ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 88/2026
Resolución RESOL-2026-88-APN-ENRE#MEC
ACTA N° 2031
Expediente EX-2025-59560213-APN-SD#ENRE
Buenos Aires, 23 de FEBRERO de 2026
El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la Solicitud de Ampliación del Sistema de Transporte Existente presentada por la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN ALTA TENSIÓN TRANSENER SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSENER S.A.), a requerimiento de la empresa PARQUES EÓLICOS ENERGÍA PURA SOCIEDAD ANÓNIMA (PARQUES EÓLICOS ENERGÍA PURA S.A.), para el otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública (CCyNP) de la obra consistente en el reemplazo de los DOS (2) transformadores 500/132 kV T3CL (150 MVA, actualmente de reserva) y T5CL (100 MVA, en servicio), por DOS (2) nuevos transformadores trifásicos 500/132/13,2 kV de 300 MVA cada uno, quedando ambos en servicio en la Estación Transformadora (ET) Choele Choel. Asimismo, se prevé la provisión de una máquina adicional, de las mismas características de los anteriores, a los efectos de contar con un transformador de reserva fría manteniendo el criterio de diseño actual de la ET, y la construcción de un nuevo campo de salida de línea en 132 kV. 2.- Publicar la solicitud referida en el artículo 1 mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio en la suya, ambas publicaciones por el plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, y por DOS (2) días consecutivos en un diario de amplia difusión del lugar en donde se construirán las obras proyectadas o en donde puedan afectar eléctricamente, otorgando un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos, contados a partir del día siguiente al de la última publicación efectuada, para que, quien considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE. 3.- Establecer que, en caso de que se plantee una presentación fundada y/o que sea común a otros usuarios, se convocará a una Audiencia Pública para recibir las oposiciones y permitir a las partes contestar las mismas y exponer sus argumentos. 4.- Disponer que, en caso de que no hubiera ninguna presentación fundada al vencimiento de los plazos señalados, se considerará emitido el CCyNP y el ENRE procederá a indicar esta condición en el Registro Informativo de Ampliaciones del Sistema de Transporte y Distribución en su página web e informar a las partes. 5.- Hacer saber que el solicitante deberá dar cumplimiento a todos los requerimientos técnicos efectuados por CAMMESA, TRANSENER S.A., el Departamento Ambiental (DAM) y el Departamento de Seguridad Pública (DSP) del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), conforme indica la documentación obrante en las presentes actuaciones, a efectos de garantizar el correcto funcionamiento del Sistema Argentino de Interconexión (SADI). 6.- Notifíquese a CAMMESA, a PARQUES EÓLICOS ENERGÍA PURA S.A. y a TRANSENER S.A. 7.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventor del ENRE, Dr. Néstor Marcelo Lamboglia. -
Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaria del Directorio.
e. 25/02/2026 N° 9703/26 v. 25/02/2026
Fecha de publicación 25/02/2026