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24 de Febrero de 2026

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MINISTERIO DE ECONOMÍA

Resolución 171/2026

RESOL-2026-171-APN-MEC

Ciudad de Buenos Aires, 20/02/2026

Visto el expediente EX-2025-20402263- -APN-SICYT#JGM, las leyes 27.514 y 27.798 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2026, los decretos 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 958 del 25 de octubre de 2024, 1148 del 30 de diciembre de 2024, 461 del 7 de julio de 2025, 585 del 14 de agosto de 2025, 627 del 2 de septiembre de 2025, 934 del 31 de diciembre de 2025, la decisión administrativa 249 del 1° de abril de 2019, y las resoluciones 53 del 27 de mayo de 2021 de la ex Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros (RESOL-2021-53-APN-SGYEP#JGM) y su modificatoria y 20 del 15 de noviembre de 2024 de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado (RESOL-2024-20-APN-STEYFP#MDYTE), y

CONSIDERANDO:

Que por la ley 27.798 del se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2026.

Que por el artículo 7° de la citada ley se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes existentes a la fecha de su entrada en vigencia ni los que se produzcan con posterioridad sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que a través del decreto 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes al Ministerio de Economía, y se establecieron los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarían los organismos desconcentrados y descentralizados.

Que mediante la decisión administrativa 249 del 1° de abril de 2019 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la ex Junta de Investigación de Accidentes de Aviación Civil.

Que por el artículo 4° de la ley 27.514 se creó la Junta de Seguridad en el Transporte como organismo descentralizado en la órbita del ex Ministerio de Transporte, actualmente en el ámbito de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, con autarquía económico financiera, personalidad jurídica propia y capacidad para actuar en el ámbito del derecho público y privado, y mediante el artículo 30 de la citada ley se estableció que se transferirían a esta las funciones de la ex Junta de Investigación de Accidentes de Aviación Civil con sus respectivas competencias, escalafón, cargos, designaciones, personal, créditos presupuestarios y la administración de los bienes patrimoniales afectados a su uso.

Que a través del artículo 20 del decreto 461 del 7 de julio de 2025 se dispuso la reorganización de la Junta de Seguridad en el Transporte, la que pasó a denominarse Agencia de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación.

Que por el decreto 585 del 14 de agosto de 2025 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la citada Agencia.

Que mediante el decreto 627 del 2 de septiembre de 2025 se restituyó la plena vigencia de las disposiciones normativas derogadas, sustituidas o modificadas por los decretos 461/2025 y 585/2025.

Que en el decreto 958 del 25 de octubre de 2024 se establece que corresponde al Jefe de Gabinete de Ministros, a los Ministros, a los Secretarios de la Presidencia de la Nación, al Procurador del Tesoro de la Nación y a los Vicejefes de Gabinete de la Jefatura de Gabinete de Ministros, en sus respectivos ámbitos, efectuar y/o prorrogar las designaciones transitorias de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, incluyendo las que correspondan a los organismos descentralizados que funcionen en su órbita.

Que en esta instancia, resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Director de Administración de la ex Junta de Investigación de Accidentes de Aviación Civil, actualmente en el ámbito de la Junta de Seguridad en el Transporte, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, desde el 14 de febrero de 2025 hasta el 14 de agosto de 2025, y a partir del 3 de septiembre de 2025 por el término de ciento ochenta (180) días hábiles.

Que de acuerdo con el trámite de que se trata, se ha dado cumplimiento a lo establecido en la resolución 53 del 27 de mayo de 2021 de la ex Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros (RESOL-2021-53-APN-SGYEP#JGM) y su modificatoria.

Que la presente designación transitoria queda exceptuada de las restricciones establecidas en el entonces vigente decreto 1148 del 30 de diciembre de 2024 y en el decreto 934 del 31 de diciembre de 2025.

Que ha tomado intervención el área competente del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades contempladas en el artículo 2° del decreto 958/2024.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Dase por designado transitoriamente, a partir del 14 de febrero de 2025 y hasta el 14 de agosto de 2025, al abogado Martín Ignacio De Azpiazu (MI N° 27.279.009) en el cargo de Director de Administración de la ex Junta de Investigación de Accidentes de Aviación Civil, actualmente en el ámbito de la Junta de Seguridad en el Transporte, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, nivel B, grado 0, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) homologado por el decreto 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios.

Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva nivel II del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y se efectúa la presente designación transitoria con autorización excepcional por no reunir Martín Ignacio De Azpiazu, los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 de dicho convenio.

ARTÍCULO 2°.- Dase por designado transitoriamente, a partir del 3 de septiembre de 2025 y por el término de ciento ochenta (180) días hábiles, al abogado Martín Ignacio De Azpiazu (MI N° 27.279.009) en el cargo de Director de Administración de la ex Junta de Investigación de Accidentes de Aviación Civil, actualmente en el ámbito de la Junta de Seguridad en el Transporte, nivel B, grado 0, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) homologado por el decreto 2098/2008, sus modificatorios y complementarios.

Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva nivel II del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y se efectúa la presente designación transitoria con autorización excepcional por no reunir Martín Ignacio De Azpiazu, los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 de dicho convenio.

ARTÍCULO 3°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), dentro del plazo de ciento ochenta (180) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente medida.

ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de esta resolución será atendido con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes a la Junta de Seguridad en el Transporte.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese a las áreas competentes del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado, conforme lo establecido en el artículo 3° de la resolución 20 del 15 de noviembre de 2024 de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública del citado ministerio (RESOL-2024-20- APN-STEYFP#MDYTE).

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Luis Andres Caputo

e. 24/02/2026 N° 9291/26 v. 24/02/2026

Fecha de publicación 24/02/2026