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Primera sección


MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición 2812/2025

DI-2025-2812-APN-DNRYRT#MCH

Ciudad de Buenos Aires, 18/12/2025

VISTO el Expediente EX-2022-79992778- -APN-DGD#MT, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, la Disposición DI-2025-945-APN-DNRYRT#MCH, DI-2023-925-APN-DNL#MT, y

CONSIDERANDO:

Que en las páginas 3/7 del documento RE-2022-79992251-APN-DGD#MT del presente expediente, obran las escalas salariales pertenecientes al acuerdo homologado por la Disposición DI-2025-945-APN-DNRYRT#MCH, y registrado bajo el Nº 1241/25, celebrado por la ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES UNIVERSITARIOS DEL AGUA Y ENERGIA ELÉCTRICA y la EMPRESA DISTRIBUIDORA SAN LUIS SOCIEDAD ANÓNIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 850/07 “E”, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en la referida Disposición también se dispuso evaluar la procedencia de establecer los promedios de las remuneraciones para, en caso de corresponder, fijar los topes previstos en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que en relación a ello, preliminarmente se observa que mediante la DI-2023-925-APN-DNL#MT se fijaron los importes promedio de las remuneraciones de los cuales surge el tope indemnizatorio con vigencias para los meses de marzo, junio, agosto, octubre y diciembre de 2022 correspondientes al Acuerdo N° 2394/23.

Que en función de lo antedicho y atento a que las partes en el Acuerdo N° 1241/25 han establecido nuevos incrementos salariales para los meses de julio y noviembre de 2022 y enero de 2023, se ha procedido a actualizar el promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio resultante, anteriormente fijados.

Que, cabe destacar que la DI-2023-925-APN-DNL#MT, conserva su eficacia y demás efectos en aquello que no resulte modificado por el presente acto.

Que en cumplimiento de lo dispuesto se emitió en estas actuaciones el correspondiente informe técnico IF-2025-139029474-APN-DTRT#MCH, al cual se remite en orden a la brevedad, donde se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para la determinación del promedio mensual de remuneraciones y del tope indemnizatorio resultante.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N°14.250 (t.o. 2004), el Artículo 10 del Decreto N° 200/88 y sus modificatorias y el DECTO-2024-862-APN-PTE.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Fíjase el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio, según los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, derivado del acuerdo homologado por la Disposición DI-2025-945-APN-DNRYRT#MCH y registrado bajo el Nº 1241/25, conforme a lo detallado en el archivo embebido que, como ANEXO DI-2025-139025152-APN-DTRT#MCH forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2º.- Déjase sin efecto los importes promedio de las remuneraciones y los topes indemnizatorios con fecha de entrada en vigencia establecidas para el 1º de agosto de 2022, 1º de octubre de 2022 y 1º de diciembre de 2022 fijados en el DI-2023-116470946-APN-DNRYRT#MT que como ANEXO integra la DI-2023-925-APN-DNL#MT, derivados del Acuerdo N° 2394/23.

ARTÍCULO 3º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL para la intervención correspondiente. Cumplido ello, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que se tome conocimiento de lo dispuesto en el artículo precedente y asimismo registre el importe promedio de las remuneraciones y el tope indemnizatorio fijados por el artículo 1° de la presente. Posteriormente procédase a la guarda correspondiente.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Mara Agata Mentoro

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 19/02/2026 N° 8220/26 v. 19/02/2026

Fecha de publicación 19/02/2026