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27 de Febrero de 2026

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE

Disposición 12/2026

DISFC-2026-12-APN-DE#CNA

Ciudad de Buenos Aires, 24/02/2026

VISTO el Expediente EX-2026-10636633- -APN-DE#CNA, y

CONSIDERANDO:

Que por conducto de la Ley N° 26.161 se aprobó la Convención Internacional contra el Dopaje en el Deporte, adoptada en la 33° Reunión de la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura -UNESCO-, llevada a cabo el 19 de octubre de 2005.

Que en consonancia con los compromisos asumidos por la REPÚBLICA ARGENTINA, en materia de lucha y prevención del dopaje en el deporte, por el Artículo 79, del Capítulo I, Título IV de la Ley N° 26.912 y sus modificatorias, se creó la COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE, la cual tiene a su cargo las funciones de organización nacional antidopaje, definidas en el Apéndice 1 del Código Mundial Antidopaje.

Que el Artículo 1° del Decreto N° 649 de fecha 12 de julio de 2018 define que la COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE actúa como una organización estatal no empresarial, con autarquía financiera, personalidad jurídica y patrimonio propio, de acuerdo al régimen establecido en el inciso c) del Artículo 8° de la Ley N° 24.156 y sus modificatorias.

Que por el Artículo 81 de la Ley N° 26.912 y sus modificatorias, se estableció que la citada COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE, estará integrada por UN (1) Directorio Ejecutivo, que entenderá en el cumplimiento de los objetivos de la citada Comisión previstos en el Artículo 80 de la referida ley y de las demás funciones asignadas a ella en dicho régimen.

Que la operatoria y funcionamiento de la COMISION NACIONAL ANTIDOPAJE se rige por su ley de creación, por las Disposiciones Nros. 1/18 y 67/22 y sus modificatorias del mencionado Organismo y demás reglamentos y/o procedimientos que en consecuencia se dicten.

Que mediante Disposición N° 67/22, se aprobó la estructura organizativa del negundo nivel operativo de la COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE.

Que el Organismo solicitó la cobertura transitoria del cargo vacante financiado correspondiente a la Coordinación de Sistemas de la COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE, Nivel B, Grado 0, autorizándose el pago de la Función Ejecutiva Nivel IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios.

Que el Artículo 1° del Decreto N° 934 de fecha 31 de diciembre de 2025 establece que las jurisdicciones y entidades comprendidas en los incisos a) y c) del Artículo 8° de la Ley N° 24.156 no podrán efectuar designaciones ni contrataciones de personal de cualquier naturaleza.

Que en el Artículo 2°, inciso d. del Decreto N° 934/25 se dispusieron las excepciones a lo previsto en el Artículo 1°, quedando exceptuada la cobertura transitoria de unidades organizativas incorporadas al Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, designaciones de titulares de unidades de departamento y división y cargos equivalentes en las estructuras orgánico funcionales vigentes, cualquiera fuera el régimen laboral y convencional aplicable al personal de cada jurisdicción y entidad.

Que la designación resulta necesaria para garantizar el adecuado funcionamiento de esta COMISION NACIONAL ANTIDOPAJE.

Que mediante el Acta N° 120 de fecha 27 de enero de 2026, el Directorio Ejecutivo de la COMISION NACIONAL ANTIDOPAJE, aprobó la designación que tramita por las presentes actuaciones.

Que, asimismo, el cargo cuya cobertura se propicia, no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que ha tomado intervención la TESORERIA de esta COMISION NACIONAL ANTIDOPAJE, certificando la existencia de crédito presupuestario para el dictado de la presente medida.

Que las áreas competentes del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO han tomado la debida intervención.

Que ha tomado la intervención de su competencia la COORDINACIÓN DE ASUNTOS LEGALES Y CONTENCIOSOS de la COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE.

Que la presente se dicta en virtud de las facultades que le son propias.

Por ello,

EL DIRECTORIO EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Dáse por designada con carácter transitorio, a partir del 1° de febrero de 2026 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a la Señora Clara SPIRITO (D.N.I. N° 34.929.768) en el cargo de Coordinadora de Sistemas de la COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE, en un Nivel B - Grado 0 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel IV del referido Convenio.

ARTICULO 2°.- El cargo involucrado en el Artículo 1° de la presente disposición deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII; y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del 1° de febrero de 2026.

ARTICULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el Articulo 1° de la presente medida será imputado a las partidas presupuestarias asignadas a la COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2026.

ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Alberto Germain - Diego Grippo - Mariana Soledad Galván

e. 27/02/2026 N° 10547/26 v. 27/02/2026

Fecha de publicación 27/02/2026