en el ámbito de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ABORDAJE INTEGRAL DE SALUD MENTAL dependiente de la SUBSECRETARÍA DE INSTITUTOS Y FISCALIZACIÓN de la SECRETARÍA DE GESTIÓN SANITARIA, el cual tendrá los ejes y objetivos que se instituyen en el ANEXO I (IF-2026-17034593-APN-DNAISM#MS) que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°.- Facúltase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE ABORDAJE INTEGRAL DE SALUD MENTAL a dictar las normas complementarias y/o aclaratorias, guías, pautas, directrices y/o recomendaciones necesarias para el cumplimiento y la implementación del Plan creado por el Artículo 1° de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- El dictado de la presente medida no implica erogación presupuestaria alguna para esta jurisdicción.

ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Mario Iván Lugones

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 19/02/2026 N° 8641/26 v. 19/02/2026

Fecha de publicación 19/02/2026