ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 102/2026
Resolución RESOL-2026-102-APN-ENRE#MEC
ACTA N° 2031
Expediente EX-2024-132272311-APN-SD#ENRE
Buenos Aires, 25 de FEBRERO de 2026
El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la solicitud de Ampliación del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica presentada por EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE CUYO SOCIEDAD ANÓNIMA (DISTROCUYO S.A.), a requerimiento de la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DEL ESTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESTE S.A.), para la nueva vinculación en 132 kV entre la ESTACIÓN TRANSFORMADORA (ET) San Rafael - ET General Alvear, jurisdicción de DISTROCUYO S.A., en la Provincia de MENDOZA y para el otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública (CCyNP), para dicha vinculación, cuyo conjunto de obras para la ampliación consiste en: a) Apertura de LAT 132 kV Nihuil IV - San Rafael; b) Construcción de una nueva ESTACIÓN TRANSFORMADORA (ET) denominada Parque Industrial San Rafael (PISR) con un transformador 132/34,5/13,8 kV de 60/60/45 MVA; c) Construcción de nueva LAT DT 132 kV de 14 km de longitud para vincular la nueva ET Parque Industrial San Rafael (PISR) con la apertura de la LAT 132 kV Nihuil IV – San Rafael; d) Construcción de campo de línea de 132 KV en ET PISR salida a ET Gral. Alvear; e) Construcción de nueva LAT 132 kV de 79,5 km de longitud desde ET PISR hasta la ET Gral. Alvear y; f) Construcción de dos campos de línea en serie de 132 kV en la nueva ET Gral. Alvear para la conexión de la nueva LAT de 132 kV, el primer campo será operado por la DISTROCUYO S.A., el segundo campo será operado por la Distribuidora EDESTE S.A. y será parte de la ET Gral. Alvear. 2.- Publicar la solicitud referida en el artículo 1 mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio en la suya, ambas publicaciones por el plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, y por DOS (2) días consecutivos en un diario de amplia difusión del lugar en donde se construirá la obra proyectada o en donde pueda afectar eléctricamente, otorgando un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos desde la última publicación efectuada, para que quien considere que la solicitud en cuestión pudiera afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee oposición fundada por escrito ante el ENRE. 3.- Establecer que, en caso de que existan presentaciones fundadas comunes a otros usuarios, se convocará a Audiencia Pública para recibirlas y permitir al solicitante contestarlas y exponer sus argumentos. 4.- Disponer que, operado el vencimiento de los plazos indicados sin que se registren presentaciones de oposición fundadas en los términos descriptos, se considerará emitido el CCyNP y el ENRE procederá a indicar esta condición en el Registro Informativo de Ampliaciones del Sistema de Transporte y Distribución en su página web e informar a las partes. 5.- Hacer saber al solicitante que deberá dar cumplimiento a las indicaciones y requerimientos técnicos efectuados por DISTROCUYO S.A., CAMMESA, el Departamento Ambiental (DAM) y el Departamento de Seguridad Pública (DSP) del ENRE, conforme indica la documentación obrante en las presentes actuaciones, a efectos de garantizar el correcto funcionamiento del Sistema Argentino de Interconexión (SADI). 6.- Hacer saber que el solicitante deberá gestionar los planos de mensura y las modificaciones necesarias para la constitución de la Servidumbre Administrativa de Electroducto (SAE) e inscripción en el registro de la propiedad del inmueble correspondiente, conforme a la Ley N° 19.552 y el artículo 69 de la Ley N° 24.065 (T.O. 2025), constituyendo la SAE a favor de DISTROCUYO S.A., responsable de realizar todas las acciones tendientes a la constitución definitiva de la misma conforme los artículos 4 y 6 de la Ley N° 19.552. 7.- Notifíquese a DISTROCUYO S.A., EDESTE S.A., EPRE MENDOZA y CAMMESA. 8.- Regístrese, comuníquese, publique en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventor del ENRE, Dr. Néstor Marcelo Lamboglia. -
Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaria del Directorio.
e. 27/02/2026 N° 10591/26 v. 27/02/2026
Fecha de publicación 27/02/2026