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20 de Febrero de 2026

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 35/2026

RESOL-2026-35-APN-D#ARN

Ciudad de Buenos Aires, 11/02/2026

VISTO el Expediente Electrónico EX-2025-109582280- -APN-GSRFYS#ARN, la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98, la Resolución de Directorio de ARN N° RESOL-2021-33-APN-D#ARN, las Notas N° NO-2025-108070333-APN-GASNYA#CNEA y NO-2026-08521846-APN-CNEA#MEC, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 9°, inciso a), de la Ley N° 24.804 establece que toda persona humana o jurídica que desarrolle una actividad nuclear deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) y solicitar el otorgamiento de la licencia, permiso o autorización que la habilite para su ejercicio.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 16, inciso c), de la Ley N° 24.804, entre las funciones de la ARN se encuentra la de otorgar, suspender y revocar licencias, permisos o autorizaciones en materia de minería y concentración de uranio, seguridad de reactores de investigación, aceleradores relevantes, instalaciones radiactivas relevantes, incluyendo las instalaciones para la gestión de desechos o residuos radiactivos, y aplicaciones nucleares en actividades médicas e industriales.

Que la PLANTA DE PRODUCCIÓN DE RADIOISÓTOPOS (PPR), perteneciente a la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA) cuenta con Licencia de Operación vigente, cuyo vencimiento opera el día 12 de febrero de 2026, otorgada mediante Resolución de Directorio de ARN N° RESOL-2021-33-APN-D#ARN.

Que la CNEA solicitó a la ARN la renovación de la Licencia de Operación de la PPR, mediante Nota N° NO-2025-108070333-APN-GASNYA#CNEA, la cual se está tramitando por medio del expediente electrónico EX-2025-109582280- -APN-GSRFYS#ARN.

Que, a la fecha, el trámite de renovación de la Licencia de Operación de la PPR cuenta con opinión favorable de los sectores técnicos intervinientes de las GERENCIAS DE LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS Y PRÁCTICAS y de SEGURIDAD FÍSICA NUCLEAR, NO PROLIFERACIÓN Y SALVAGUARDIAS, tomando así la intervención que les compete.

Que aún resta completar el proceso administrativo para el otorgamiento de la renovación de la Licencia de Operación de la PPR, restando únicamente el dictamen final de la SUBGERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS, y el pronunciamiento del DIRECTORIO para el otorgamiento definitivo.

Que la continuidad operativa de la PPR ha sido justificada por el Presidente de la CNEA mediante nota N° NO-2026-08521846-APN-CNEA#MEC, indicando que dicha instalación “constituye un pilar estratégico para la salud pública y el desarrollo tecnológico, ya que su funcionamiento garantiza el suministro crítico de radioisótopos y moléculas marcadas esenciales para el diagnóstico y tratamiento en Medicina Nuclear”.

Que a fin que la instalación pueda continuar funcionando mientras se complete el análisis del cumplimiento de los requisitos administrativos resulta oportuno y procedente conceder una prórroga, difiriendo el vencimiento de la licencia por un término de 90 días.

Que el artículo 20 del Anexo I del Decreto 1398/98 dispone que el Presidente de la Autoridad Regulatoria Nuclear dispone de todas las facultades ejecutivas que fuere menester a efectos de que dicho organismo lleve adecuadamente a cabo las funciones que por ley se le asignan.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Otórguese una prórroga a la vigencia de la Licencia de Operación de la PLANTA DE PRODUCCIÓN DE RADIOISÓTOPOS perteneciente a la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA, la cual fuere otorgada mediante Resolución de Directorio de ARN N° RESOL-2021-33-APN-D#ARN, por un período de noventa (90) días a partir de su fecha de vencimiento o hasta que sea otorgada la renovación de la misma, la cual se encuentra en trámite ante la Autoridad Regulatoria Nuclear.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la GERENCIA EJECUTIVA, a la GERENCIA DE LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS Y PRÁCTICAS, a la GERENCIA SEGURIDAD FÍSICA NUCLEAR, NO PROLIFERACIÓN Y SALVAGUARDIAS. Notifíquese a la Instalación PLANTA DE PRODUCCIÓN DE RADIOISÓTOPOS (PPR) y a la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA, en su carácter de Entidad Responsable de la citada Instalación. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese

Leonardo Juan Sobehart

e. 20/02/2026 N° 8554/26 v. 20/02/2026

Fecha de publicación 20/02/2026