SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN
SINTESIS: RESOL-2026-62-APN-SSN#MEC Fecha: 25/02/2026
Visto el EX-2026-18398349-APN-GA#SSN ...Y CONSIDERANDO... EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS DE LA NACIÓN RESUELVE: Requerir a LA PALABRA COMPAÑÍA DE SEGUROS PATRIMONIALES S.A. (CUIT 33-71825211-9) en los términos del artículo 31 de la Ley N° 20.091, para que dé explicaciones y adopte las medidas para mantener la integridad de su capital, a cuyos efectos deberá presentar un plan de regularización y saneamiento dentro de los QUINCE (15) días corridos desde su notificación. Prohibir a LA PALABRA COMPAÑÍA DE SEGUROS PATRIMONIALES S.A. (CUIT 33- 71825211-9) realizar actos de disposición respecto de sus inversiones, a cuyos efectos se dispone su INHIBICIÓN GENERAL DE BIENES, debiéndose oficiar a las instituciones que corresponda en la inteligencia de su debida toma de razón, dejándose expresa constancia de que dicha medida no alcanza a las cuentas corrientes bancarias.
Fdo. Guillermo PLATE – Superintendente de Seguros de la Nación.
NOTA: La versión completa de la presente Resolución puede ser consultada en https://kronos.ssn.gob.ar/ o personalmente en Avda. Julio A. Roca 721 de esta Ciudad de Buenos Aires.
Ramon Luis Conde, a cargo de Despacho, Gerencia Administrativa.
e. 27/02/2026 N° 10659/26 v. 27/02/2026
Fecha de publicación 27/02/2026